Capítulo IV

AutorCarlos Elbert
Páginas121-166
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CAPÍTULO IV
1).- La inuencia de la criminología en el Reich alemán, la
“Escuela sociológica” y la IKV.
2).- Liszt y su concepción de la política criminal. El progra-
ma de Marburg y la “Escuela sociológica”.
3).- Liszt y la dogmática penal: partidarios y adversarios. El
litigio de Escuelas.
4).- La reforma del derecho penal.
1).- La inuencia de la criminología en el Reich
alemán, la “Escuela sociológica” y la IKV
Viktor Liebscher describe en pocos trazos el “espíritu
de época” vigente al momento en que Liszt inicia su carre-
ra en Alemania, señalando que se trató de una etapa de
quiebre notorio y creciente en la ciencia penal, que había
permanecido como un dominio de especulación losóca y
de tratamiento exclusivamente jurídico, y resulta alterado
por la irrupción de las ciencias naturales, de la mano de
la corriente positivista italiana180. Por cierto, el gran avance
de las ciencias naturales se apoyaba en el éxito previo (y
arrollador) de las teorías darwinianas, cuyas posibilidades
180- Liebscher,V.,obracitada,Pág.625.
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explicativas inundaron las nacientes ciencias humanas y
sociales.
En general, este marco referencial de las ideas de la épo-
ca está ya fuera de discusión, y el derecho penal tampoco
pudo escapar indemne al inujo de la investigación empí-
rica y aplicada de nes del siglo XIX181, en el que tomaron
la delantera la medicina, la psiquiatría y la antropología,
reunidas todas de modo confuso en la naciente criminolo-
gía, que ejercerá una inuencia importante en la evolución
de las concepciones político - criminales, debatidas desde el
campo de su práctica y efectos en el mundo real, avanzando
más allá de los textos teóricos y la jurisprudencia. Jescheck
corrobora tal estadio cultural con estas palabras:
“los 25 años de la IKV previos a la primera guerra mun-
dial estuvieron caracterizados por el gran cambio de la teoría
penal de un Feuerbach, Joseph de Maistre, Pellegrino Ros-
si, Carrara, hacia el nuevo pensamiento determinado por las
ciencias naturales, que habituamos denominar con el concep-
to de “positivismo”. Muchas corrientes del espíritu europeo se
unieron en la IKV bajo tal denominación, dándole la fuerza y
la riqueza de ideas para la transformación de las estructuras
anticuadas del derecho penal y para la construcción de una
nueva política criminal racional, basada en las ciencias hu-
manas y sociales. Basta con aludir a los tres co-fundadores
de la IKV ya mencionados, o en el terceto italiano de Lombro-
so, Ferri y Garófalo, o en los franceses Emile GarÇon y René
Garraud, que participaron activamente en la IKV ”182.
Para cuando Liszt se estableció en Alemania, las nuevas
ideas antropológico – sociales no eran para él una novedad
perturbadora (como lo fueron para el derecho penal “clá-
sico” o la vieja guardia de la estricta dogmática), sino algo
así como un ambiente racionalista propicio para asentar
181- Confr.Werle/Vormbaum,obracitada,Pág.109.
182- Jescheck.:“DerEinussderIKVundderAIDP...,obracitada,Págs.342/343.
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las ideas teóricas adquiridas durante su formación jurídica
en Austria. En el análisis biográco de Radbruch sobre su
maestro puede encontrarse una lúcida descripción de los
educadores que predispusieron el espíritu de Liszt, para dar
cabida a las nuevas ideas, dentro de ciertos marcos de refe-
rencia; así, señala que, junto a Ihering, Lorenz y Wahlberg
(algunos de los más citados maestros de Liszt), la inuencia
del procesalista Glaser, “un racionalista ecléctico, consa-
grado también a una cierta disposición humanista - li-
beral de la Ilustración”, quien fue el maestro al que Liszt
dedicó su primer libro, y del que habría recibido la inuen-
cia mayor y el interés por la historia jurídica, que conrma-
ría a través de los capítulos históricos de su manual. Y por
su parte, —señala Radbruch— Wahlberg era partidario de
ubicar las ciencias jurídicas dentro del plexo de las cien-
cias sociales, y de él tomaría su discípulo (lo admite en el
“Programa de Marburg”) las ideas de la individualización
de la pena, clasicando a los delincuentes en ocasionales
y habituales. Finalmente, de Ihering habría recibido Liszt la
concepción del “racionalismo nalista”, como concepción
de mundo y sistema metódico183.
Es decir que la criminología de nes de siglo XIX —una
nueva presunta ciencia, cuya denominación denitiva es
datada arbitrariamente en 1885184— ganaba terreno en casi
todos los países de Europa, y también en Sudamérica, en la
cual la Argentina fue su principal país receptor y difusor185.
Como es sabido, El positivismo fue una postura losóca
agnóstica que tuvo enorme inuencia en el campo cientíco,
merced a la consagración del método experimental. Esta
183- Radbruch,Biographische Schrien,Tomo16,obra citada,Págs.32y33 (resaltado
nuestro).
184- AparrdelaobradeRafaelleGarófaloconesetulo.Reeditadaencastellanoenla
colecciónMemoriaCriminológica2,EditorialB.deF.BuenosAires,Montevideo,
2005,conanálisispreliminardeCarlosElbert.
185- Ve r.Elbert,C.,ManualBásicodeCriminología,obracitada,capítulo4.

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