Cárcel y exclusión.
Autor | Pedro José Cabrera Cabrera |
Páginas | 83-120 |
1. DE QUÉ HABLAMOS CUANDO
HABLAMOS DE EXCLUSIÓN
El uso creciente del término exclusión
en detrimento del más tradicional de
pobreza, no ha conseguido aún eliminar
las ambigüedades e inconsistencias
con las que a menudo es empleado. Probablemente
el empeño por clarificar hasta el extremo
el alcance de ambos conceptos sea de
todo punto imposible e innecesario en estos
momentos, sin embargo, conviene establecer
algunos límites mínimos a su utilización. En
general, se acepta que podemos reservar la
palabra «pobreza» para referirnos preferentemente
a las situaciones de carencia económica
y material, mientras que al optar por el
uso de la expresión «exclusión social», estamos
designando más bien un proceso de carácter
estructural, que en el seno de las sociedades
de abundancia termina por limitar
sensiblemente el acceso de un considerable
número de personas a una serie de bienes y
oportunidades vitales fundamentales, hasta
el punto de poner seriamente en entredicho
su condición misma de ciudadanos.
De la misma forma en que pobreza remite,
por oposición, a riqueza, y, en la medida en
que ambas se generan a partir de la desigual
distribución de la renta y el patrimonio, conllevan
implícitamente la referencia contraria
a la igualdad económica como aspiración y
consecuencia lógica, así tenemos también
que, en cambio, la exclusión social, encuentra
su negación en el privilegio, y puesto que
ambos se originan en una desigual asignación
de derechos y prerrogativas, resulta inevitable
que la fractura social que conllevan,
encuentre su superación en la afirmación de
la ciudadanía, en tanto que expansión universalista
de los derechos civiles, políticos y
sociales entre todos y cada uno de los integrantes
de una misma sociedad.
Tras un largo período de crecimiento económico
y avances sociales, las últimas dos
décadas han visto emerger en muchos países
europeos una «doble condición ciudadana»
(Tezanos, 2001) que sin estar sancionada por
las leyes, sin embargo, separa de forma muy
efectiva y real, a quienes tienen un trabajo
estable, a tiempo completo, bien remunerado
y prestigioso, que les permite mantener un
mundo de vínculos y relaciones sociales sólidas,
significativas y gratificantes («los integrados
»), de aquellos otros ciudadanos de segunda
clase que carecen de empleo, o bien
deben conformarse con subempleos, subremunerados
y precarios, lo que, con frecuencia,
se acompaña de un debilitamiento e incluso
de una pérdida completa de su entorno
relacional y afectivo («los excluidos»).
La crisis general del empleo ha puesto de
relieve los débiles fundamentos en los que se
asentaba la garantía del acceso a bienes y
servicios básicos como la vivienda, la sani-
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Cárcel y exclusión
PEDRO JOSÉ CABRERA CABRERA *
* Departamento de SociologÌa y Trabajo Social. Facultad
de Ciencias Humanas y Sociales. Universidad
Pontificia Comillas de Madrid.
dad, o la educación. En una sociedad masivamente
salarizada y de consumo, cuando se
pierde la condición de asalariado-consumidor
al carecer de ingresos regulares y suficientes,
vía salario, nos encontramos con que la
condición misma de ciudadano se ve gravemente
puesta en entredicho (Castel, 1997).
1.1. Origen del concepto
De hecho, cuando se empieza a hablar de
exclusión social, en Francia allá por los años
70 (Lenoir, 1974), está en sus comienzos la
llamada crisis del petróleo, cuyos efectos sobre
el mercado de trabajo, acabarán arrojando
un saldo millonario de personas que, desde
un punto de vista económico, social y
político, resultan perfectamente prescindibles.
Los excluidos pasan a ser no sólo los
que están «debajo» en la escala económica,
sino sobre todo, cuantos se quedan «fuera»
del bienestar general. A la crisis del mercado
de trabajo, se le vienen a sumar los recortes
en políticas sociales que hacen más difícil poder
compensar a lo largo de la vida los desequilibrios
ya existentes en el origen biográfico.
Por doquier se instala una cierta conciencia
de escasez, que al grito de «no hay para
todos» acabará por rediseñar los espacios de
integración-exclusión de nuestras sociedades
occidentales, y andando el tiempo permitirá
que vuelvan a tomar nuevos bríos los viejos
mecanismos que habían sido severamente
criticados durante los años sesenta. Mecanismos
e instituciones que a lo largo de la
historia habían permitido gestionar políticamente
el «exceso inútil» de población, la
gente que sobra
de la que ya habló Malthus
hace siglos, la gente que podía ser puesta
aparte y afuera, mediante la pura eliminación
física (pena de muerte), su transporte a
tierras lejanas (colonias) 1 o su simple reclusión:
dentro del manicomio, el hospicio, y/o la
cárcel. La desinstitucionalización psiquiátrica,
el trabajo social comunitario, las medidas
alternativas a la prisión, que habían sido el
fruto más palpable de la crítica sociológica a
las instituciones totales inaugurada por
Goffman (1970) son puestos en solfa una y
otra vez desde mediados de los setenta por
los críticos más conservadores, y sus eventuales
excesos y defectos se magnifican hasta
el abuso en los medios de comunicación para
intentar desacreditarlas ante la opinión pública.
1.2. Factores de exclusión
En cuanto a los factores que influyen más
directamente en la aparición, crecimiento y
también, eventualmente, en el descenso de
los niveles de exclusión social en las sociedades
más ricas, hay que señalar en primer lugar
las modificaciones experimentadas por el
mercado de trabajo. Hablar de exclusión social
en los países desarrollados es hablar del
proceso creciente de degradación de la «ciudadanía
social» al que asistimos a partir de
la crisis de empleo que se abre con la crisis
económica de mediados de los setenta. En la
sociedad de la información, en la sociedad
red, la mano de obra genérica pierde importancia
al ser fácilmente sustituible por la
máquina, lo que trae como consecuencia «la
exclusión social de un segmento significativo
de la sociedad compuesto por individuos desechados,
cuyo valor como productores/consumidores
se ha agotado y de cuya importancia
como personas se prescinde» (Castells,
1998:380).
La llamada crisis del empleo ha significado
para muchas personas encontrarse en paro
durante largos períodos de su vida activa;
ESTUDIOS
84 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
abogaba por una soluciÛn final al problema de los gitanos
y nÛmadas que vivÌan sin trabajar ni ocuparse en
nada ˙til: su idea consistÌa en enviarlos al Orinoco a
ocuparse en factorÌas piscÌcolas.
1 En EspaÒa contamos con el ejemplo curioso de
Bernardo Ward que en su Proyecto econÛmico (1782)
para otras, en especial para las más jóvenes,
ha supuesto tener que acceder a empleos
precarios, a tiempo parcial o estacionales, en
régimen de contratación temporal; empleos
mal remunerados, con escasas posibilidades
de promoción, e incapaces de sustentar un
recorrido laboral y profesional de largo alcance
sobre el que edificar un proyecto de vida
autónomo; subempleos que, si bien pueden
proteger de la exclusión extrema, acaban
por generar una biografía «estabilizada en la
precariedad» 2.
En una sociedad que había edificado sobre
la condición de trabajador asalariado la mayor
parte de las credenciales de acceso al resto
de bienes, servicios y titularidades de los
que es posible disfrutar hoy en día, la crisis
del salariado ha venido acompañada de severos
ataques al sistema de bienestar que se
venía construyendo en Europa al menos desde
finales de la segunda guerra mundial. La
reducción de los niveles de protección social
allí donde éstos habían alcanzado sus
cotas más elevadas, y la ralentización de su
implantación en países como España en los
que el welfare seguía siendo a principios de
los años ochenta un sueño más que una realidad,
se convirtió también en un factor generador
directo de exclusión. La supresión de
los subsidios por desempleo, una vez agotado
el período de recepción de los mismos, la
práctica desaparición de las ayudas a la vivienda
social, la privatización de ciertas
prestaciones sanitarias, la parquedad en los
incrementos de las pensiones, etc, se vieron
acompañadas por la implantación de unos
ingresos mínimos encaminados a hacer posible
la pura y simple subsistencia de amplias
capas de población, que se hallaban excluidas
tanto del empleo tradicional, como de la
buena y amplia protección social que había
venido siendo habitual hasta entonces.
La reducción de ingresos, cuando no la
carencia absoluta de ellos, así como su inestabilidad
e inseguridad, o en otros casos, las
condiciones sociales, culturales y simbólicas
que entraña su recepción, según se trate de
un salario en sentido estricto o de un ingreso
social «para excluidos» con toda la carga de
estigma que éste último conlleva, se convierte
así en un tercer factor excluyente de inusitada
fuerza en una sociedad en la que la inclusión
social plena pasa por la posibilidad
de poder hacer un uso efectivo y cotidiano del
status de consumidor solvente.
Naturalmente, las dificultades relativas
al empleo, los agujeros en la protección social,
y la insuficiencia de los ingresos, no se
distribuyen aleatoriamente entre toda la población
sino que tienen una incidencia muy
diferente en razón de variables como la clase,
el género, el grupo étnico de pertenencia, o la
edad. En general, se puede afirmar que los
miembros de la clase trabajadora, las mujeres,
las minorías étnicas y los jóvenes constituyen
grupos negativamente privilegiados
entre los que crecen los casos de exclusión
social. Finalmente, para acabar de cerrar el
ciclo que permite seleccionar a los candidatos
a la exclusión, nos encontramos con que,
a los aspectos estructurales, se añaden las
biografías de los propios excluidos, que con
frecuencia han quedado marcadas por elementos
marginalizadores que incrementan
y amplifican la exclusión social que ya
padecían. Así, por ejemplo, es mayor la incidencia
y el destrozo que causan en sus vidas
las minusvalías y enfermedades incapacitantes,
la presencia de abusos y malos tratos, el
alcoholismo y las toxicomanías, el decaimiento
psicológico y las actitudes negativas
de apatía, resignación, pesimismo, e incluso
violencia, que proveen de un equipaje psicológico
menos apropiado para competir en la
sociedad actual. Finalmente, el encuentro
con el sistema penal viene a añadir una definitiva
nota identitaria para la construcción
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
85 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
2 Resulta muy ilustrativo el reciente cuaderno de
Cristianisme i Justicia titulado Trabajo Basura (2001:nº
107), en Èl se recogen abundantes testimonios personales
en los que se cuenta en primera persona las condiciones
de explotaciÛn y precariedad en las que han
de trabajar muchas personas en la actualidad.
social de los colectivos excluidos, al marcarlos
para el resto de sus días con el estigma
que representan los «antecedentes penales».
1.3. Los espacios de la exclusión
Es bien sabido que en todas las sociedades,
los que difieren de la condición modal y
mayoritaria están a un paso de convertirse
en excluidos, eso sí, siempre que carezcan de
los recursos o del poder necesario para evitarlo,
ya que en tal caso, ese mismo poder les
permitirá mantener su hecho diferencial y
convertirlo incluso en un signo de distinción
y exclusividad frente a la mayoría. Sin embargo,
en muchos otros supuestos, la inevitable
organización social de las diferencias se
concreta a menudo en la rechazable segregación
espacial y simbólica de los excluidos.
Los espacios de la exclusión se concretan
por ejemplo, en los llamados barrios desfavorecidos,
que en la trama urbana son el lugar
específico en el que han de habitar y confinarse
los grupos marginados. Del mismo modo,
existen multitud de espacios institucionales
diseñados específicamente para segregar y
excluir. César Manzanos (1991:88) ha tratado
de sistematizar lógicamente lo que llama
la «red de espacios segregativos», teniendo
en cuenta que «cada ámbito de la vida social
desarrolla sus propios espacios segregativos
encargados de retirar de la circulación y de
aparcar a los sujetos que, por diversas circunstancias,
han de ser apartados temporal o
definitivamente: aquellos que necesitan un refuerzo
reeducativo de tipo disciplinar; los que
han de ser aislados por razones de salud pública
y peligrosidad social; o quienes simplemente
estorban debido a que no cumplen función
social alguna y su conducta es anormal e incómoda
». Así, se pueden identificar diferentes
lugares de segregación (exclusión) en todos y
cada uno de los principales campos de la administración
social, y todos ellos en conjunto
constituirían lo que denomina el «subsistema
institucional de control formalizado»:
De entre todos los espacios segregados
(manicomio, hospicio, hospital, etc), la cárcel
es sin duda el lugar privilegiado en el que la
exclusión social se quintaesencia y condensa
hasta sus últimas consecuencias. Por su misma
naturaleza, el encarcelamiento consiste
en una exclusión. Como señala Rostaing
(1996:355): «la prisión es un lugar de exclusión
temporal que imprime sobre los detenidos
la marca de un estigma». La persona encarcelada
es puesta aparte, segregada del
contacto social, y confinada en los estrechos
límites de una celda, al interior de una institución
que, a partir de entonces, tasará cada
minuto, cada objeto, cada intercambio que
establezca con el mundo exterior. Recordemos
que el concepto de exclusión no se puede
entender sin una referencia a «aquello de lo
que se es excluido, es decir, del nivel de vida
y del modo de inserción laboral y social propio
de un sistema de vida civilizado y avanzado
» (Tezanos, 2001:146).
