Capítulo XXVIII. Aclaraciones y propuestas para la ordenación de las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias (PPPNT) por prestación de servicios esenciales concesionados en el ámbito local
| Páginas | 867-899 |
| Autor | Carolina Blasco Delgado |
CAPÍTULO XXVIII.
ACLARACIONES Y PROPUESTAS PARA LA
ORDENACIÓN DE LAS PRESTACIONES
PATRIMONIALES PÚBLICAS NO TRIBUTARIAS
(PPPNT) POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
ESENCIALES CONCESIONADOS EN EL ÁMBITO
LOCAL
ACLARACIONES Y PROPUESTAS PARA LA ORDENACIÓN DE LAS PRESTACIONES...
C B D
Catedrática de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Burgos
SUMARIO: I. LA INTRODUCCIÓN DE LAS PPPNT EN EL ORDENAMIENTO JURÍ-
DICO: RAZONES Y CONSECUENCIAS; II. PROPUESTAS PARA LA ORDENACIÓN
DE LAS PPPNT EN SERVICIOS ESENCIALES CONCESIONADOS EN EL ÁMBITO
LOCAL; 1. Consideraciones previas: delimitación conceptual y desvinculación de la
tasa y la tarifa en la jurisprudencia; 1.1. Fórmulas concesionales para la gestión de ser-
vicios públicos locales; 1.2. La concesión en la gestión indirecta sin contraprestaciones
por los usuarios. 1.3. El carácter propio de las PPPTN: consultas previas e informes
técnico-económicos. 2. La tramitación de la ordenanza de las PPPNT concesionales; 3.
La cuantificación de las PPPNT en servicios esenciales locales; III. REFLEXIONES EN
TORNO A LAS PPPNT POR SERVICIOS ESENCIALES CONCESIONADOS EN EL
ÁMBITO LOCAL; BIBLIOGRAFÍA.
I. LA INTRODUCCIÓN DE LAS PPPNT EN EL ORDENAMIENTO
JURÍDICO: RAZONES Y CONSECUENCIAS
El objetivo principal de este trabajo es ofrecer pautas que ayuden a
vencer la inseguridad jurídica en la que se encuentran las Entidades lo-
cales cuando afrontan la obligación de regular mediante ordenanza las
prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias (PPPNT)
que los usuarios de servicios esenciales de competencia municipal deben
satisfacer directamente a las entidades de derecho privado que colaboran
en su gestión.
Carolina Blasco Delgado
868
Las dudas e incertidumbres tienen su origen inmediato en la modifica-
ción que se introdujo con cierta precipitación en la tramitación de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014 (LCSP) que aclara en su disposición adicional cuadragésima tercera la
naturaleza jurídica de las contraprestaciones económicas por la explotación
de obras públicas o la prestación de servicios públicos en régimen de Dere-
cho privado. En este sentido, dispone que “[l]as contraprestaciones económicas
establecidas coactivamente que se perciban por la explotación de obras públicas o la
prestación de servicios públicos, de forma directa mediante personificación privada
o gestión indirecta, tendrán la condición de prestaciones patrimoniales de carácter
público no tributario conforme a lo previsto en el artículo 31.3 de la Constitución”.
Este precepto impactó de forma relevante en el ámbito objetivo de las
tasas, pues su efecto inmediato fue extraer parte de los supuestos que con-
formaban hasta entonces su hecho imponible; en concreto, todos aquellos
en los que el servicio prestado o actividad realizada era coactiva y su gestión
se realizaba en concurso con el sector privado.
A pesar de la trascendencia del cambio no fue una reforma muy pensada,
ya que las PPPNT se incorporaron en la tramitación de la reforma de la ac-
tual LCSP, concretamente en el trámite de enmiendas en el Congreso de los
Diputados, a través de una presentada por el Grupo Parlamentario Mixto en
el Congreso de los Diputados1 justificando su propuesta en un doble sen-
tido:“[d]e consolidarse la tesis que sostiene que los ingresos de las empresas gestoras
de servicios públicos únicamente puedan ser tasas, se pone en grave riesgo el modelo
de gestión privada de este tipo de servicios (por gestión privada se ha de entender no
solo la gestión por empresarios sino la gestión por medio de entidades públicas sujetas
al derecho privado), que tiene una larga tradición en nuestro país y que se considera
un ejemplo en todo el mundo. La atribución de naturaleza tributaria a la totalidad
de los ingresos obtenidos con ocasión de la gestión de los servicios públicos puede com-
prometer seriamente la estabilidad presupuestaria, al resultar necesario internalizar
en los presupuestos de las Administraciones Públicas no solo los ingresos sino también
los gastos asociados a la prestación de dichos servicios, incluidos aquellos deficitarios,
así como el endeudamiento asociado, con la incidencia que ello puede tener para el
cumplimiento de los objetivos de endeudamiento y déficit público”.
1 Enmienda 928 presentada por el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso de los
Diputados, Proyecto de Ley, Boletín O cial de las Cortes Generales, Congreso de los Dipu-
tados, XII Legislatura, 16 de mayo de 2017, núm. 2-2, p. 723.
ACLARACIONES Y PROPUESTAS PARA LA ORDENACIÓN DE LAS PRESTACIONES...
869
La realidad es que la tensión entre tasa y tarifa había tenido una larga
tradición en nuestro derecho que había incrementado desde la supresión
de la letra a) del apartado 2, del artículo 2 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria (LGT) a través de la disposición final quin-
cuagésima octava de Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible,
en la que se quiso dejar claro que la consideración de tasa no dependía de
la forma de gestión del servicio que retribuía; en definitiva, un paso más en
dirección a la tarifa que en ese momento no llegó a tener consecuencias
definitivas pero que se clarificó años después de manera contundente en
la reforma de la LCSP.
Ahora bien, el carácter no tributario de las PPPNT no significa que esta
materia quede al margen del estudio de las normas que disciplinan la acti-
vidad financiera de los entes públicos, sino que, más que nunca, es preciso
la colaboración y la complementariedad del ordenamiento jurídico público
para ofrecer una regulación adecuada a la relevancia de la materia, en defi-
nitiva: costes, financiación y control de los servicios esenciales.
En este contexto de cambio, influyeron de forma decisiva los principios
de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, ya que acabaron
siendo la disculpa para introducir formas de gestión más eficientes y la
colaboración con el sector privado parecía contribuir a este objetivo. La
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local (LRSAL), recordaba la necesidad de adaptar la
normativa local a estos principios lo que tenía una repercusión directa en
la reducción de la libertad para elegir la forma más sostenible y eficiente de
gestión, manifestando una clara preferencia por la indirecta, tal y como se
puso de manifiesto en el anteproyecto de la LRSAL en donde se planteaba
la evaluación de todos los servicios y la sustitución por fórmulas de gestión
indirecta cuando su prestación fuera inadecuada. Pues bien, aunque este
planteamiento no llegó a formar parte del texto definitivo, ayuda a enten-
der que desde hacía años el camino era claro y la sostenibilidad financiera
acabaría siendo el argumento para la reforma definitiva.
No obstante, todos estos cambios hay que analizarlos en un contexto
de evolución, en el que la forma de financiación de los servicios públicos
ha tenido que adaptarse a la modernización de la Administración y a las
nuevas técnicas organizativas de los servicios públicos, que han ido incorpo-
rando desde hace décadas al sector privado en su prestación con distintas
intensidades. Los servicios esenciales no están al margen de la colaboración
con el sector privado y no han sido inmunes a las exigencias liberalizadoras
derivadas del Derecho europeo.
Para continuar leyendo
Comienza GratisDesbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.