ACUERDO de 2 de agosto de 2010, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca, de aprobación definitiva de la Modificación n.º 5 de las Normas Subsidiarias Municipales de Castellanos de Villiquera (Salamanca), promovida por Urbanizaciones del Tormes, S.L. Expte.: 510/06.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyAcuerdo

En la sesión de la Comisión Territorial de Urbanismo, celebrada el 2 de agosto de 2010, en relación con Modificación n.º 5 de las Normas Subsidiarias Municipales de CASTELLANOS DE VILLIQUERA (Salamanca). Redactor: Nuria Bravo Delgado. Promotor: Urbanizaciones del Tormes, S.L. ( Expte. 510/06 ).

Examinado el contenido del expediente de referencia, se acordó lo siguiente: ANTECEDENTES Primero .- Se ha emitido el previo informe de la Ponencia Técnica, de fecha 21 de julio de 2010, de conformidad con el Art. 411.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, modificado por el Decreto 45/2009, de 9 de julio.

Segundo.- El informe de la Ponencia Técnica propone suspender para subsanar una serie de objeciones y tiene el siguiente contenido [...]. El texto íntegro consta en el Servicio Territorial de Fomento de Salamanca.

Tercero .- Con fecha 19 de julio de 2010 el Ayuntamiento de Castellanos de Villiquera remite oficio al que adjunta documento técnico con las diligencias de aprobación inicial exigidas por el artículo 155.3 del RUCyL y con fecha 27 de julio de 2010 remite oficio al que se adjunta documentación para la subsanación de las objeciones indicadas en la propuesta de la Ponencia Técnica.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Vistos la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo y Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones de general aplicación.

Primero .- La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva le corresponde a la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca, a tenor de lo dispuesto en el Art. 54 y 138 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

Segundo .- El expediente se ha tramitado de conformidad con la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

Por lo expuesto y en su virtud, la COMISIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO , conocida la propuesta de la Ponencia Técnica y a la vista de la nueva documentación aportada que subsana las deficiencias indicadas en dicha propuesta relativas a la Modificación n.º 5 de las Normas Subsidiarias Municipales, ACUERDA , por unanimidad de sus miembros presentes, APROBAR DEFINITIVAMENTE la Modificación n.º 5 de las Normas Subsidiarias Municipales de Castellanos de Villiquera (Salamanca).

Para su publicación deberán presentar Texto Refundido (dos ejemplares), debidamente diligenciados, de la Modificación n.º 5 de las Normas Subsidiaras Municipales, dos CD y certificado del secretario municipal en el que haga constar, expresamente, que el contenido del documento CD se corresponde, íntegramente, con el contenido del documento papel.

Aportada por el Ayuntamiento de Castellanos de Villiquera, con fecha 20 de febrero de 2013, la documentación requerida en el acuerdo transcrito, se procede a su publicación conforme a las reglas establecidas en el artículo 61.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

El Acuerdo será ejecutivo y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» con los requisitos establecidos y se notificará a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial, al Registro de la Propiedad y a quienes se personaran durante el período de información pública, conforme a lo exigido en los Arts. 60 y 61 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

Contra el presente acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de conformidad con el Art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de idéntica denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 14.1 y 46, respectivamente, de la citada Ley 29/1998 sin perjuicio de que los interesado puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Salamanca, 10 de abril de 2013.

El Secretario de la Comisión Territorial de Urbanismo, Fdo.: R aúl S an S egundo R omo

V.º B.º

El Presidente de la Comisión Territorial de Urbanismo, Fdo.: B ienvenido m ena m eRchán

N U R I A B R A V O D E L G A D O A R Q U I T E C T A C/Gran Vía 97-99-Esc.2-2ºI-37001 Salamanca

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AYUNTAMIENTO DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA (SALAMANCA)

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5

NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES

TEXTO REFUNDIDO

● TEXTO REFUNDIDO ● ● MODIFICACION PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA ●

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS

DOC 1. MEMORIA VINCULANTE.

DOC 2 - PLANOS.

2.1. PLANOS DE INFORMACIÓN

II - 1 Estructura general. Clasificación de suelo. Estado actual.