La persona encarcelada, queda pues excluida
de la relación y la vida social que ha
conocido hasta entonces, y pasa a convertirse
en el habitante de un mundo aparte en el que
su vida y su tiempo le han sido arrebatados.
La paradoja se completa con el hecho empírico
de que la exclusión, como tratamiento y
profilaxis, se aplica esencialmente a los integrantes
de las categorías más excluidas de la
población. En una muestra salvaje y brutal
del llamado «efecto Mateo», según el cual, al
que más tiene se le da todavía más, y al que
ESTUDIOS
86 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
(Manzanos Bilbao, 1991:85)
menos posee se le arrebata incluso lo poco
que aún conserva, nos encontramos con que,
a los ya excluidos socialmente, se les excluye
aún más, encerrándoles en prisión.
El complejo proceso por el cual un procedimiento
aparentemente objetivo e imparcial,
como es el que pretende llevar a cabo el sistema
judicial, termina por reclutar a los clientes
de nuestras cárceles entre los grupos más
marginados de la sociedad, y algunas de las
consecuencias que todo esto acarrea, ha sido
constatado una y otra vez por los diferentes
autores que se han ocupado de estos temas
(Valverde Molina, 1993; Álvarez Uría, 1992;
Torrente, 2001). Nuestro objetivo en este artículo
consistirá únicamente en proporcionar
algunos datos que abunden aún más si cabe
en el sinsentido que supone pretender administrar
y combatir la exclusión social mediante
el fomento y la expansión de instituciones
y dispositivos excluyentes, como son
las cárceles.
2. LA CÁRCEL COMO DISPOSITIVO
SANCIONADOR EXCLUYENTE
Obviamente, «la prisión es la forma más
categórica de exclusión que permite la ley»
(Smith y Stewart, 1996:106), y aunque el
artículo 25.2 de la Constitución dice claramente
que «las penas privativas de libertad
y las medidas de seguridad estarán orientadas
hacia la reeducación y reinserción social
», sin embargo, el hecho cierto es que en
la cárcel coexisten y entran en contradicción
dos principios difícilmente conciliables:
el punitivo, con su énfasis en la seguridad
y el control, y el rehabilitativo, que
aboga por la reeducación social del preso.
En función de este último han de programarse
actividades formativas y laborales
que, siquiera formalmente, permitan dar
legitimidad moral e ideológica al encierro
institucional, puesto que por lo general, el
ingreso en las instituciones totales tal y como
fueron descritas por Goffman, se justifica
siempre apelando al posterior retorno a
la sociedad; supuestamente en mejores condiciones
que cuando se entró. Se ingresa en
ellas para poder ser reajustado, reparado,
reeducado, etc. Todo sugiere la vuelta de
nuevo al ámbito social de donde se fue extirpado;
sin embargo, lo cierto es que el ingreso
en estas instituciones segregativas
conlleva un proceso inevitable de desidentificación
y desocialización, que acaba haciendo
mucho más difícil el retorno a una
vida socialmente integrada.
Podemos comprender las implicaciones
exclusógenas de la estancia en prisión desde
el modelo que presenta César Manzanos, en
el que se resumen y sistematizan las aportaciones
de otros muchos autores (Valverde,
Clemente, Munne) que han hablado de los
grandes momentos del proceso de reeducación
desocializadora que se pone en marcha
con el ingreso en la cárcel. Según Manzanos
(1991:106-124), se podrían distinguir hasta
cinco etapas:
-
Ruptura con el mundo exterior: que conlleva
la separación física, con la consiguiente
privación de estímulos físicos, visuales, auditivos,
olfativos. El preso se interna en un
mundo pequeño, de colores planos y uniformes,
olores omnipresentes, en donde no es posible
lanzar lejos la mirada por la interposición
constante de un muro o una pared. Y no
sólo el mundo exterior se aleja físicamente,
también se distancian las referencias personales,
los medios de comunicación, los mensajes
y valores presentes en el exterior, todo lo
cual genera un fuerte sentimiento de debilidad
y desamparo.
-
Desadaptación social y desidentificación
personal: mediante una compleja y variada
sucesión de momentos y situaciones rituales
de despojo y expoliación, la persona
presa experimenta una verdadera «mutilación
del yo», que le hace perder su identidad
de partida y experimentar un proceso de despersonalización
y desindividualización que
le conduce a integrarse como un elemento
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
87 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
más (un número) dentro de un colectivo masificado,
amorfo y sin perfiles particulares.
Entre las técnicas más frecuentes de mortificación
y despersonalización se encuentran:
el aislamiento, que hace de la soledad
física la condición de partida para lograr la
sumisión más absoluta; o la contaminación
física que implica la vida en condiciones de
hacinamiento: la pérdida de intimidad, el
contacto inevitable y forzado como paso previo
y obligado para la contaminación moral,
etc. Las ceremonias degradantes, como los
cacheos totalmente desnudos, las formaciones
para pasar lista, los registros nocturnos;
la reglamentación de las más nimias actividades
cotidianas, la comida, el sueño, el ocio.
Se trata de técnicas programadas que tienen
como consecuencia la infantilización de la
persona presa y una sensible merma de la
responsabilidad personal del preso, por lo
que no es raro que aparezcan alteraciones de
la personalidad junto a cuadros depresivos,
apatía, ansiedad, stress, trastornos digestivos,
etc.
-
Adaptación al medio carcelario: como
mecanismo de defensa para intentar salvar
los restos del naufragio personal se produce
una readaptación al nuevo contexto físico y
relacional, que algunos han llamado proceso
de prisionización. Se redefinen actitudes y
valores, se produce una incorporación a la
subcultura carcelaria, que, no lo olvidemos,
está atravesada completamente por las relaciones
de dominación, opresión y autoritarismo,
tanto en relación al personal funcionario,
como entre los propios internos, en los
que la violencia física y la coacción de unos
pocos sobre el resto reproducen y amplifican
las condiciones brutales de su encierro. En
estas condiciones, la desconfianza, el recelo,
la sospecha, no son tanto patologías psicológicas,
como meros requisitos básicos e indispensables
para la supervivencia.
-
Desvinculación familiar: a la dificultad
para el contacto y el encuentro interpersonal
que supone estar encarcelado suele añadirse
la lejanía del lugar de internamiento, los
traslados frecuentes, el aislamiento geográfico
de las cárceles, que suelen construirse en
lugares apartados y con malas comunicaciones,
etc. Todo ello, sumado a los aspectos psicológicos
y sociales, acarrea una serie de repercusiones
sobre la malla de relaciones
familiares que van desde las más leves y coyunturales
(como puedan ser la preocupación,
la falta de apoyo, la intranquilidad), a
otras mucho más graves (rechazo social, problemas
económicos, tensiones, riñas) o incluso
irreparables (abandono o pérdida de los
hijos, divorcio, ruptura de relaciones con los
padres, problemas psiquiátricos, etc).
-
Desarraigo social: la salida de la cárcel
se ve envuelta en una pérdida de posibilidades
de cara al empleo por efecto del estigma
que implica la condición de ex presidiario, y
también como consecuencia de la descualificación
que acarrea el período de internamiento.
Junto a ello suelen aparecer trastornos
psicológicos de insomnio, sentimientos
de ser perseguido, o una fuerte inseguridad.
También es cierto que el mayor acoso policial
a quienes ya tienen antecedentes, la presión
del ambiente y el contacto con antiguos compañeros
de cárcel hacen que con frecuencia el
desarraigo social y posteriormente el encapsulamiento
dentro de un submundo delincuencial
sean casi efectos obligatorios tras la
estancia en prisión. De la cárcel no se sale
siendo un hombre libre, sino convertido en
un ex presidiario, con todo lo que esto implica.
2.1. La selección de la clientela:
el proceso de criminalización
Por lo general, las cárceles seleccionan su
clientela entre personas que han cometido
algún delito, o que al menos se sospecha que
lo han cometido. Por supuesto, la comisión de
un delito no le convierte a uno sin más en delincuente,
y mucho menos se puede sostener
el presupuesto de que todos cuantos se en-
ESTUDIOS
88 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
cuentran encarcelados son delincuentes.
También está claro, para quien conozca siquiera
levemente el funcionamiento real del
sistema judicial y penal, que no todos los que
cometen delitos van a la cárcel. Tal y como
dice D. Torrente (2001:74 y 75), «la delincuencia
como fenómeno y el delito como manifestación,
son el resultado de una construcción
social» en la que intervienen múltiples
actores. De manera que un suceso llega a
percibirse o no como desviado (o como delito),
en función «de variables tan dispares como el
contexto de la situación, la clase social del
desviado, su relación con la víctima (si la
hay), los valores de la persona que juzga, la
biografía del sujeto», etc.
Si repasamos brevemente las estadísticas
sobre delitos cometidos en nuestro país,
conviene recordar, que cuando se manejan
datos oficiales hay que tener en cuenta
que «las estadísticas son informaciones oficiales
elaboradas a través de canales burocráticos
y orientadas por objetivos políticos.
» ... «responden a las necesidades y
estructura de la institución y no necesariamente
a criterios de investigación científica
»... y únicamente...«reflejan el comportamiento
desviado reconocido oficialmente por
las agencias de control social» (Torrente,
2001:171). A pesar de todo, y con todas estas
reservas, resulta ilustrativo echar un vistazo
a la clasificación de los delitos que llegan a
ser conocidos por los cuerpos de seguridad
del Estado.
Las estadísticas de la policía y la guardia
civil (ver gráfico sig.), nos muestran que durante
1999 (último año para el que se dispone
de datos) de un total de 918.053 delitos, el
85% fueron delitos contra el patrimonio
(779.740), mientras que los delitos contra las
personas (18.200) representaron el 1,98%, y
los delitos contra la libertad sexual (7.198)
supusieron únicamente el 0,8% del total. Es
decir, que, como no deja de ser lógico en una
sociedad marcada por la desigualdad económica,
los delitos contra el patrimonio constituyen
la inmensa mayoría de los delitos que
se cometen, o al menos de los que llegan a conocimiento
de la policía. Esto no es obstáculo
para que, entretanto, las páginas de los diarios
y las imágenes de la televisión provean
de abundante información relativa a asesinatos
y violaciones, con la que se alimenta
un sentimiento de inseguridad entre los ciudadanos
que posteriormente podrá canalizarse
hacia una demanda de mayores medidas
de control y rigor por parte de jueces y
policías.
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
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CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS
(C.N. Policía y Guardia Civil. Año 1999)
Fuente: Ministerio del Interior.
Patrimonio
Seguridad colectiva
Libertad
Personas
Orden público
Falsedades
Relaciones familiares
Libertad sexual
Administración jurídica
Resto
Pero es más, si analizamos los delitos contra
el patrimonio (ver gráfico sig.), podremos
comprobar lo que supone el complejo proceso
de invisibilización de los llamados delitos de
guante blanco. Así, nos encontramos con que
se tuvo noticia de 405.772 robos con fuerza
en las cosas, 129.317 sustracciones de vehículos,
98.689 robos con violencia o intimidación,
y 86.124 hurtos. En total 719.902 delitos
entre estas cuatro categorías, que por lo
general engloban la totalidad de la actividad
de los pequeños delincuentes. Frente a estas
cifras abultadas, la policía nacional y la
guardia civil dan cuenta únicamente de 73
delitos de blanqueo de capitales, 61 delitos
societarios, y 50 insolvencias punibles durante
el mismo período de tiempo.
Es evidente por tanto que, para empezar,
no todos los delitos llegan a conocerse, (especialmente
los delitos cometidos por los miembros
de las capas más altas de la sociedad), y
que muchos actos delictivos permanecen
ocultos incluso para las propias víctimas. Es
el caso de los llamados delitos sin víctima, en
los que se ponen claramente de relieve las conexiones
entre la ley y la moral, la realidad
penal y la política. Pensemos por ejemplo en
los delitos contra la salud pública por manipulación
fraudulenta de alimentos, que son
consumidos por todas las víctimas sin conciencia
alguna de que se trata de alimentos
adulterados; en los juegos de apuestas no legalizados,
en ciertos comportamientos sexuales,
o en las infracciones de tráfico.
