Cataluña aprueba la regulación de la captura excepcional de especies cinegéticas depredadoras y exóticas invasoras y modifica el anexo I del Decreto 56/2014 sobre la homologación de métodos de captura de estas especies, así como la acreditación de las personas usuarias. (Orden ACC/214/2022, de 13 de septiembre)
Autor | Dr. Carlos Javier Durá Alemañ |
Cargo | Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) |
Páginas | 259-259 |
Recopilación mensual – n. 127, octubre 2022
259
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 28 de octubre de 2022
Cataluña aprueba la regulación de la captura excepcional de especies cinegéticas
depredadoras y exóticas invasoras y modifica el anexo I del Decreto 56/2014 sobre la
homologación de métodos de captura de estas especies, así como la acreditación de
las personas usuarias. (Orden ACC/214/2022, de 13 de septiembre)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8759, de 23 de septiembre de
2022.
Palabras clave: Especies exóticas invasoras. Biodiversidad. Especies cinegéticas. Bienestar
animal. Desarrollo sostenible.
Resumen:
El objeto de este Decreto es la homologación de métodos de captura en vivo de especies
cinegéticas depredadoras y de especies exóticas invasoras depredadoras y la acreditación de
las personas usuarias, viene a establecer el procedimiento para la homologación de nuevos
métodos que cumplan los requerimientos de bienestar y selectividad para su captura; regular
la acreditación de las personas usuarias de métodos de captura homologados y establecer la
excepcionalidad del régimen de captura de estas especies.
El fundamento legal de esta Orden es el desarrollo del artículo 11 del Decreto 56/2014, de
22 de abril, pues estas personas acreditadas solamente pueden utilizar los métodos de captura
homologados, en el marco de la autorización excepcional de captura. Esta Orden responde
a la necesidad de modificar algunas características de los métodos de captura homologados
previstos en el anexo 1 del Decreto 56/2014, de 22 de abril, como consecuencia de errores
de transcripción de las “Directrices técnicas para la captura de especies cinegéticas
predadoras: homologación de métodos de captura y acreditación de usuarios”.
El criterio que se ha empleado para atribuir la competencia es la naturaleza cinegética o
exótica invasora de la especie depredadora. Por consiguiente, las referencias al órgano
competente deben entenderse hechas a la dirección general competente en materia de medio
natural y biodiversidad cuando se trata de capturar especies exóticas invasoras depredadoras,
y a la dirección general competente en materia de actividades cinegéticas en el caso de
especies cinegéticas depredadoras.
Entrada en vigor: El 24 de septiembre de 2022.
Enlace web: ORDEN ACC/214/2022, de 13 de septiembre, por la que se regula el
procedimiento de autorización excepcional de captura en vivo para el control de especies
cinegéticas depredadoras y de especies exóticas invasoras depredadoras y se modifica el
anexo I del Decreto 56/2014, de 22 de abril, relativo a la homologación de métodos de
captura en vivo de especies cinegéticas depredadoras y de especies exóticas invasoras y la
acreditación de las personas usuarias.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba