Carmen Callejo Rodríguez, El seguro de vida para caso de muerte: Cuestiones actuales de Derecho Civil, Dykinson, Madrid, 2005, 252 págs.

AutorM.ª Isabel de la Iglesia Monje
CargoProfesora Contratada Doctora UCM
Páginas2158-2159

    Carmen Callejo Rodríguez, El seguro de vida para caso de muerte: Cuestiones actuales de Derecho Civil, Dykinson, Madrid, 2005, 252 págs.
  1. Este libro de la profesora Callejo Rodríguez aborda el estudio de los aspectos civiles que plantea la regulación del seguro de vida para caso de muerte, aspectos de gran actualidad teniendo en cuenta el auge alcanzado por estos contratos y el elevado importe de las indemnizaciones, muchas veces incluso superior a lo que se percibe por sucesión mortis causa.

    Destaca la obra por una sistemática adecuada y un estilo muy cuidado que reflejan la capacidad investigadora de la autora. Desde un punto de vista de riguroso análisis expone problemas, ajusta las soluciones planteadas por la Ley del contrato de seguro, haciendo hincapié en las carencias legales y proponiendo soluciones prácticas de conformidad con el sistema jurídico como todo buen interpretador del Derecho.

  2. La autora ha dividido su obra en cuatro capítulos.

    Dedica el primero a exponer brevemente ciertas consideraciones generales sobre este contrato, sin obviar el análisis de ciertas materias que hasta ahora no habían sido suficientemente tratadas, como el alcance de la prohibición de contratar un seguro sobre un incapacitado o la conmoriencia del asegurado y uno o varios beneficiarios.

    En el capítulo segundo se analiza la problemática que plantea la designación del beneficiario examinando, en primer lugar, las distintas formas en que puede realizarse: en la póliza, en una posterior declaración escrita comunicada al asegurador o en testamento. El medio más usual es la póliza y sobre ello se destaca la importancia que tiene en la práctica aseguradora, fundamentalmente cuando se trata de seguros colectivos o de grupo, la inserción en lasPage 2158 condiciones generales del contrato de una cláusula en la que se establece un orden sucesivo de beneficiarios que el tomador acepta tácitamente si no designa expresamente otro beneficiario. Este tipo de cláusulas pueden ser abusivas si el asegurado o tomador, en su calidad de consumidor, las desconoce, lo que sucede cuando no se entregan las condiciones generales, siempre que la citada cláusula no se transcriba al dorso del certificado individual. Además se abordan los supuestos en que existe contradicción entre la designación contenida en una condición general de la póliza y la designación realizada en el certificado individual, e incluso la contenida en el impreso de solicitud.

    La designación del...

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