Otros delitos, a pesar de ser conocidos, no
llegan a denunciarse, ni se comunican a la policía.
Con frecuencia, es el caso de la violencia
doméstica, o de muchos delitos económicos,
cuya simple denuncia podría acarrear quebrantos
aún mayores a las propias víctimas.
En el caso de ser denunciados ante la policía,
ésta no siempre se moviliza con la misma
celeridad y diligencia, sino que, con mucha
frecuencia, la actuación policial no pasa de
ser una tramitación burocrática y rutinaria.
ESTUDIOS
90 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO (1999)
Si la policía llega a actuar e investiga, sólo
una ínfima proporción de los delitos denunciados
son finalmente esclarecidos. Y en
una proporción aún menor es posible llegar a
conocer la identidad del delincuente y se consigue
detenerlo.
A partir del momento en que el autor de
un delito es puesto a disposición judicial, el
ingreso en prisión con carácter preventivo no
sólo depende de la naturaleza del delito, sino
que la prisión preventiva se aplicará con mucha
mayor frecuencia en los casos en los que
no se disponga de un buen abogado defensor,
y, además, en la decisión del juez de enviarle
a prisión preventivamente, intervendrán variables
como la categoría social del detenido,
sus relaciones sociales y económicas, su condición
o no de reincidente, etc.
Finalmente, en el caso de llegar a ser juzgado,
la probabilidad de recibir una condena
será mucho más habitual en el caso de que el
abogado sea de oficio, no haya llegado a estudiar
detenidamente el sumario, o no conozca
ni de lejos a su defendido como ocurre con
muchos presos comunes. En este punto, el
momento dramático del juicio juega un papel
crucial, para Garfinkel los juicios son «ceremonias
de degradación» merced a las cuales
se transforma a una persona en un condenado.
Esa persona suele ser alguien socialmente
ya excluido.
Por último, estas mismas variables intervendrán
para marcar nuevas diferencias entre
unas personas y otras, de manera que incluso
en el supuesto de delitos idénticos, la
pena de prisión será mayoritariamente utilizada
con ciertas personas, mientras que
otras obtendrán con más facilidad una condena
no carcelaria, en forma de arrestos de
fin de semana, multas, indemnizaciones, etc.
Así pues, este complejo y laborioso proceso
de criminalización se encuentra condicionado
en cada una de sus etapas, por variables
sociales, culturales y económicas, que serán
las responsables del enorme sesgo final. Un
largo proceso cuyo resultado último será que
la inmensa mayoría de las personas que se
encuentran actualmente en prisión se acaban
reclutando entre unos cuantos miles de
familias que arrastran una larga historia de
pobreza y exclusión social.
Esto no quiere decir que el delito sea una
nota característica y exclusiva de las clases
bajas. Es más, tal y como se ha demostrado a
partir del desarrollo de las encuestas de victimización,
lo que se puede concluir es que
son precisamente las clases menos pudientes,
pobres y desempleadas, las que sufren,
como víctimas, la mayoría de los delitos que
se cometen (A. Platt cit. por Torrente,
2001:66). Por otro lado, los estudios en los
que se indaga por la autoinculpación, muestran
que son precisamente los más ricos
quienes cometen sus delitos más impunemente.
Es decir, aunque hay delitos característicos
de las distintas clases sociales, el delito
se encuentra presente y repartido entre
todas ellas, siendo precisamente el sistema
penal el que, tal y como ha explicado Jeffrey
Reiman, se encarga de discriminar entre
unos y otros impidiendo que los delitos de las
diferentes clases se mezclen al interior del
sistema penal, y en última instancia es el
responsable último de que la mayoría de la
gente comparta el prejuicio según el cual las
personas que cometen delitos son negros (gitanos
en nuestro país), jóvenes, varones y pobres.
2.1.1. La cárcel como etapa final del
proceso de construcción social del
delito y del delincuente
La cárcel es el dispositivo último en el que
fragua definitivamente el proceso de construcción
social de la identidad delincuente.
Pasar por la cárcel significa ser, para siempre
y de forma definitiva, un «delincuente».
Una sociedad que encarcela a muchos de sus
miembros será también, por tanto, una sociedad
capaz de estigmatizar y apartar de la re-
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
91 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
lación social «normal» a un gran número de
personas, encerrándolas en el estrecho e incómodo
calificativo de ex presidiario. Por lo
general, esta masa sobrante e incómoda estará
masivamente integrada por los miembros
más empobrecidos de la sociedad.
-
El auge de la cárcel en
Norteamérica
El proceso de criminalización de la miseria
y la pobreza que según Wacquant está expandiéndose
internacionalmente desde sus
orígenes en EE.UU acaba por deglutir el trabajo
asalariado precario al interior de un archipiélago
penitenciario en continuo crecimiento
desde mediados de los años setenta.
En este gran proyecto de carácter conservador
confluyen a un tiempo tres propuestas:
difuminación del Estado económico, debilitamiento
del Estado social, fortalecimiento y
glorificación del Estado penal
(2000:12), de
manera que son los mismos representantes
del pensamiento ultraliberal que claman
contra el exceso de intervención estatal en el
terreno del welfare y la política social, los
que paradójicamente demandan un crecimiento
cada vez mayor de las instituciones
de control social y penitenciarias.
De acuerdo con esta visión penalizadora,
la actuación de la policía pasa a ser guiada
por la que se ha dado en llamar «política de
tolerancia cero» frente a los pequeños delitos
e infracciones, política que se traduce en una
multiplicación de los arrestos y detenciones
de pequeños traficantes, prostitutas y delincuentes
menores, es decir, aquella parte de
la delincuencia que se muestra más visiblemente,
en plena calle, y resulta por lo tanto
especialmente incómoda a los ojos de la clase
media. En EE. UU. el resultado ha sido un
incremento constante de la población pobre
encarcelada, que, a la vez que ha visto cómo
se recortaban las ayudas sociales, ha pasado
a verse entre rejas en una altísima proporción.
La población norteamericana encarcelada
se redujo al mínimo en 1975, cuando
triunfaban las ideas sobre las alternativas a
la prisión, las penas sustitutorias, etc, hasta
el punto de que incluso se llegó a hablar de
alcanzar el objetivo de una «nación sin prisiones
», ya que por aquella época los detenidos
eran «sólo» 380.000. Diez años más tarde,
en cambio, eran ya 740.000; superaron el
millón y medio en 1995, y llegaron a rozar los
dos millones en 1998. El caso de California
es especialmente significativo de esta moderna
tendencia a encarcelar en Norteamérica.
En las prisiones estatales californianas, la
evolución fue la siguiente: 1975: 17.300 detenidos;
1985: 48.300; 1998: más de 160.000; si
se le suman los internos en centros de detención
de las ciudades y condados californianos,
se alcanzan las 200.000 personas detenidas
sobre una población total de 33
millones de habitantes. Cuatro veces más
presos que en España, para una población
con siete millones de habitantes menos. Esto
se explica únicamente por el encierro de los
pequeños delincuentes, y muy particularmente
de los toxicómanos.
Según esta perspectiva conservadora que
alienta la penalización de la miseria, el crimen
y la pobreza no son fruto de las condiciones
sociales y económicas, sino del comportamiento
irresponsable, poco inteligente,
inmoral o vicioso de los propios pobres. Por
eso mismo, el trabajo social, lejos de perseguir
reformas estructurales que están fuera
de su alcance y que probablemente sean irrelevantes
como estrategia para reducir el crimen,
debe empeñarse en corregir las conductas
mal adaptadas. En lógica consecuencia,
las explicaciones estructurales de la pobreza
pierden credibilidad, y se las tacha de mero
sociologismo
. Si la pobreza está generada
por el comportamiento poco eficiente de los
propios pobres, claro está, que es ése comportamiento
lo que hay que cambiar, y no la sociedad.
Para los conservadores norteamericanos,
igual que para sus epígonos europeos,
los empeños en explorar las raíces sociales
del delito, no son otra cosa que «excusas so-
ESTUDIOS
92 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
ciológicas» que se esgrimen para debilitar la
llamada a la responsabilidad individual del
delincuente. Así lo formulaba el presidente
Bush (padre) cuando en una alocución a estudiantes
argumentaba diciendo: «tenemos
que alzar la voz y corregir una tendencia insidiosa,
consistente en atribuir el delito a la
sociedad más que al individuo [...] En lo que
me toca, creo, como la mayoría de los norteamericanos,
que podremos empezar a construir
una sociedad más segura si nos ponemos
ante todo de acuerdo en cuanto a que la
sociedad en sí misma no es responsable del
crimen: los criminales son responsables del
crimen» (cit por Wacquant, 2000:61). Por lo
tanto, lo que corresponde es encerrar y encarcelar
a cuantos más «delincuentes» mejor.
Los argumentos sociales y económicos los
intentan rebatir los conservadores, arguyendo
que la comisión de un delito implica
siempre una decisión individual que es la
que permite atribuir la responsabilidad moral
y penal a los individuos, mientras que,
por el contrario, los contextos, las estructuras,
no son susceptibles de ser inculpadas,
ni, por supuesto, castigadas. Las asociaciones
evidentes entre pobreza, aparición de
conflictos familiares serios, penetración del
consumo de drogas ilegales, residencia en
espacios segregados, importancia de los encuentros
con la policía y los agentes de control
social, etc, no parecen hacer mella entre
los partidarios de la responsabilidad individual
del delito.
Entre otras ventajas adicionales de esta
política de tolerancia cero, que multiplica las
detenciones e ingresos en prisión, nos encontramos
con que, de paso, esta inflexión represiva
ha permitido hacer crecer la industria
penitenciaria hasta convertirla en uno de los
negocios más florecientes en estos momentos
en Norteamérica. Tras el nacimiento de las
cárceles privadas en 1983, la industria penitenciaria
se había hecho en 1997 con el 7%
de toda la población encarcelada, disponiendo
de 137.000 plazas repartidas en unos
ciento cuarenta establecimientos que gestionaban
o eran propiedad de 17 empresas privadas.
En última instancia nos encontramos
con que, tal y como afirma Wacquant, actualmente
en Estados Unidos la desregulación
económica camina a la par que la sobrerregulación
penal, con lo cual, al mismo tiempo
que se deja de invertir en acción social, se
han de multiplicar las inversiones en cárceles
y centros de internamiento.
En España, el proceso de privatización de
la prisión está en sus comienzos, pero curiosamente
las grandes empresas multinacionales
de seguridad van haciendo su entrada
en el sector siguiendo un camino bastante
similar al recorrido en EE. UU, y posteriormente,
en Inglaterra. Se comienza con la
privatización de algunos servicios de mantenimiento
(comedor, limpieza de oficinas, lavandería,
talleres, etc), se continúa subcontratando
la gestión de algunos centros de
detención de menores con empresas privadas.
Más recientemente se ha fallado el concurso
3 que ha puesto en marcha el control
remoto mediante pulseras telemáticas, para
lo cual se pedía a la empresa que ganara el
concurso que tuviera capacidad para implantarlo
en 80 cárceles diferentes y que su
sistema hubiera sido implantado con éxito
en tres países, uno de los cuales debía ser
de la Unión Europea. Finalmente, ya comienza
a hablarse de entregar ciertos servicios
de vigilancia en las cárceles a empresas
privadas, sustituyendo a la guardia civil por
los guardias de seguridad privados. El paso
siguiente dentro de esta lógica será implan-
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
93 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
3 En el BOE de 4 de julio de 2001 se publicÛ la resoluciÛn
de la DGIP por la que se anunciaba la apertura
de un concurso p˙blico abierto para la adjudicaciÛn
de un ´servicio de monitorizaciÛn (vigilancia remota) de
internos ingresados en centros penitenciarios dependientes
de la DirecciÛn General de Instituciones Penitenciarias
ª. En el BOE de 11 de julio de 2001 se abre el
concurso para adjudicar el ´servicio de alimentaciÛn de
los internos del centro penitenciario de Valencia cumplimiento
ª sobre un presupuesto base de licitaciÛn de
700 pts por interno/dÌa, etc.
tar en nuestro país la cárcel totalmente privada
4.
Según Wacquant (2000:96 y ss.), la lógica
profunda que subyace en este vuelco que va
de lo social a lo penal, se puede resumir en
tres componentes principales:
1. En primer lugar, el sistema penal colabora
de manera directa en la regulación
de los segmentos inferiores del
mercado de trabajo: hace bajar la tasa
de paro y además genera empleo en el
subsector de bienes y servicios carcelarios.
