Castilla y León: la reforma de la ley de prevención ambiental y otras cuestiones
Autor | Íñigo Sanz Rubiales |
Páginas | 867-886 |
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XXVII. CASTILLA Y LEÓN: LA R EFORMA DE LA LEY DE PREVENCIÓN AMBIEN TAL Y OTRAS CUESTIONES
XXVII
Castilla y León: la reforma de la Ley de
Prevención Ambiental y otras cuestiones
ÍÑIGO SANZ RUBIALES
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2. LEGISLACIÓN. 2.1. Una impor-
tante reforma de la Ley de P revención Ambiental. 2.2. La nueva L ey Agraria. 2.3. La Ley d e
Reforma de la Administrac ión. 2.4. Una Ley que deja de serlo: L a inconstitucionalidad de la
ley de convalidación del p royecto Meseta-Sky. 3. ORGANIZACIÓN. 3.1. La reorganización
de órganos de asesoramiento y participación. 3.2. Una modificación de las comisiones terri-
toriales de medio ambie nte y urbanismo. 3.3. Creación de l a comisión interautonómica para
la gestión del parque nacional “Sier ra de Guadarrama”. 4. EJECUCIÓN. 4.1. Continuidad
de la política presupuestaria . 4.2. El Plan Integral de Residuos de Castilla y León. 5. JURIS-
PRUDENCIA AMBIENTAL. 5.1. Exigibilidad y alcance de las evalua ciones de impacto
ambiental. A. Cautela s frente a los potencia les efectos de un proyecto : del daño al
riesgo. B. La modificación susta ncial de una Autorización ambienta l puede implicar
la obligación de someterse a Evaluación de i mpacto. 5.2. Calidad de las aguas y verti dos
contaminantes. 5.3. Denegació n de una autorización de uso del monte: La definitiva ex pul-
sión de “Pingüinos”. 6. PROBLEMAS. 7. LISTA DE RESPONSABLES.
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
El marco de la política ambiental de la Junta de Castilla y León viene
establecido por las leyes, y la actividad parlamentaria durante el año 2014
ha sido intensa en Castilla y León. Frente a la sequía de años anteriores,
fruto de una especie de adormecimiento normativo, estrechamente vin-
culado con la crisis económica y con la consiguiente contracción del gas-
to público, se han aprobado este año varias leyes con influencia directa
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OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES
o indirecta en el medio ambiente; además de algunas normas sectoriales
con incidencia en lo ambiental, ha habido una reforma de ley que se puede
calificar como esencial: la modificación de la Ley 11/2003, de Prevención
Ambiental; se trata de una reforma de calado que entra de lleno en la dis-
ciplina ambiental (calidad ambiental).
Por otra parte, conviene mencionar la última ley singular anulada por
el Tribunal Constitucional, la tercera en poco más de un año, que había va-
lidado legislativamente un proyecto de instalaciones deportivo-recreativas
(Meseta Sky) inicialmente aprobado por Decreto y que, por infringir la Ley
estatal de montes y otras normas, había sido reiteradamente descalificado
por los Tribunales. Es el último coletazo de una política nefasta de blindaje
de leyes de aprobación de infraestructuras para eludir el control contencio-
so-administrativo.
Al margen de las leyes, debe destacarse la aprobación del Plan Integral
de Residuos, con vocación de totalidad en cuanto a los residuos afectados y
a las operaciones proyectadas, que enmarca, asimismo, las actuaciones de
la Administración autonómica en materia de residuos.
2. LEGISL ACIÓN
Como se acaba de señalar, han sido varias las iniciativas legislativas
que, directa o indirectamente, afectan al medio ambiente. Esta “racha” ha-
bía empezado ya en diciembre de 2013, con la nueva Ley de pesca, como ya
comentamos en el capítulo correspondiente al Observatorio del año pasado.
2.1. UNA IMPORTANTE REFORMA DE LA LEY DE PREVENCIÓN
AMBIE NTA L
La gran novedad legislativa estrictamente medioambiental ha sido la
modificación de la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental, que incluye diver-
sas técnicas de protección preventiva del ambiente (Evaluación de Impacto,
Autorización Ambiental Integrada, Licencia Ambiental y Comunicación
previa). La nueva Ley 8/2014, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley
11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, busca racio-
nalizar la regulación preventiva, simplificando la aplicación de las diver-
sas técnicas y evitando contradicciones o reiteraciones.
Los motivos que han llevado al legislador a acometer esta profunda
reforma son conocidos: por una parte, la conveniencia de simplificar trá-
mites y de no disuadir, con exigencias burocráticas desproporcionadas, la
creación de nuevas actividades comerciales o industriales en la coyuntura
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