Capítulos: escritura pactándose por unos cónyuges en régimen de gananciales la separación de bienes

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aEnero 2022



Contenido
  • 1 Nota previa
    • 1.1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de Escritura
  • 3 Comentario
    • 3.1 Capítulos en general
  • 4 Contenido de las Capitulaciones
    • 4.1 Causas de liquidación
    • 4.2 Inventario y liquidación
    • 4.3 Disposición en la fase previa a la liquidación
    • 4.4 Otros temas tratados por la DGRN
    • 4.5 Supuesto de que haya un elemento transfronterizo
    • 4.6 Acreditación del régimen de consortes extranjeros
    • 4.7 Registro Civil
  • 5 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 6 Legislación citada
Nota previa

Como dice la Resolución de la DGRN de 30 de noviembre de 2016, [j 1] la disolución de la sociedad de gananciales puede decretarse bien judicialmente (divorcio, nulidad, separación) o bien por acuerdo de los cónyuges (capitulaciones matrimoniales o divorcio o separación de mutuo acuerdo).

Los supuestos pueden ser

1.- Liquidación por pactar otro régimen.

2.- Liquidación en caso de separación o divorcio o nulidad matrimonial.

3.- Liquidación al fallecimiento de uno de los cónyuges.

4.- Disolución judicial instada por un cónyuge en los supuestos del art. 1393 CC.

En el primer supuesto:

Además de la liquidación propiamente dicha, con sus correspondientes adjudicaciones, procederá pactar el nuevo régimen matrimonial; como supuestos más normales nos encontramos con el régimen de separación y el de participación.

En el segundo supuesto, la liquidación puede estar en el propio convenio, que puede ser notarial o judicial, y en este caso ser homologada la liquidación convenida por los cónyuges, o estableciendo dicha liquidación judicialmente a falta de acuerdo.

En el tercer caso, la liquidación corresponde al cónyuge sobreviviente junto con los herederos del causante, con respeto a las legítimas y al conflicto de intereses entre el cónyuge sobreviviente y los hijos menores de edad, que incluso para determinar qué bienes son gananciales, lo créditos contra o a favor de la masa ganancial, etc. no pueden ser representados por el cónyuge sobreviviente progenitor de dichos menores, exigiéndose en este caso la figura del defensor judicial.

Para los distintos supuestos ha formularios específicos:

a) Modificación del régimen económico matrimonial:

Puede verse:

b) Convenio de separación, divorcio, nulidad:

Puede verse: Convenio regulador de separación de acuerdo con el Código Civil español..

c) Liquidación al fallecimiento:

Pueden ser varias las situaciones: sucesión testada, intestada, presencia de menores, etc. Como formularios posibles se citan los siguientes:

Se propone a continuación un modelo de liquidación que deberá acomodarse al supuesto de que se trate.


Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo de Escritura

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

Supuesto 1.- Liquidación con la concurrencia de ambos cónyuges: modificación del régimen o separación o divorcio.

Los cónyuges, casados en régimen legal de gananciales (o el que esté vigente), DON * Y DOÑA *, mayores de edad, vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF * y *, respectivamente, vigentes.

Me acreditan ser de vecindad civil común (en su caso, expresa la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

Supuesto 2.- El cónyuge sobreviviente y el o los herederos del consorte premuerto.

En todo caso:

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de (se indicará) y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de (se indicará) y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de (se indicará) y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:

Primer supuesto: (modificación del régimen)

I.- Que Don * y Doña * contrajeron matrimonio en * el día *, constando inscrito su matrimonio el Registro Civil de * a Tomo *, página *, sección * y en contemplación al mismo otorgan estas Capitulaciones matrimoniales.

II.- Que están sujetos al régimen económico de gananciales del derecho común y son de vecindad civil *.

III.- Que los bienes de la sociedad conyugal son los siguientes:

(DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES, con sus valoraciones y títulos, referencia catastral, gastos de comunidad en su caso, créditos contra la masa ganancial, cargas, etc.).

INDICACIÓN SOBRE LA PRESENTACIÓN TELEMÀTICA (art. 249.2 del Reglamento Notarial): (indicad si se solicita o no la presentación telemática, si el presentante es el Notario, el interesado o un gestor, etc.).

IV.- Expuesto cuanto antecede, OTORGAN:

A.- Que los comparecientes MODIFICAN su régimen de bienes matrimonial, pactando para lo sucesivo un RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES y, por tanto, cada cónyuge tendrá la libre disposición y administración de sus bienes, cualquiera que sea el título adquisitivo de los mismos, sin perjuicio de la obligación de contribuir a los gastos de la familia en proporción a sus respectivos ingresos.

B.- Procede, por tanto, liquidar la sociedad conyugal, de acuerdo con las siguientes ADJUDICACIONES:

a).- a Don *, POR SU HABER EN LA SOCIEDAD CONYUGAL SE LE ADJUDICAN LOS SIGUIENTES BIENES:

- *, *.

Total valor: **Euros.

b).- a Don *, POR SU HABER EN LA SOCIEDAD CONYUGAL SE LE ADJUDICAN LOS SIGUIENTES BIENES:

- *, *.

Ambos cónyuges se consideran pagados con sus respectivas adjudicaciones, sin nada que reclamarse.

REQUERIMIENTO: Los comparecientes me requieren a mí, el Notario, para que remita la pertinente copia al Registro Civil a los efectos de la inscripción del régimen económico convenido, dejando nota en la matriz de haberse practicado la Diligencia y de los datos del Registro Civil.

(Común a todo supuesto)

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES: Declara la parte titular de la finca que está al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles de la finca objeto de esta escritura, y en especial el correspondiente a los últimos cuatro años. Yo, el Notario, de conformidad con el art. 64 del Dto. 2/2004 de 5 de marzo, he informado de la afección del inmueble transmitido al pago de la totalidad de la cuota tributaria en los términos legales. (Cuando ello sea posible, podrá el notario hacer constar, hecha la pertinente consulta, si resultan o no deudas pendientes referidas al impuesto de bienes inmuebles que afecta a la finca objeto de la escritura.)

ADVERTENCIA: Advierto a los otorgantes que la modificación de su régimen matrimonial ahora convenida no perjudicarán, en ningún caso, los derechos ya adquiridos por terceros (a pesar de que el Tribunal Supremo en Sentencia de 20 de mayo de 2008 suprime el último párrafo del art. 159 del Reglamento Notarial, entiendo que nada impide esta advertencia, como una más de las que el Notario está obligado y puede indicar).

REQUERIMIENTO: Los comparecientes me requieren a mí, el Notario, para que remita la pertinente copia al Registro Civil a los efectos de la inscripción del régimen económico convenido, dejando nota en la matriz de haberse practicado la Diligencia y de los datos del Registro Civil.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN

Se han hecho las reservas y advertencias legales; en especial, advierto de la necesaria mención en la inscripción de matrimonio en el Registro Civil del otorgamiento de esta capitulaciones, para que surtan efectos frente a terceros; y a efectos fiscales he advertido a los comparecientes de la obligación de presentación de la documentación a liquidar dentro de plazo y de las obligaciones y responsabilidades tributarias que les incumben en su aspecto material, formal y sancionador, y de las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas...

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