Además, contribuye al crecimiento
de los empleos más precarios y desprotegidos,
al hacer crecer la mano de
obra integrada por ex detenidos que no
pueden sino aspirar a trabajos degradados
y mal pagados.
2. Contribuye al mantenimiento del orden
racial, sustituyendo al gueto como
instrumento de encierro y exclusión de
una población considerada peligrosa y
supérflua tanto en términos económicos
como políticos, puesto que apenas
votan.
3. Por último, hay una íntima relación
entre prisión y asistencia social. Por un
lado, la visión panóptica y punitiva que
caracteriza a la cárcel tiende a impregnar
los objetivos e instituciones encargadas
de la asistencia social. Por otro
lado, «las cárceles, quiéranlo o no, deben
hacer frente, urgentemente y con
los medios disponibles, a las dificultades
sociales y médicas que su `clientela¿
no pudo resolver en otra parte: actualmente,
en las metrópolis norteamericanas,
la principal vivienda social y la
institución en que se brindan cuidados
y atención sanitaria accesibles a los
más indigentes es la prisión del condado
». Considerándolo desde un punto de
vista cínico, todas estas circunstancias
vuelven «rentables» a los presos, tanto
en términos económicos como ideológicos,
lo que lleva a Wacquant a hablar
de un «complejo comercial carcelarioasistencial
», cuya «misión consiste en
vigilar y sojuzgar, y en caso de necesidad
castigar y neutralizar, a las poblaciones
insumisas al nuevo orden económico
según una división sexuada del
trabajo, en que su componente carcelaria
se ocupa principalmente de los
hombres, en tanto que la componente
asistencial ejerce su tutela sobre (sus)
mujeres e hijos»
-
Las cárceles europeas y
españolas
El caso de España presenta bastantes paralelismos,
aunque desde luego cuenta con
elementos específicos que convierten en peculiar
la evolución seguida por nuestro «archipiélago
carcelario» en los últimos 25 años.
De entrada, conviene tener presente que en
este momento, somos el tercer país de la
Unión Europea con más personas encarceladas
por habitante, siendo superados tan sólo
por Portugal e Inglaterra, país que se ha convertido
en el impulsor europeo de las corrientes
norteamericanas que abogan por el abandono
del Estado providencia en aras del
Estado penitencia 5.
ESTUDIOS
94 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
4 Resulta muy ilustrativa la visita a la p·gina web de
Corrections Corporation of America, una de las grandes
empresas privadas del sector en NorteamÈrica
(http://www.correctionscorp.com/), por la calidad de la
misma y por los contenidos que se presentan en ella,
destinados a un p˙blico heterogÈneo para el que se han
dispuesto hasta cinco secciones: visitantes, profesionales
del sector, medios de comunicaciÛn, solicitantes de
empleo (a comienzos de septiembre se anunciaban 470
ofertas de trabajo) y posibles inversores. Para estos ˙ltimos,
se ofrecen las memorias y la evoluciÛn burs·til de
la compaÒÌa, con resultados francamente espectaculares.
5 Esta es la fÛrmula con la que se refiere Wacquant
al reemplazo del Estado social y benefactor por un Estado
punitivo y encarcelador.
En todo caso, aunque estamos a bastante
distancia de los 648 presos por cada 100.000
habitantes que existen en EE.UU., también
entre nosotros se está produciendo desde hace
años una expansión de la cárcel. Este incremento
de la población encarcelada, se alimenta
cada vez en mayor medida con
trabajadores precarios y desempleados, extranjeros
inmigrantes, y personas con adicción
a drogas. Pensemos que a comienzos de
los años ochenta no llegaban a diecinueve
mil las personas presas en España (ver gráf.
sig.), y que una vez salvado el descenso provocado
en 1983 con ocasión de la reforma de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal (siendo
ministro Ledesma) 6, el número de presos no
cesó de crecer hasta rozar los cincuenta mil
en 1994, y en este momento, tras un leve descenso,
fruto de las últimas reformas penales,
volvemos a estar en torno a las cuarenta y
ocho mil personas presas.
También a nivel europeo, los trabajos de
Pierre Tournier para el Consejo de Europa
permiten hablar de una importante inflación
y superpoblación carcelaria en la mayor parte
de los países europeos, que en mayor o menor
grado viven parecidas situaciones de hacinamiento
en sus cárceles. El alargamiento
de las penas y el crecimiento del número de
inmigrantes que se encuentran en prisión,
están en el origen de este crecimiento de la
población reclusa, ante el cual sólo caben dos
alternativas: aumentar el número de plazas
en las cárceles, o bien desarrollar las alternativas
a la prisión (Béthoux, 2000). De hecho,
si consideramos la evolución seguida por
los países de la Unión Europea durante los
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
95 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
6 Esta reforma consistÌa en limitar los perÌodos m·-
ximos de estancia en prisiÛn preventiva, lo que se tradujo
en un importante descenso del n˙mero de presos
preventivos.
EVOLUCIÓN MEDIA DE LA POBLACIÓN RECLUSA
Fuente: DGIP. Datos a 31-8-2001
años 90 (ver tabla sig.), es claro que salvo en
tres países (Luxemburgo, Noruega y Suecia)
en los que la tasa de encarcelamiento permanece
estable, y otros tres en los que desciende
ligeramente (Austria, Dinamarca y Francia,
este último tan sólo desde los dos últimos
años), en los nueve países restantes la tasa
ha crecido entre 12 y 38 puntos desde 1992
hasta ahora.
Como ya hemos dicho, España es el tercer
país de la UE que más gente tiene entre rejas,
en proporción a su población, y uno de los
cinco en los que la tendencia a encarcelar ha
experimentado un mayor crecimiento durante
los años noventa. Sin que hasta el momento
la tendencia parezca haber tocado techo
en nuestro país, como en cambio sí parece estar
ocurriendo ya en Reino Unido y en Portugal.
Este último país, a pesar de continuar
ostentando el liderazgo en porcentaje de población
encarcelada, ha visto reducir su tasa
muy sensiblemente en los últimos tres años.
ESTUDIOS
96 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
Este crecimiento de la población encarcelada
en Europa no se ha acompañado siempre
de un incremento del número de plazas,
lo que se acaba traduciendo en un importante
grado de hacinamiento (ver Tabla sig.). Si
nos atenemos exclusivamente a las cifras oficiales
respecto del total de personas presas y
del número de plazas oficiales con que cuenta
el sistema penitenciario, España es el
quinto país de la UE en cuanto al grado de
hacinamiento oficialmente reconocido. Esto
no quiere decir que el hacinamiento no sea
mayor en la realidad, puesto que, como es sabido,
al menos en nuestro país, el número de
plazas oficiales aumenta de facto por el expeditivo
método de incluir una nueva cama en
una celda que ha sido construida para albergar
a un solo individuo, lo que constituye un
incumplimiento flagrante de lo establecido
por la legislación penitenciaria, pero incluso
así, estamos en los puestos de cabeza en lo
que a hacinamiento se refiere. En este punto
los países mediterráneos (Grecia, Italia, Portugal
y España, junto con el caso excepcional
de Bélgica) muestran una pauta claramente
regresiva.
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
97 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
Por otro lado, en lo que respecta al número
total de plazas que se necesitarían, esto
es, considerando los datos anteriores en cifras
absolutas, ocupamos la tercera posición,
con un déficit oficialmente reconocido de
¿3.238 plazas, tras Italia (-10.863) y Alemania
(-3.262). Y no sólo eso, sino que ocupamos
el primer puesto en el ránking del tamaño
medio de las cárceles, nuestras prisiones son
las más grandes de Europa: mientras que la
media de plazas por prisión en el conjunto de
la Unión Europea es de 275, el promedio de
presos por cárcel en España, alcanza la cifra
de 537 (ver anexo).
Llegados a este punto caben sólo dos posibilidades,
o bien seguir construyendo macrocárceles
en descampado y lejos de los núcleos
de población, tal y como se ha venido
haciendo desde la puesta en marcha del
Plan de Amortización y Creación de Centros
Penitenciarios, o por el contrario, utilizar
menos la pena de prisión. Esto último puede
lograrse con un mayor desarrollo de las penas
alternativas, paro lo cual podría ser
muy pedagógico, adoptar un numerus clausus
que forzara a los jueces a ser más imaginativos
a la hora de dictar sentencia. Esta
propuesta, aunque pueda sonar algo descabellada,
no lo es tanto si pensamos en las terribles
consecuencias, tanto sociales como en
términos de sufrimiento humano, que acarrea
la actual superpoblación carcelaria. Por
lo demás, tampoco es novedosa; esta política
de intolerancia absoluta a la sobresaturación
ya se practica en Holanda y Finlandia,
y, entre otras ventajas, fuerza a una mayor
colaboración entre los jueces y la administración
penitenciaria (Observatoire Internationale
des Prisons, 2000:13). En cuanto a
las ventajas presupuestarias de tal política
reduccionista son evidentes: encarcelar
cuesta caro (según nuestras estimaciones,
actualmente en España el coste por persona
y año ronda los 3,2 millones de pesetas) y a
la larga no es un buen negocio, salvo para
las compañías constructoras que edifican las
nuevas cárceles, pero que, en cualquier caso,
podrían construir centros sociales, escuelas,
hospitales...
2.2. ¿Quiénes están presos?
Es de sobra conocida la relación existente
entre pobreza y delincuencia. Utilizando datos
franceses de mediados de los años 90, podemos
afirmar que la probabilidad de llegar
a ser encarcelado en el país vecino es mucho
mayor si se trata de un varón (90% de los
presos), joven (80% menos de 40 años) y que
apenas cuenta con un nivel estudios primarios
(60%), todo lo cual, en la mayoría de los
casos, significa estar desempleado, lo que les
lleva a la comisión de pequeños delitos contra
la propiedad, que en gran parte están
vinculados al consumo de drogas ilegales.
Hay que tener en cuenta que, en la práctica,
la cárcel no tiene por función principal detener
a los criminales, sino más bien gestionar
los delincuentes: sanciona esencialmente
las infracciones contra la propiedad (40%
de los detenidos condenados), y las infracciones
de la legislación sobre estupefacientes
(20% de los penados), mientras que las ofensas
a las personas (asesinatos, disparos o heridas
voluntarias) no afectan sino al 15% de
los condenados. Administra sobre todo penas
cortas: el 40% de los condenados debe
purgar una pena inferior a un año
(Rostaing,
1996:355). En general, se puede constatar
en todos los países occidentales la relación
existente entre desempleo y delito. Pero
además, resulta que, a igualdad de comportamiento
delictivo, el peculiar funcionamiento
del sistema (policía, jueces, funcionarios
de prisiones) hace que una misma
conducta se traduzca en la práctica en una
sobrecondena mayor para aquellos individuos
que se encuentran marginados del
mercado laboral convencional. Esto afecta
particularmente a ciertas categorías de población
como por ejemplo: la población joven
sin oficio ni beneficio, los inmigrantes pobres,
y ciertas minorías étnicas.
ESTUDIOS
98 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
Si nos atenemos a los datos que se presentan
en el gráfico anterior, hemos de reconocer
que en una abrumadora proporción, el
sistema penal encarcela a los jóvenes: casi
la mitad de las personas que se encuentran
encarceladas en España (el 47%) tienen
treinta años o menos. Sin embargo, tal y como
sabemos a través de los resultados que
arrojan las encuestas de autoinculpación y
victimización, es sabido que, en comparación
con los adultos, los jóvenes: a) cometen delitos
menos serios; b) hieren menos gravemente;
c) actúan más en grupo; d) sus delitos están
menos planeados; e) conjugan más la
emoción; f) dejan menos beneficio económico,
y g) eligen sobre todo víctimas de su edad
(Torrente, 2001:121).
No obstante, tal y como vemos por los
datos anteriores, el sistema acaba castigando
con la cárcel, fundamentalmente a
los más jóvenes. Entre otras cosas, esto está
originado por la estrecha correlación
existente entre cárcel y drogadicción, que
se muestra especialmente importante en el
caso de los más jóvenes. Baste con el dato
ofrecido por Instituciones Penitenciarias
en informes recientes según el cual, algo
más del 50% de las personas que ingresan
en prisión admite ser drogodependiente: el
60% a la heroína y la cocaína, un 25% sólo
a la heroína y un 6% únicamente a la coca
(La Verdad, 15-05-2000). En nuestro estudio
(Ríos y Cabrera, 1998: 85 y ss.) encontramos
que el 56% de los presos encuestados
eran drogodependientes, existiendo
además una relación estrechísima entre
droga y reincidencia.
En segundo lugar, cada vez se encarcela
más a los extranjeros e inmigrantes pobres.
