CASANOVAS, Pompeu (ed.), Internet y pluralismo jurídico: formas emergentes de regulación

AutorVictoria Iturralde Sesma
CargoUniversidad del País Vasco
Páginas478-483

    CASANOVAS, Pompeu (ed.), Internet y pluralismo jurídico: formas emergentes de regulación, editorial Comares, Granada, 2003, 336 pp.

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Nadie duda de la importancia que para la sociedad en general ha supuesto el surgimiento y desarrollo de las nuevas tecnologías y en particular de Internet, a la que no es ajena el mundo jurídico. Este es el presupuesto de que parte este libro, fruto de la colaboración entre la Diplomatura de Relaciones Laborales de la Universidad Autónoma de Barcelona, que coordina la Dra. María Jesús Espuny y el Observatorio de Cultura Judicial dirigido por el Dr. Pompeu Casanovas. Los trabajos que aquí se incluyen corresponden a juristas, científicos y técnicos, y abordan el tema de Internet y pluralismo jurídico desde perspectivas diversas tomando como objeto de análisis cuestiones que van desde problemas relativos a la libertad de expresión, la responsabilidad penal por los contenidos de Internet, los nombres de dominio, los problemas que plantea desde el punto de vista fiscal, etc.

El libro comienza con un artículo de Pompeu Casanovas titulado "Cambio tecnológico, pluralismo jurídico, Estado de Derechos", en el que mantiene dos tesis: que la sociedad de la información genera múltiples formas de regulación, que los modelos de derecho deben ajustarse a una realidad social que está transformando su naturaleza. Después de mencionar la clasificación de S. Biegel de los tres modelos regulativos básicos para el control de Internet (leyes, nacionales, cooperación internacional y cambios en la arquitectura misma de Internet), señala que hay medios de actuación que no pueden incluirse en ninguno de ellos, como son la asunción de derechos por parte de la población con independencia de su posición en el mercado y la elaboración de un nuevo conocimiento que incida en la organización del poder desde el interior (p. ej. convirtiendo los "conceptos jurídicos" en entidades del lenguaje "orientados al objeto" en los contextos creados por las estructuras profesionales). El autor sostiene que, en relación con la gobernabilidad de la sociedad de la información, nos encontramos con dos modelos: los modelos políticos de gobernabilidad, y las propuestas iuspluralistas. Pues bien, según P Casanovas, "para entender como opera el discurso de los derechos como tecnología cognitiva es necesaria la integración de ambos tipos de modelo en una misma estructura. La representación conceptual del "Estado de derechos" apunta a este objetivo, con el fin de recoger las formas regulativas nuevas que emergen a través de la red y que se resisten a ser descritas mediante las dicotomías clásicas (hetero o autorregulación, público o privado e, incluso, jurídico o no jurídico" (p. 20).

El resto del libro se encuentra dividido en cuatro partes. La primera lleva por título "Regulación de Contenidos y Control Público de la Red", la segunda "Nombres de Dominio, Comercio Electrónico y Regulación Financiera", la tercera "Teletrabajo, Formas de Aprendizaje y Nuevas Actitudes Laborales" y la cuarta "Ciencias Sociales, Derecho y Tecnología".

Dentro de la primera parte, el capítulo I corre a cargo de M.ª Jesús García Morales y lleva por título "Libertad de expresión y control de contenido en Internet". En él la pregunta que se plantea es cómo garantizar en Internet las libertades de expresión e información de un lado, y de otro proteger bienes igualmente legítimos como los relativos a la protección de los menores, la dignidad humana o los derechos de terceros, cuestiones éstas pertinentes si tenemos en cuenta que, dadas las características de Internet, los instrumentos Page 479 tradicionales son insuficientes. La autora analiza las diferentes formas de encarar el problema en los Estados Unidos, el Consejo de Europa, la Unión Europea y España (en este último caso a través de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico -LSSI-). Se centra en esta Ley analizando sucesivamente su ámbito de aplicación, su contenido, los diversos instrumentos previstos para el control del contenido en Internet, y el problema de la responsabilidad por la difusión de determinados contenidos. A modo de conclusión señala que el control de contenidos en Internet requiere un amplio consenso internacional, pero que a su vez esto es poco realista pues los estándares de protección de los contenidos en los diferentes países son muy diversos. Esta situación plantea tres grandes problemas: quién, por qué y cómo se aborda el control de contenidos en Internet.

El capítulo II...

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