II-2-4. Delimitación y clasificación de suelo vigente. (Mata deArmuña)

2.2. PLANOS DE ORDENACION.

O1- Delimitación y clasificación de Suelo Modificado. (Mata de Armuña) O2- Catastral, topografico y parcelario.

Estructura de la propiedad. (Mata de Armuña)

ANEXO 1- ANALISIS DE LA PROPIEDAD
ANEXO 2- JUSTIFICACION CICLO HIDRAULICO
ANEXO 3- COMPARACIÓN GRÁFICA VALORADA DE LA PROPUESTA PREVIAMENTE APROBADA INICILAMENTE Y LA PROPUESTA ACTUAL.

● TEXTO REFUNDIDO ● ● MODIFICACION PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA ●

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MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 DE LAS N.U.M.

DOC 1 - memoria vinculante.

● TEXTO REFUNDIDO ● ● MODIFICACION PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA ●

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N U R I A B R A V O D E L G A D O A R Q U I T E C T A C/Gran Vía 97-99-Esc.2-2ºI-37001 Salamanca

  1. MEMORIA VINCULANTE.

  2. Modificación Puntual nº 5 2. Objeto y encargo. 3. Promotores 4. Antecedentes 4.1. Normativa vigente 4.2. Clasificación actual de los terrenos. 4.3. Sectores 5. Justificación de la propuesta de la Modificación Puntual nº 5 5.1. Interés público y conveniencia 5.2. Justificación de las determinaciones. Estado actual y propuesto.

    5.3. Influencia sobre el modelo territorial y ordenación general. 6. Área de la modificación y características físicas del terreno. 7. Contenido de la modificación. 8. Sistemas generales. 9. Marco legal. 10. Conclusiones 11. Documentos.

    ● TEXTO REFUNDIDO ● ● MODIFICACION PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA ●

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  3. MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5

    La presente modificación, APROBADA INICIALMENTE en el Pleno del Ayuntamiento de Castellanos de Villiquera celebrado el 8 de noviembre de 2006 y sometida a información pública (BOCYL nº 231, jueves, 30 de noviembre de 2006).

    Ante el nuevo marco legal vigente, se adaptó la propuesta realizada y aprobada inicialmente quedando DEFINITIVAMENTE APROBADA por unanimidad por la Comisión Territorial de Urbanismo, según acuerdo firmado el 4 de agosto de 2010, quedando así reflejado en el Expte.nº.510/06

    La presente Modificación Puntual atiende a las siguientes premisas:

    1. - Configurar un nuevo sector colindante con el Suelo Urbanizable del Municipio. 2º.- Delimitar un área idónea para convertirse en Suelo Urbanizable.

    2. - Establecer un sistema de Actuación para un posterior desarrollo de la propuesta.

    3. - Adecuar los parámetros de edificabilidad bruta y la densidad máxima de viviendas por Hectárea de acuerdo al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se fijará entre 15 y 18 viv/Ha como límites de máxima y mínima densidades respectivamente. La edificabilidad bruta será de 0,40 m 2 / m 2 .

    De acuerdo con la normativa vigente, el Reglamento de Urbanismo de Castilla León, en su Art.168, considera factible hacer una Modificación Puntual de las NNUU sin revisar los instrumentos de Planeamiento general al no proponer una superficie para ser recalificada superior al 50% del suelo de la ordenación anterior.

    Actualmente se encuentran recalificados las siguientes superficies:

    Casco urbano: 27,88 Ha

    Unidades de actuación: 32,27 Ha

    Suelo Urbanizable: 43,83 Ha

    TOTAL: 103,98 Ha.

    ● TEXTO REFUNDIDO ● ● MODIFICACION PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE CASTELLANOS DE VILLIQUERA ●

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    N U R I A B R A V O D E L G A D O A R Q U I T E C T A C/Gran Vía 97-99-Esc.2-2ºI-37001 Salamanca

    Cumplimiento del Art. 57 de la LUCyL La presente modificación puntual no implica la revisión de las Normas vigentes toda vez que se clasifican 19,74 Ha frente a las 51,9941 Ha máximas clasificables, y respecto del número de viviendas se prevén 395 frente a las 917 máximas alcanzables.

    Cumplimiento del Art. 52 b) 4º de la LUCyL La presente modificación no necesita el sometimiento al tramite ambiental al clasificarse el 18,98% del suelo urbano y...

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