En toda Europa, los extranjeros y las
personas de color se encuentran sobrerrepresentadas
entre la población encarcelada. En
el conjunto de la Unión Europea, los extranjeros
suponen el 22,45% de toda la población
encarcelada. En Inglaterra, los negros procedentes
de las colonias caribeñas van siete veces
más a prisión que los blancos. En Alemania
ocurre algo parecido con los gitanos
rumanos (20 veces más), los marroquíes (8
veces) y los turcos (3-4 veces). Ante una misma
infracción, se recurre más a la condena
de cárcel cuando se trata de extranjeros, y
además el ingreso en prisión se hace efectivo
en mayor medida.
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
99 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
POBLACIÓN RECLUSA EN LAS CÁRCELES ESPAÑOLAS
POR GRUPOS DE EDAD Y SEXO
Fuente: DGIP. Datos actualizados a 30-06-2001
Dejando a un lado el caso atípico de Luxemburgo
por la peculiar configuración demográfica
y espacial de este pequeñísimo
país, es evidente el importante peso que representan
los extranjeros dentro de los países
de la UE, donde en promedio, vienen a
representar un 22% de la población encarcelada,
siendo así que su peso entre la población
se puede estimar en torno a un 2,6%
(ver Lora-Tamayo, 2001) . España, ocupa de
momento una posición intermedia, aunque
la tendencia al alza está creciendo muy rápidamente.
Muchos ingresan en prisión simplemente
por infringir las leyes de permanencia en el
país. Hay una especie de decisión deliberada
que busca reprimir la inmigración ilegal
mediante la cárcel, o en todo caso, mediante
la reclusión forzada. En todos los países de
ESTUDIOS
100 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
la Unión Europea se multiplican, las «zonas
de espera
, los lugares de internamiento y
de retención, que tal y como se recoge en los
informes de Amnistía Internacional, al no
ser cárceles, no cuentan ni siquiera con el
marco jurídico regulador que proporciona la
Ley Orgánica General Penitenciaria. Los informes
de Amnistía Internacional han denunciado
los «frecuentes informes de brutalidad
policial y el aumento de denuncias de
malos tratos a inmigrantes
en nuestro país.
En Francia funcionan alrededor de treinta
centros, que «son otras tantas prisiones que
no se atreven a pronunciar su nombre
(Wacquant, 2000:112), en España, los letrados
Ignacio Alarcón Mohedano y Luis Vidal
de Martín Sanz realizaron un trabajo que
fue premiado por el Colegio de Abogados de
Madrid y publicado como separata de la revista
Otrosí en febrero de 1999, en el que se
ponían de relieve los fallos y excesos que se
producían en los Centros de Internamiento
de Extranjeros (CIE), de manera que el nivel
de garantía de derechos en que se encontraban
los allí internados era incluso
inferior al establecido por el régimen penitenciario
en cuanto a «instalaciones, servicio
médico y de asistencia social, visitas y
comunicaciones, asistencia letrada, régimen
disciplinario y derecho de alegaciones,
discrecionalidad, y ausencia de control jurisdiccional
» (pág 38) Todo ello permite hablar
de una verdadera «criminalización de
los inmigrantes» mediante la cual, el extranjero
se convierte en el enemigo incómodo,
que resume, simboliza y se convierte en
blanco de todos los miedos y ansiedades de
la sociedad.
En el caso español, estas nuevas poblaciones
que contribuyen a «colorear» la población
carcelaria vienen a añadirse a la que tradicionalmente
ha sido nuestra minoría étnica
marginada por excelencia: el pueblo gitano.
Aunque no existen cifras que permitan dar
porcentajes sobre su presencia dentro de las
cárceles, por tratarse de datos inexistentes
desde el punto de vista oficial, es ampliamente
conocido por todos cuantos frecuentan
el universo penitenciario su presencia masiva
en las cárceles españolas. Lo que confirma
la tendencia general que habla de un proceso
de selección penal que tiende a castigar con
la cárcel de forma desproporcionada a los
miembros de ciertos grupos étnicos minoritarios.
A pesar de que en los datos oficiales no se
recoge el grupo étnico de pertenencia de las
personas presas en España, algunos estudios
nos permiten ofrecer algunos datos empíricos.
Así por ejemplo, en el informe Barañí
sobre «criminalización y reclusión de
mujeres gitanas», se estima que «la representación
de este colectivo tras los muros de
la cárcel llega a ser 20 veces mayor a su representación
entre la población general», de
manera que aproximadamente la cuarta
parte de las reclusas en España son gitanas.
En general, la pauta de conducta que subyace
a su ingreso en prisión habla de una fuerte
marginalidad social que se expresa en
una importante interrelación entre la drogadicción
(la mitad de las mujeres gitanas entrevistadas
son o han sido consumidoras de
drogas y el 60% están presas por delitos contra
la salud pública), y los delitos contra la
propiedad (hasta un 40% de la muestra), lo
que se traduce en una importante reincidencia
que hace de la estancia en prisión algo
habitual en sus vidas: el 61% de las mujeres
encuestadas en el proyecto Barañí eran
reincidentes.
En cuanto a los varones, un estudio realizado
por el Secretariado General Gitano a
mediados de los años 90, estimaba en un
10% su presencia en las cárceles madrileñas,
siendo así que «el numero de españoles y españolas
gitanos/as puede estar entre 500.000
y 650.000 personas, según datos recientes
del Secretariado General Gitano, lo que representa
el 1,4% del total de la población española
» (cit. en Barañí), esto significa que se
les encarcela en una proporción que es más
de 7 veces la que les correspondería según su
peso demográfico.
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
101 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
2.2.1. Origen social y familiar
Pueden multiplicarse los datos procedentes
de diferentes países que muestran cómo
las personas que llegan a ser identificadas
por las agencias de control como autores de
algún delito, y acaban etiquetadas por tanto
como «delincuentes», tienden a ser personas
que previamente se encuentran ya viviendo
en situación de exclusión, entendida ésta no
sólo en términos económicos o de desempleo,
sino también culturales, educativos y relacionales.
Así por ejemplo, Smith y Stewart
(1997) con datos del Reino Unido procedentes
de quienes se encuentran en libertad vigilada
(probation service), ponen de relieve
que por lo común se trata de personas cuya
fuente de ingresos es especialmente irregular
y atípica (trabajos esporádicos, desempleo,
garantías sociales, etc). Con lo cual, su
nivel de ingresos es muy bajo, lo que permite
hablar estrictamente de pobreza (económica)
en una altísima proporción. Además el empobrecimiento
ha ido en aumento desde los
años 60 para acá, entre otras causas, como
consecuencia del aumento de la tasa de desempleo
(el 64% de los usuarios del probation
service en 1993 estaban en paro). Lo mismo
cabe decir de la desproporcionada presencia
de fracaso escolar. El nivel de estudios alcanzado
es muy bajo: el 80% dejaron el sistema
educativo sin conseguir obtener ningún título,
y el 16% dejó la escuela antes de la edad
mínima legalmente establecida. En el caso
de Francia, Anne-Marie Marchetti, profesora
de sociología en la universidad de Amiens,
autora entre otros libros de la obra titulada
Pauvreté en prison, durante el transcurso de
una encuesta realizada por el Senado afirmó
con rotundidad que «la prisión es la pena del
pobre. La mayor parte de la población encarcelada
es de origen socialmente desfavorecido
»... «En Francia, la prisión está prevista
sobre todo para la delincuencia del pobre», y
terminó su testimonio diciendo: «cada vez
que realizo una encuesta en una prisión de
Francia, personalmente, siento vergüenza de
ser francesa».
Con frecuencia son personas que han vivido
situaciones familiares problemáticas: conflictos
de pareja, malos tratos, abandonos; lo
que en una buena parte de los casos ha supuesto
haber tenido que pasar a depender de
los servicios sociales: el 26% de los usuarios
del servicio británico de probation han tenido
la experiencia de vivir en algún momento
de su infancia bajo la tutela de los servicios
sociales (local authority care), frente a solamente
un 2% entre la población general. A
menudo, todo esto suele haber estado ligado
a problemas de alojamiento y vivienda. Por
último, también es desproporcionadamente
alto entre ellos el porcentaje de discapacidades,
enfermedades o adicciones, con todos los
efectos exclusógenos que conllevan.
En nuestro país, es difícil encontrar estudios
que analicen el origen social de las personas
presas y dispongan de datos empíricos
fiables sobre el mismo. El estudio de C. Manzanos
(1991), aunque es de hace unos años y
se centra en las personas internas en cárceles
del País Vasco y sus familias, tiene la
ventaja de proporcionar una visión global e
integrada de la sociodemografía carcelaria
en conexión con una sociología de la marginación.
Según los datos obtenidos en una encuesta
que llevó a cabo entre 435 familias de
personas que estaban o habían estado presas
entre 1982 y 1989, el 46,7% de las personas
presas referenciadas en la muestra no habían
llegado a superar los estudios primarios,
y sólo el 1.8% llegaron a la Universidad.
El 61% carecía de experiencia laboral alguna.
Y más de la mitad de los presos (51,2%)
unía a esta falta de experiencia laboral, una
desescolarización temprana que les impidió
completar los estudios primarios. Es decir,
las personas presas se reclutan masivamente
entre la población joven desempleada y sin
estudios.
Otro dato adicional que da idea de las dificultades
de integración social padecidas por
las personas encarceladas es el que se refiere
a la institucionalización infantil. Si bien únicamente
el 0,4% de los menores de 14 años se
ESTUDIOS
102 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
encuentran en instituciones de acogida, en
cambio, hasta un 25,4% de los presos de la
muestra habían vivido durante su infancia la
experiencia de haber sido institucionalizados.
En cuanto a la condición socioeconómica
de las familias afectadas por la cárcel en la
Comunidad Autónoma Vasca, Manzanos encontró
que:
¿ El 63% eran familias emigrantes -de
fuera de la CAV-, cuando para el total
de la población residente en el País
Vasco, sólo el 15,6% es emigrante. Ello
quiere decir que se encuentran sobrerrepresentados
hasta cuatro veces su
peso real.
¿ Se trataba de familias de gran tamaño:
el 64% eran familias de seis miembros
o más.
¿ Con muy bajo nivel educativo: el 60%
de las personas principales de la familia
carecían de estudios.
Por lo que se refiere al nivel de ingresos
del hogar, Manzanos encontró que un 49,5%
vivían en situación de pobreza (el 29,5% de
sus hogares contaban con unos ingresos
mensuales comprendidos entre 40 y 79.000
pts) o miseria (menos de 40.000 pts). Aunque
cuando se utilizaban las líneas de pobreza
que se habían empleado en los estudios generales
sobre pobreza económica realizados en
el País Vasco más o menos por aquellas fechas
por el Dpto. de Trabajo del Gobierno
Vasco, entonces la práctica totalidad de las
familias afectadas por la pena de prisión (el
98,6%) caían por debajo del umbral de pobreza,
entendida ésta como «los ingresos mínimos
necesarios para llegar a fin de mes». De
ellas, el 64% estaban en situación de estricta
miseria económica, cuando esta situación
afectaba únicamente al 5% de los hogares de
la CAV.
Según estos datos (ver tabla ant.), los hogares
de las familias de los presos representaban
el 36,4% de todos los hogares del País
Vasco en situación de miseria económica, y el
3,5% de los hogares en situación de pobreza
económica. Mientras que la proporción de
hogares no pobres (es decir, los que se sitúan
por encima del umbral o línea de pobreza)
entre las familias de presos es prácticamente
irrelevante, ya que suponen únicamente el
0,06% del total de hogares no pobres del País
Vasco. La cárcel se nutre esencialmente de
los miembros de las familias más pobres. La
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
103 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
penalización de la miseria adquiere así todo
su significado. Más aún si tenemos en cuenta
que una de cada cuatro de estas familias de
presos (25%) tenía más de un familiar preso
o arrastrando problemas penales.
Naturalmente esto no significa afirmar
que la criminalidad sea un patrimonio de las
clases desfavorecidas, sino reconocer el filtro
que las instituciones de control, persecución
y sanción carcelaria del delito ejercen. Hasta
el punto de que, sencillamente, para la policía
y los jueces, pasan desapercibidas (no se
ven
), otras formas de delincuencia que son
más frecuentes entre las clases sociales más
altas (los llamados delitos de cuello blanco), o
bien no las persiguen con el mismo ardor, o,
finalmente, no las llegan a castigar con penas
de prisión. El resultado de todo ello es
que la cárcel acaba siendo un destino que
abre sus puertas casi en exclusiva para atrapar
a los miembros de los hogares pobres y
excluidos.
