¿Quién tiene capacidad para ser tutor?¿Existen causas que impidan el ejercicio de este cargo?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

No hay una regla general sobre la capacidad para ser tutor. En principio puede serlo cualquier persona que tenga una capacidad de obrar plena, todo aquél, se dice, que se encuentre en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. Por tanto, los mayores de edad si se trata de personas físicas, porque también puede serlo una persona jurídica que no tenga finalidad lucrativa y entre cuyos objetivos figure la protección de menores e incapacitados. También pueden ser tutores dos personas conjuntamente, en este caso es posible distribuir entre ellos las funciones personales de las patrimoniales, uno se encargará de la persona y el otro de los bienes.

Sin embargo, existen una serie de restricciones o prohibiciones para ser tutor que se fundan en motivos diversos desde la inmoralidad hasta la desconfianza. En este sentido, no podrán ser tutores:

— Aquellos que hayan sido privados o suspendidos de la patria potestad total o parcialmente por resolución judicial.

— Los que hayan sido cesados de una tutela anterior.

— Los condenados por cualquier delito que haga suponer que no desempeñarán bien la tutela.

— Las personas de mala conducta o que no tenga manera de vivir conocida.

— Los que tengan enemistad manifiesta con el menor o con el incapacitado.

— Aquellos que tengan importantes conflictos de intereses con el menor o incapacitado, mantengan con él algún pleito sobre la titularidad de sus bienes o le adeudaren sumas de...

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