Capacidad, filiación, matrimonio y menores

AutorFederic Adan Domènech
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal de la Universidad Rovira i Virgili

Existen unos procesos especiales, como los de personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores, que comportan la existencia de un régimen distinto del general por su objeto. Estos procesos se regulan en los arts. 748 a 755 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) .

Estos procesos son los siguientes:

  • Procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores
  • Procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores.
  • División judicial de patrimonios.
Contenido
  • 1 Procesos sobre sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores
  • 2 Jurisprudencia destacada
  • 3 Ver también
  • 4 Recursos adicionales
    • 4.1 En formularios
    • 4.2 En doctrina
    • 4.3 En dosieres legislativos
  • 5 Legislación básica
  • 6 Jurisprudencia citada
Procesos sobre sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores

Respecto de estos procedimientos y junto con las especificidades propias de cada uno de ellos existen una serie de normas comunes siendo el elemento común a todas ellas, el que su razón de ser se encuentra en el hecho de existir siempre, en este tipo de procesos, un interés público que es necesario tutelar de forma adecuada, esencialmente en el de los menores e incapaces.

Las normas en cuestión se aplican en los siguientes procesos art. 748, LEC :

  • Los que versen sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad.
  • Los que versen sobre las medidas relativas a la restitución de menores en los supuestos de sustracción internacional.

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