-
Laboral
La condición de excluidos de gran parte de
los presos se refleja fielmente en su posición
subordinada dentro del mercado laboral. Los
datos que arrojaba la encuesta Mil voces presas
del 98, reflejaban que, al menos un 14%
de los presos carecían por completo de cualquier
experiencia laboral previa, circunstancia
que afectaba al menos al 30% de los presos
menores de treinta años. Por lo demás
aquellos que sí habían desempeñado algún
trabajo antes de entrar en prisión, lo habían
hecho mayoritariamente en empleos manuales
y poco cualificados (55%). Traducidos estos
antecedentes laborales a una estratificación
en clases ocupacionales, tenemos que
las 4/5 partes de los presos proceden de la
clase trabajadora manual con baja o nula
cualificación. Esto significa, que si comparamos
la estructura de clases de procedencia
de las personas presas, con la estructura de
clases española, se puede decir que en nuestro
país la posibilidad de ir a la cárcel es 10
veces mayor entre la clase trabajadora que
entre la clase media 7.
Abundando en la baja cualificación laboral
de las personas presas, tenemos que entre
las mujeres gitanas encuestadas dentro
del proyecto Barañí, únicamente el 13% se
podía considerar que tenían un oficio reglado
dentro de los estándares generales de la
sociedad actual, el resto se dedicaba a la venta
ambulante (38%), o a tareas tradicionales
de muy baja condición, como cestería, feriantes,
etc. (10%), se declaraban amas de casa
(21%) o bien dijeron no tener oficio alguno
(14%).
ESTUDIOS
104 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
7 Ver el Cap 2.3 del V Informe Foessa pp. 231-271.
No obstante, podría pensarse que, dada
esta situación de partida, el tiempo que pasan
en la cárcel podría estar siendo aprovechado
para adquirir una experiencia laboral
de la que muchos han carecido hasta ese instante.
De hecho, el Gobierno aprobó el pasado
6 de julio un Real Decreto que reconoce a
los reclusos que trabajen, el derecho a la protección
de la Seguridad Social, lo que les permitirá
gozar de sus prestaciones en caso de
maternidad, de accidentes de trabajo o de jubilación,
así como acceder a los subsidios de
paro a su salida de la cárcel. Hasta el momento
esto no ha sido así y hay serias dudas
de que pueda convertirse en algo general. En
prisión, los salarios suelen ser muy bajos, entre
26.000 y 50.000 ptas, en el caso de los talleres
que gestiona la propia cárcel, y de
unas 70.000 ptas cuando se trata de talleres
que trabajan para empresas de fuera 8. Por
todo ello, el trabajo remunerado dentro de la
cárcel, dado el escaso número de plazas disponibles
y la situación de indigencia que padecen
muchos presos, puede ser utilizado como
un medio para recompensar la docilidad
frente a la dirección; y esto cuando no se usa
como un puro elemento de chantaje, para
conseguir la sumisión de los presos. Así quedaba
reflejado de forma pavorosamente cándida
en la información de prensa que publicó
el diario Ideal (19-08-2001) el mismo día en
que se hizo eco de la noticia anterior. Tras
las declaraciones de la subdirectora de la prisión
madrileña de Soto del Real, que explicaba
que en su centro había colas para acceder
a una plaza, por lo que se habían visto obligados
a «motivar a los reclusos para que realicen
actividades de carácter no laboral ante
la imposibilidad de colocar a todos», se continuaba
diciendo que: «para convertirse en uno
de los afortunados asalariados, los internos
deben primero promocionarse y demostrar
su voluntad de colaborar con las labores del
centro. Así, sólo quienes comienzan desde
abajo, con tareas de limpieza en los módulos,
sirviendo la comida a sus compañeros o en
labores de mantenimiento, consiguen que la
dirección de la cárcel se fije en su comportamiento
y les asigne una plaza en talleres» 9.
De hecho, con el Real Decreto de julio se
incorporaron al régimen general de la Seguridad
Social 8.200 presos, que sobre un total
de 46.883 a finales de junio, representan escasamente
un 17,5%. Esencialmente se trata
de actividades de manipulado, muy básicas y
elementales que no cualifican laboralmente.
Es muy difícil, por no decir imposible acceder
a las nuevas herramientas y tecnologías. Según
los datos de nuestra encuesta (Ríos y Cabrera
1998), el 81% de las personas presas
dicen no tener posibilidad de realizar actividades.
El tiempo de la cárcel es un tiempo
clausurado e inútil presidido por el aburrimiento
y la inactividad. Solamente una minoría
puede acceder a actividades de formación
profesional y laboral.
-
Económico
Claro que, aun siendo malas y faltas de
transparencia las condiciones de trabajo en
prisión, esto no quita para que sea peor aún
la inactividad forzada a la que se ven condenados
la mayor parte de los detenidos. En
Francia, A.M. Marchetti habla de que un
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
105 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
9 Por el contrario, unos meses antes, el periÛdico
electrÛnico La corriente alterna (29-01-2001) publicaba
lo siguiente:ìLas irregularidades en el trabajo de los penados
son ´el pan de cada dÌaª, asegura rotundamente
Sor Carmen, coordinadora de la asociaciÛn de ayuda a
los presos Marillac. SÛlo el 20 por ciento de las 44.000
personas que componen la poblaciÛn reclusa realiza
una actividad laboral, tanto remunerada como formativa.
Y la falta de transparencia sobre la gestiÛn de los
puestos de trabajo, salarios y compensaciones a las empresas
privadas que colaboran con los centros penitenciarios
es la normaî, y continuaba m·s adelante quej
·ndose de los bajos salarios, la imposibilidad de
reclamar o denunciar abusos por parte del empleador,
etc.
8 En estos casos se trata de empresas que, adem·s
de pagar sueldos por debajo del salario mÌnimo, se encuentran
con las instalaciones y la electricidad gratis.
60% de la población carcelaria está desocupada
por completo, lo que teniendo en cuenta
que no pueden acceder al RMI (Ingreso mínimo
de inserción) hace que se multipliquen
las situaciones de indigencia y pobreza extrema
dentro de las cárceles, con la consiguiente
secuela de violencia y delincuencia intracarcelaria
que esto genera. Más aún, si
tenemos en cuenta que el régimen arcaico y
obsoleto del economato hace que todo pueda
y deba ser comprado, desde productos alimenticios,
hasta tabaco, y a unos precios que
muchas veces están fijados de forma artificial,
cuando no claramente abusiva. En la
cárcel todo cuesta dinero, por ejemplo, en un
informe elaborado por el Senado francés el
pasado año con el expresivo título de «Prisons:
une humiliation pour la République»,
se denunciaba que el alquiler de una televisión
en la cárcel de La Santé costaba 65 francos
por semana, esto es, 270 francos al mes
(más de cinco mil pesetas), siendo así que la
empresa proveedora cobraba únicamente 70
francos por mes. En nuestro país, la Audiencia
Provincial de Madrid condenó en marzo
del año 2000 al gerente, al tesorero y a un directivo
de Trabajos Penitenciarios por urdir
un plan para enriquecerse con las transacciones
comerciales que efectuó este organismo
en los primeros años de la década de los
90
(El País, 29-03-2000) mediante la constitución
de empresas ficticias para canalizar
las compras y las ventas que se realizaron
durante aquellos años.
La cárcel no sólo atrapa sobre todo a los
más pobres, sino que además les supone un
empobrecimiento económico adicional, al hacerles
perder ingresos y obligarles a incurrir
en gastos adicionales. En el estudio de Manzanos
(1991), que ya hemos citado anteriormente,
se analizaban los gastos que suponía
para las familias tener a alguien en prisión.
A comienzos de los años noventa, siendo los
ingresos medios mensuales de las familias de
los presos en la CAV, de unas 50-55.000 pts.,
el gasto ordinario que les suponía por término
medio tener que atender al familiar preso
venía a ser de unas 12.000 pts mensuales. Es
decir, que la rémora económica que implicaba
tener un familiar en prisión se llevaba alrededor
del 22% de los ingresos de estas familias,
que siendo por lo general familias por
debajo del umbral de pobreza, se veían así
doblemente empobrecidas. A esto habría que
añadir los gastos extraordinarios que representaban
los viajes para realizar las visitas a
presos en cárceles situadas fuera de la Comunidad
Autónoma, circunstancia que venía
a afectar a la tercera parte de las familias de
presos durante un período de tiempo medio
de unos nueve meses. Estos gastos extraordinarios
para viajes y desplazamientos venían
a ser de unas 28.000 pts al mes, lo que significaba
una verdadera ruina para unas economías
domésticas ya muy precarias. Y sólo
hay que pensar que, de acuerdo con los datos
obtenidos en la encuesta a presos que realizamos
hace un par de años (Ríos y Cabrera,
1998), alrededor del 50 % de las personas en
prisión encuestadas declaraban estar en cárceles
situadas en otra provincia diferente a
la de su domicilio familiar.
-
Educativo
Desde el punto de vista educativo, la exclusión
originaria se refleja en el bajísimo nivel
de estudios completados por las personas
presas. Según datos de Instituciones Penitenciarias,
aproximadamente el 10% de las
personas presas son analfabetos totales, y el
19% analfabetos funcionales, siendo así que
entre la población española con edades comprendidas
entre 16 y 65 años el analfabetismo
ha sido prácticamente erradicado. En el
informe Mil voces presas (1998), incluso tratándose
de una muestra sesgada al alza desde
el punto de vista educativo, ya que había
que cumplimentar un cuestionario por escrito
- lo que dejaba fuera a quienes no supieran
escribir salvo que algún compañero les ayudara
a responder-, nos encontramos con que
más de la mitad (51%) apenas si contaban
con estudios primarios o de FP de primer
ESTUDIOS
106 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
grado (14%), y un 8% carecía por completo de
estudios.
Entre las mujeres gitanas de la encuesta
Barañí, la situación es especialmente dramática:
el 32% no sabían leer ni escribir, el
28% sabían leer aunque no escribir, y el 25%
tenían incompletos los estudios primarios; lo
que hace un total de un 85% sin ningún certificado
escolar mínimo.
Sobre esta base de partida, el tiempo de
estancia en la cárcel no supone ninguna mejora
sustantiva. Bien es verdad que resulta
difícil valorar lo que representa la oferta formativa
disponible en las prisiones españolas
como vía para elevar el déficit educativo del
que parten las personas presas al ingresar,
ya que no resulta fácil disponer de datos oficiales,
puesto que los que se publican son
muy escasos e incompletos. Sin embargo, todo
sugiere un tremendo fracaso de los programas
educativos que se imparten al interior
de las cárceles. Por ejemplo, las cifras
que proporciona la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias en su última memoria
recogen la cifra del número total de
alumnos que o bien asisten a clase o simplemente
están matriculados, pero no se ofrece
ninguna información sobre el porcentaje de
ellos que logra terminar sus estudios. En todo
caso, las cifras de matriculados tampoco
representan gran cosa. En general, se trata
de personas matriculadas en los niveles de
enseñanza más básica: aproximadamente
la mitad de todos los 14.324 presos «estudiantes
» a lo largo del curso 98/99, cursaban
estudios por debajo del nivel de certificado
escolar (alfabetización, neolectores,
etc); únicamente 526 presos cursaban el bachillerato
o el COU; y en estudios universitarios
se hallaban matriculadas 694 personas,
de las cuales más de 300 estudiaban en la
Universidad del País Vasco, correspondiendo
por tanto casi en su totalidad a presos de
ETA, que claramente disponen de un perfil
muy diferente al del resto de los presos comunes.
Por lo tanto, el preso estudiante, que
aprovecha el tiempo en prisión para estudiar
una carrera, es sencillamente un mito que
apenas si recoge la situación de menos del
1% de los presos españoles. En cuanto a los
datos relativos a la Formación Profesional -
que podría pensarse que se trata de un tipo
de estudios más accesibles e interesantes de
cara a la reinserción social, dado el penoso
recorrido escolar seguido por las personas
presas-, nos encontramos con una realidad
aún más dramática: tan sólo 169 personas se
encontraban matriculadas en algún módulo
de Formación Profesional en las cárceles españoles,
sobre un promedio anual de casi
40.000 personas encarceladas 10.
-
Salud
Instituciones penitenciarias admite que
un 19% de los presos son portadores del virus
del sida. Porcentaje que probablemente es
mayor, ya que un 10% del total de internos
no se ha podido realizar las pruebas.
En general, las condiciones higiénicas de
las cárceles no siempre son las adecuadas.
Además de las quejas contínuas de los propios
presos, tenemos el testimonio de los propios
funcionarios que, de tarde en tarde, para
dar más fuerza a sus reclamaciones en los
momentos de conflicto, acompañan sus quejas
laborales con las denuncias sobre las deficientes
condiciones sanitarias de las prisiones.
Así por ejemplo, a finales de febrero de
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
107 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
10 La cifra total de personas que estuvieron ingresadas
en alg˙n momento del aÒo no est· publicada, pero
incluso asÌ, si referimos las cifras de matriculaciÛn al
promedio anual, nos encontramos con que apenas un
tercio se matriculÛ de alguna cosa. A pesar de todo, el
dato m·s interesante serÌa el que nos indicara el fracaso
escolar, es decir, el porcentaje de presos que no consiguen
superar el curso, pero Èsta es una cifra que tampoco
se hace p˙blica. Del mismo modo, en la memoria
citada, se ofrece la cifra de alumnos que inician los cursos
de preparaciÛn para la inserciÛn laboral en el aÒo
1999 (en total, 12.502, repartidos en 724 cursos), pero
no se ofrece el dato de cu·ntos de ellos consiguieron
terminarlos.
este mismo año, el personal de la cárcel de
Villabona (El Comercio 27-2-2001), para forzar
a una mesa de diálogo con la dirección
del centro, denunciaba la existencia de una
plaga de ratas y mosquitos que atribuían a la
insalubridad de la cárcel, y se extendía en
argumentos alarmistas acerca de los peligros
que esto entrañaba al tratarse de un lugar
en el que abundaban las enfermedades contagiosas
como el sida o la tuberculosis
.
Por lo que se refiere a la salud mental, nos
encontramos con que, por ejemplo, el Defensor
del Pueblo Andaluz ha denunciado la
existencia de unos 400 enfermos mentales en
las cárceles andaluzas ¿lo que representa alrededor
de un 4% del total de la población
encarcelada¿, que prácticamente carecen de
atención especializada: mientras en Jaén y
Almería, 80 enfermos recibían la visita de un
psiquiatra cada quince días, en Almería, 50
enfermos recibían una visita al mes, y los
otros 240 enfermos mentales, repartidos por
las demás cárceles andaluzas, sencillamente
no contaban con ningún psiquiatra.
Particularmente doloroso es el caso de los
disminuidos psíquicos, que en una gran mayoría
ni siquiera han sido detectados como
tales, debido a la situación de marginación y
pobreza que normalmente acompaña sus vidas,
lo que les ha impedido contar con una
defensa legal apropiada que hubiera permitido
su diagnóstico y una exploración reposada.
De hecho, en el informe elaborado por el
Defensor del Pueblo Andaluz (2000:65), de
un total de 82 disminuidos psíquicos, sólo 17
(el 21%) habían sido evaluados como tales.
3. LA VIDA EN LA CÁRCEL Y SUS
CONSECUENCIAS
Vivir en prisión no implica únicamente la
falta de libertad, también conlleva la pérdida
de relaciones y contactos sociales, la abstinencia
total, o casi, de relaciones heterosexuales,
la falta de seguridad personal, la imposibilidad
de acceder a muchos servicios y
recursos de todo tipo (culturales, educativos,
de ocio y tiempo libre), la exposición a riesgos
importantes para la salud física y mental,
etc. Ahora bien, «tal como señala la Constitución,
al preso no se le debe privar de aquellos
otros derechos que no vengan ya limitados
en la propia condena, el sentido de la pena y
la ley penitenciaria. Por tanto, el derecho a
la vida, a la integridad física, y a la dignidad
supone un derecho que en modo alguno debe
ser mermado por su estancia en un establecimiento
penitenciario» (Casas, 1991:258-259).
Sin embargo, en la práctica, las personas
presas han de cumplir su condena en tales
condiciones, que el ejercicio efectivo de estos
otros derechos se ve considerablemente mermado.
Para empezar, la persona que ingresa en
prisión es sometida a una serie de rituales de
desposesión que tienden a poner de relieve la
suspensión de su identidad por un tiempo indefinido.
A este abandono de la identidad anterior
colabora muy eficazmente la insegura
perspectiva que se abre ante ella. Cuando se
entra en la cárcel no puede saberse cuándo
llegará el momento de salir de ella; en muchos
casos aún se está pendiente de juicio -
por ejemplo, en estos momentos, el 27% de
las personas encarceladas en España, lo están
como preventivos-, e incluso después de
haber sido juzgado y condenado, la pena
efectiva puede depender de imponderables
que escapan por completo al preso; circunstancias
como la eventualidad de una sanción,
la refundición o no de penas, etc, pueden
alargar hasta el infinito el período de encarcelamiento.
En la práctica carcelaria real, el
tratamiento disciplinario de las personas
presas termina por «convertir una condena
determinada, establecida por el poder judicial,
en condena indeterminada» cuyo final
previsible es imposible conocer de antemano
de forma precisa (Manzanos, 1991:70).
En prisión la exclusión y separación física
continúa hasta traducirse en un verdadero
despojo de sí mismo que se consuma día a
día. El detenido no puede preservar su inti-
ESTUDIOS
108 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
midad, ya que continuamente es observado,
mirado, vigilado (expuesto a una permanente
contaminación física
en expresión de
Goffman), y obligado a compartir espacios
con otros, en un régimen de promiscuidad
permanente, en el trabajo, el patio, la celda
(«contaminación moral»), de manera que todo
es conocido por todos. No hay un lugar al
que poder retirarse solo para cambiar la
máscara
y gestionar la propia identidad.
Las consecuencias terribles de la vida carcelaria
han sido expuestas en muchas ocasiones
(Valverde, 1993), fijémonos ahora brevemente
en algunos aspectos que tienden a
traducirse en un agravamiento de la exclusión
inicial.
3.1. Consecuencias para la salud
Es conocida la alta incidencia de enfermedades
contagiosas entre la población encarcelada
(hepatitis, tuberculosis, VIH), y en
nada puede beneficiar el hacinamiento, la
masificación y las deficientes condiciones higiénicas,
alimentarias y sanitarias de las
cárceles para lograr contener su propagación.
En la cárcel, hay muchos enfermos y
existe una alta probabilidad de enfermar. En
ese sentido conviene recordar que en nuestra
sociedad «el sistema sanitario es el entramado
institucional responsable de satisfacer las
necesidades sociales básicas relacionadas
con la salud en todos sus aspectos. Por ello,
las personas enfermas física o psíquicamente
a las que se les imputa la responsabilidad de
haber cometido un hecho delictivo no son
una excepción a la regla. Tienen un problema
de salud y por tanto han de ser atendidas
por las instituciones sanitarias correspondientes,
ya que en el origen de su comportamiento
existen problemas de enfermedad,
problemas que motivan, en ocasiones, la propia
comisión de delitos» (Casas, 1991: 267),
como es el caso de muchas adicciones o de
determinadas patologías mentales. Sin embargo,
actualmente la atención sanitaria
que se presta a los presos se encuentra segregada
del régimen general y depende directamente
del Ministerio de Interior. Por
eso mismo se multiplican las demandas del
personal sanitario, ¿375 médicos, 384 diplomados
en enfermería y 331 auxiliares¿, que
trabaja en las cárceles dependientes del Ministerio
de Interior (todas salvo las catalanas)
pidiendo ser incorporados al Sistema
Nacional de Salud.
La falta de medios e instalaciones de que
dispone esta especie de sanidad paralela a la
del resto de los ciudadanos se traduce en un
empeoramiento de la atención sanitaria que
reciben los reclusos. En un reciente informe
de la Subdirección General de Sanidad Penitenciaria
se admiten las deficiencias «de este
servicio asistencial, tanto en eficiencia como
en equidad» a pesar de los 13.000 millones de
coste anual que le supone a Interior de los que
prácticamente la mitad corresponden a gastos
de personal (Diario médico, 29-6-2001 11).
Claro que las demandas de los médicos de
prisiones en las que se ponen de relieve las
deficientes condiciones sanitarias de la población
encarcelada no están motivadas sólo
por la preocupación que les suscita la salud
de los presos, sino que sus quejas también
expresan su aislamiento respecto del resto
de profesionales del Sistema Nacional de Salud,
lo que crea dificultades de coordinación
con otros servicios asistenciales, así como
una limitación de la carrera profesional
. En
cierta forma, la cárcel no sólo excluye a los
que apresa, sino también a quienes trabajan
en ella.
En definitiva, acogiendo a una población
en gran medida enferma, las cárceles son a
su vez «generadoras de enfermedades tanto
físicas como psíquicas que no debieran recaer
sobre una población ya castigada a la privación
de libertad y doblemente castigada a soportar
las condiciones en que se encuentran
los centros penitenciarios» (Casas, 1991:269).
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
109 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
11 http://www.diariomedico.com/sanidad/informepenitenciaria290601.
pdf.
3.2. Consecuencias para la relación
social
Estar en prisión supone antes que nada
estar excluido de la comunicación. Los intercambios
con el exterior, con la familia, los
amigos, la pareja, se vuelven difíciles y escasos,
cuando no imposibles, debido a la distancia,
al coste económico que acarrean, a la
frustración que les acompaña, etc. La comunicación
con el exterior, si bien se acepta en
la legislación penitenciaria como algo necesario
y conveniente de cara a la posterior
vuelta a la sociedad, sin embargo, en la práctica,
ha de realizarse en tales condiciones y
envuelta en tal cúmulo de restricciones, que
se pervierte hasta el extremo: horarios limitados,
periodicidad escasísima, ruido ambiental
que obliga a hablar a gritos, ambiente
frío e inhóspito en el caso de las
comunicaciones íntimas, urgencia y limitación
de tiempo asignado... El pasado mes de
julio, el Colegio de Abogados de Zaragoza denunciaba
que en la ultramoderna macrocárcel
recién inaugurada y destinada a albergar
hasta unos 1.500 presos, únicamente disponían
de tres locutorios para comunicar con
sus clientes (El periódico, 03-07-2001).
En la práctica cotidiana, las posibilidades
de la administración penitenciaria para sancionar
mediante una reducción o supresión
temporal de las comunicaciones, someterlas
a controles adicionales, o a censura, son tan
amplias, que el derecho a comunicar se
transforma en un privilegio graciable y sujeto
a mil posibles arbitrariedades con el que
juega la Administración para recompensar,
castigar, regular, modular y, en definitiva,
someter el comportamiento de las personas
presas.
Naturalmente, las consecuencias de estas
posibilidades limitadas de contacto y comunicación
las padece en primer lugar el preso,
pero también su familia ya que, por ejemplo,
tan insuficiente y escaso resulta para el preso
como para su pareja tener que limitar el
contacto sexual a una visita al mes, sometida
a un tiempo tasado y desarrollada en un medio
artificial, extraño y completamente despersonalizado.
Aunque en el artículo 12.1 de la LOGP se
señala que «se procurará» que «cada área
territorial» cuente con el número suficiente
de prisiones como para «satisfacer las necesidades
penitenciarias y evitar el desarraigo
social de los penados», lo cierto es que sólo
una pequeña parte de las personas presas se
encuentran cumpliendo condena cerca de su
domicilio, con las negativas consecuencias
que esto entraña, al debilitar el arraigo social,
entorpecer la comunicación con el exterior
y la vinculación familiar, y por tanto dificultar
la reinserción posterior. Cumplir
condena lejos del domicilio familiar supone
gastos considerables para la familia (viaje,
alojamiento, alimentación) que se añaden a
la pérdida de ingresos que normalmente ha
experimentado el grupo familiar con el ingreso
en la cárcel de uno de sus miembros. Esto
se traduce en una reducción del número de
visitas y contactos.
Igualmente, la labor de mediación y enlace
con la red relacional que se debería hacer
desde el servicio de trabajo social penitenciario
se hace mucho más difícil por no decir
imposible. Los permisos a los que se tiene
derecho, muchas veces no pueden disfrutarse
por no tener medios para desplazarse o
lugar en donde alojarse. Lo mismo cabe decir
de la posibilidad de conseguir un empleo
cuando se está en tercer grado. Naturalmente,
todos estos inconvenientes inciden particularmente
entre aquellos reclusos que provienen
de medios sociales con menos
recursos. Con lo que se añade exclusión a los
más excluidos.
Así pues, la cárcel no sólo reduce el capital
económico, la cualificación laboral y la salud
física, sino que corta y debilita las relaciones
sociales, de parentesco y amistad del preso.
Con frecuencia este capital relacional constituye
el recurso más importante, cuando no el
único, de que dispone la persona encarcela-
ESTUDIOS
110 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
da, y su desaparición dificulta al máximo la
integración social a la salida de la cárcel:
La prisión constituye una vida artificial,
una `vida fuera de la vida social¿. El hecho
de someter a un individuo a una segregación
prolongada tiene necesariamente sobre
él un efecto despersonalizador y desocializante.
No habría que olvidar que esta
exclusión es temporal. Pero sea cual
sea su duración, el encarcelamiento crea
un agujero en la historia social. Es frecuente
que las personas liberadas no reencuentren
intactas sus familias, sus parejas,
su medio ambiente, su trabajo. Los
antecedentes penales representan siempre
un obstáculo para encontrar un empleo
o un alojamiento, incluso aunque la
pena haya sido purgada. La prisión estigmatiza,
tanto más cuanto que las poblaciones
afectadas son excluidas socialmente
o vivían ya en la marginalidad antes de
su encarcelamiento
(Rostaing, 1996:361)
4. LA SALIDA DE LA CÁRCEL: LA
EXCLUSIÓN INTENSIFICADA
Según Manzanos, a la salida de la cárcel
son tres las necesidades más básicas y urgentes
a cubrir: a) tener alguien que te espere;
-
disponer de una vivienda o lugar en el
que residir, y c) contar con un trabajo que te
permita ganarte la vida.
Frente a estas tres demandas esenciales y
según los datos que él maneja, el resultado
obtenido al final del encarcelamiento es el siguiente:
¿ el 80% de los presos salen desempleados,
es decir, no han podido obtener o
conservar un trabajo durante su estancia
en prisión;
¿ aunque la mayoría tiene a alguien que
aguarda su salida, hay casi un 12%
que no tiene a nadie esperándoles;
¿ finalmente, un 10% de las personas excarceladas
se encontrará literalmente
sin domicilio.
El núcleo más abandonado y vulnerable lo
constituirá el 3% de personas presas que se
encuentran en estado de total abandono, ya
que al salir de la cárcel no tienen ni trabajo, ni
relaciones afectivas, ni domicilio al que dirigirse.
Por lo demás, tampoco esto es original y
privativo de nuestro país; en Francia, el 60%
de las personas que salen de la cárcel carecen
de empleo, el 12% no cuenta con una vivienda
y a casi una tercera parte no los espera nadie
(Wacquant, 2000:150). La cárcel, lejos de reducir
la exclusión, normalmente la habrá intensificado;
no sólo no se habrán cubierto los
agujeros que había en sus vidas sino que, por
lo general, se habrán profundizado.
Por eso, no es raro que, cuando se les pregunta
a los familiares de los presos, qué creen
que necesitaría la persona en prisión para conseguir
una reinserción social efectiva (ver tabla
sig.), aparezca en primer lugar el empleo,
seguido del apoyo de la familia, y del abandono
de la droga. Igualmente, cambiar de amigos,
y contar con ayuda profesional parecen
importantes, a bastante distancia del hecho
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
111 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
simple de disponer de dinero. Evidentemente,
en la óptica de quien vive el problema de cerca,
la prevención del delito pasa por mejorar las
condiciones sociales, económicas y laborales
de las personas que delinquen y no tanto por
aumentar las medidas de control policial.
En el mismo sentido, los datos de la encuesta
Barañí a mujeres gitanas muestran que el
principal deseo que expresaban para cuando
llegara el momento de salir de la cárcel era
trabajar y volver con la familia
(63%), y en
cuanto a las demandas prioritarias, se concretaban
en trabajo (32%), formación (14%) y vivienda
(10%); tres aspectos que remiten al deseo
de superar la situación de marginalidad y
exclusión laboral, educativa y residencial.
5. CONCLUSIÓN
Desde nuestra perspectiva, la exclusión y
la desigualdad están en el origen de la criminalidad,
al ser la expresión más inequívoca
de la quiebra de los vínculos de solidaridad,
intercambio y reciprocidad. Los recortes en
política social hacen aún más difíciles las
condiciones de vida de los grupos más empobrecidos.
Por ello, las clases populares acaban
siendo las más afectadas por el delito (ya
sea como víctimas o como autores detectados
y penados) con lo que añaden una desventaja
más a las que ya de por sí padecen.
La cárcel, como destino de los miserables y
fábrica de miseria ella misma, corre el riesgo
de convertirse a comienzos del tercer milenio
en una escoba destinada a barrer y hacer desaparecer
¿invisibilizándola¿, la precariedad
y la pobreza de los más excluidos:
la institución penitenciaria no se conforma
con recoger y amontonar a los (sub)
proletarios tenidos por inútiles, indeseables
o peligrosos, y ocultar así la miseria y
neutralizar sus efectos más desestabilizadores;
con demasiada frecuencia se olvida
que ella misma contribuye activamente a
extender y perennizar la inseguridad y el
desamparo sociales que la alimentan y le
sirven de aval. Institución total concebida
para los pobres, medio criminógeno y desculturante
modelado por el imperativo (y
el fantasma) de la seguridad, la cárcel no
puede sino empobrecer a quienes le son
confiados y a sus allegados al despojarlos
un poco más de los magros recursos con
que cuentan cuando ingresan en ella, suprimir
bajo la etiqueta infamante de `preso¿
todos los estatus susceptibles de otorgarles
una identidad social reconocida
(como hijos, maridos, padres, asalariados o
desocupados, enfermos, marselleses o madrileños,
etc.) y sumergirlos en la espiral
irresistible de la pauperización penal, cara
oculta de la `política social¿ del Estado hacia
los más desfavorecidos, naturalizada a
continuación por el discurso inagotable sobre
la ¿reincidencia¿ y la necesidad de endurecer
los regímenes de detención (con el
tema obsesivo de las `cárceles de tres estrellas¿)
hasta que por fin se demuestren
disuasivos
(Wacquant, 2000:148-149).
Ante este panorama, se vuelve más urgente
que nunca diseñar alternativas a la cárcel
que sirvan para reducir el impacto de la tendencia
creciente a custodiar, encerrar y aislar
que implican las sentencias de cárcel, y
abran el abanico de posibilidades sancionadoras
más allá de las penas de prisión que
actualmente tienden a monopolizar el castigo.
Bien es verdad, que la implantación de
estas alternativas no siempre se ha traducido
en una verdadera alternativa, sino que
por la carga de estigma y la limitación de derechos
que encierran, en ocasiones han pasado
a ser un mero complemento, cuando no
una ampliación modificada del mismo archipiélago
carcelario, al que se suponía que debían
sustituir.
En todo caso, aunque no sean la panacea,
pueden reclamarse sobre todo aquellas alternativas
a la prisión que favorezcan más la
descarcelación y reduzcan el uso excesivo de
la prisión preventiva, estén más lejos de los
aspectos punitivos y más centradas en la re-
ESTUDIOS
112 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
solución de conflictos, como ocurre, por ejemplo,
con la mediación. Esto significa abogar
por una justicia más reparadora o restauradora,
expresada en prácticas de mediación,
trabajo comunitario, apoyo familiar, programas
de trabajo social con jóvenes, de ayuda a
las víctimas, desarrollo de actividades educativas
encaminadas a aumentar la empleabilidad,
y programas de salud comunitaria que
reduzcan la marginación y mejoren la accesibilidad
a los servicios, de toxicómanos enfermos
y otros colectivos específicos. Todo esto
además es lógico, si tenemos en cuenta que,
como defiende Torrente (2001:185), «en realidad
los tribunales están mal preparados para
procesar disputas» y conflictos; más bien
los tribunales (y en particular los penales)
hay que entenderlos en términos de reafirmación
del orden social y legal, como definidores
de doctrina legal, y como administradores
de los recursos punitivos
de la sociedad.
Entregar a los tribunales el monopolio de la
gestión del conflicto social que se expresa en
el delito y todo lo que éste entraña y desencadena
es un error y una irresponsabilidad inaceptable
a comienzos del siglo XXI.
Igualmente es plausible pedir el establecimiento
de un límite, de un número máximo
de personas que nuestra sociedad está dispuesta
a encarcelar, bien sea mediante el establecimiento
de un numerus clausus, o a través
de una moratoria en la construcción de
cárceles (Larrauri, 1991:214). Sería deseable
poder hacer la justicia más accesible a las
propias víctimas, aumentando su participación
en todo el proceso. Conseguir implicar a
un número mayor de profesionales de diversas
especialidades, educadores, monitores de
tiempo libre, trabajadores sociales, que, actuando
en red con el conjunto de los servicios
sociales y no encapsulados al interior del sistema
carcelario, puedan implicarse mucho
más en los objetivos de la reinserción. Todo
ello con vistas a lograr una mayor diversificación
de la respuesta penal (Manzanos,
1991: 242), un reducción de la capacidad de
estigmatización del sistema penal (Torrente,
2001:217), y una mayor implicación del resto
de la sociedad en la resolución de los conflictos
que subyacen al delito, evitando que crezcan
el miedo y las reacciones defensivas y
autoritarias entre la ciudadanía (Smith y
Stewart, 1996).
Con una política semejante quizás se consiguiera
que, tal y como sugiere C. Manzanos,
(1991: 242 y ss) más que hablar de la
reinserción del preso, pudiéramos empezar a
hablar de la necesidad de reinsertar en la sociedad
a la misma estructura penitenciaria,
que actualmente está toda ella encapsulada
en sí misma y segregada del resto de la sociedad,
para lo cual sería necesario alterar radicalmente
su diseño y funcionamiento.
El hecho es que, hoy por hoy, el discurso
oficial en torno a la reinserción opera sobre
la base de ensalzar las virtudes del tratamiento
penitenciario (valoración criminológica
a cargo de equipos multiprofesionales, clasificación,
plan de actividades, progresión y/o
regresión de grado), y busca, mediante técnicas
más o menos sofisticadas de modificación
de conducta, corregir o reorganizar aquellos
aspectos de la personalidad del recluso que
se supone están en la base de su comportamiento
desviado o criminógeno. A pesar de
todo, la causa que origina la mayor parte de
los delitos que acaban purgándose en la cárcel
no se encuentra en ninguna alteración de
la personalidad que deba ser reformada, sino
en la marginación social de origen que padecen
los propios presos y sus familias, y más
bien serían estas condiciones sociales de partida
las que habría que modificar y transformar
de raíz. Pero, claro está, en este nivel,
nada puede pretender hacer la Administración
penitenciaria actual. Esto explica que,
en la práctica, el tratamiento penitenciario y
la reinserción social, que deberían ser el objetivo
principal a perseguir, se conviertan de
hecho en simples medios, y terminen por ser
usados como instrumentos al servicio del
único objetivo al que se puede aspirar de forma
realista
: el mantenimiento del orden, la
seguridad y la disciplina dentro de la cárcel.
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
113 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
Un dato que muestra el carácter secundario
de los objetivos sociales frente a los de seguridad
es el que se refiere a la evidente desproporción
entre el personal con funciones de
vigilancia y el que se ocupa de la resocialización.
Para el País Vasco, las cifras que aporta
César Manzanos (1991:425) son las siguientes:
vigilancia (69,8%), asistencia
(11,6%), administrativo (14,9%) y mantenimiento
(3,6%). Si descontamos el personal
sanitario que se incluye en ese 11,6% tenemos
que únicamente un 7,9% del personal se
dedica específicamente a tareas de tratamiento
y resocialización. Y con datos globales,
extraídos del Informe General 1998 elaborado
por la DGIP y publicado el año
pasado, nos encontramos con que el personal
que se ocupa de labores de retención y custodia
representa el 79%, mientras que los destinados
a reeducación y reinserción apenas
son el 9%. Con el agravante de que la situación
de este personal es cada vez más precaria,
encontrándose una buena parte de los
educadores, trabajadores sociales y psicólogos,
trabajando como contratados, mientras
que la posición más estable de funcionario se
reserva para las labores de vigilancia.
Este énfasis en la seguridad convierte la
reinserción en una pura cuestión de marketing,
una especie de «ideal» que es sistemáticamente
negado por la propia práctica de la
institución penitenciaria: no se cuenta con
medios, ni con personal, a los funcionarios
casi no se les ofrece formación, y prácticamente
no mantienen ninguna relación de intercambio
con los que, viniendo «desde fuera
», entran en las cárceles como miembros
y/o profesionales pertenecientes a asociaciones
y ONGs, para actuar en programas de
reinserción social en favor de las personas
presas. Desde tales planteamientos, la cárcel,
mecanismo excluyente por excelencia, a
la que afluyen los grupos más excluidos y
marginales de nuestra sociedad, lejos de reducir
la exclusión social, no hace sino colaborar
activamente a consolidarla, intensificarla
y reproducirla día tras día.
ESTUDIOS
114 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LAS
CÁRCELES CLASIFICADOS POR OBJETIVOS
ANEXO
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
115 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
POBLACIÓN RECLUSA TOTAL
POR GRUPOS DE EDAD
(Penados y preventivos)
ESTUDIOS
116 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
PEDRO JOS¿ CABRERA CABRERA
117 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 35
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