Cantabria: la ordenación del litoral

AutorM. Gómez Puente
Páginas1019-1061
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Cantabria: la ordenación del litoral
MARCOS GÓMEZ PUENTE
SUMARIO: 1. VALORACIÓN GENERAL. 2. LA ACTIVIDAD NORMATIVA. A)
El contenido ambiental de las leyes presupuestarias y de medidas fiscales
y administrativas. B) La reordenación integral de la Bahía de Santander.
C) Política de aguas: el nuevo plan de abastecimiento y saneamiento. D)
Otras disposiciones legales y reglamentarias. 3. LA ORGANIZACIÓN
Y LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. 4. JURISPRUDENCIA
AMBIENTAL DESTACADA. A) El Plan de Ordenación del Litoral: la
STC 57/2015, de 18 de marzo. B) La demolición de edificaciones
noviembre. C) Otros pronunciamientos judiciales. 5. APÉNDICE
INFORMATIVO. A) Organización. B) Normativa de contenido o interés
ambiental. C) Instrumentos de planificación. D) Sentencias de interés
autonómico. E) Publicaciones de interés jurídico
1. VALORACIÓN GENERAL
Parece posible afirmar que en 2015 el litoral ha sido el recurso que
más atención ha reclamado de los ambientalistas. Ciertamente, el interés de
la opinión pública regional ha recalado más en otras cuestiones, aún
relacionadas con la crisis económica, la incertidumbre electoral o la nueva
configuración política del parlamento regional y las alianzas para formar
gobierno, tras las elecciones regionales y locales celebradas en la primera.
Pero en el orden ambiental son algunas noticias referidas a la ordenación
de litoral las que destacan entre las demás de las que debemos dar cuenta
en este informe.
En efecto, junto con el problema de la ejecución de las sentencias de
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2016
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derribo de edificaciones ilegales levantadas en el litoral, que sigue
coleando y pendiente de completarse, ahora con un pronunciamiento del
Tribunal Constitucional (Sentencia 254/2015, de 30 de noviembre) que ha
declarado inconstitucional la ley autonómica que permitía suspender la
ejecución de algunas sentencias, este año debemos dar cuenta de otro
pronunciamiento del mismo Órgano (Sentencia 57/2015, de 18 de marzo)
que ha resuelto el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Plan
de Ordenación del Litoral (POL), aprobado por la Ley de Cantabria
2/2004, de 27 de septiembre. Y de la aprobación, en ejecución de ésta y
casi tres lustros después de su entrada en vigor, del Plan Especial de la
Actuación Integral Estratégica de Reordenación de la Bahía de Santander
( Decreto 32/2015, de 14 de mayo). De ahí que parezca apropiado afirmar
que éste ha sido el año del litoral.
Por lo demás, este ha sido otro ejercicio de continuidad
administrativa, sin novedades importantes, ralentizada en parte la actividad
política y, por tanto, las iniciativas para la producción legislativa y
reglamentaria por el proceso electoral, por las limitaciones
presupuestarias derivadas de los objetivos de contención del gasto que
han condicionado también el desarrollo de otras iniciativas de fomento en
forma de inversiones o ayudas con finalidad ambiental y por la
renovación de cargos en el aparato institucional.
Veamos, pues, cuáles han sido los hitos de este ejercicio normativo y
administrativo, marcado, como se ha dicho, por los resultados de las
elecciones autonómicas de 2015, que han dado lugar a un escenario
parlamentario más repartido y a un cambio de color político y de estructura
departamental del Gobierno regional.
2. LA ACTIVIDAD NORMATIVA
A) EL CONTENIDO AMBIENTAL DE LAS LEYES DE
PRESUPUESTARIAS Y DE MEDIDAS FISCALES Y
ADMINISTRATIVAS
Debemos comenzar esta primera crónica del año 2015 dando cuenta
de las novedades con significación ambiental que dejó el final del ejercicio
anterior y entre las que, lógicamente, deben mencionarse las contenidas en
las leyes de presupuestos anuales y de acompañamiento aprobadas en el
ejercicio.
Desde el punto de vista normativo nada digno de mención se
contiene en la Ley 6/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
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Evolución presupuesto CIMA
(millones de eur
de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2015. Mas para el
estudio de la política ambiental también resulta relevante conocer, en fin, el
presupuesto que se destina a la misma, aunque, por el carácter transversal o
horizontal de aquélla (debiendo estar presente en las demás políticas
sectoriales), sea un indicador de relativo valor. Nos ceñiremos, por tanto, a
los datos presupuestarios de la Consejería competente en la materia,
atendiendo a lo dispuesto en la citada Ley. En el presupuesto para 2015,
pues, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Urbanismo tiene consignadas un conjunto de partidas por importe de
108,75 M€, que supone el 4,35 % del presupuesto total de la Comunidad
(2.500,03 M€), con el siguiente desglose:
Programa
Crédito 2014
Crédito 2015
451M
Dirección y Servicios Generales
7.508.181
7.193.117
452A
Gestión e Infraestructura hidráulica y de saneamiento
47.762.158
55.066.159
456A
Control y mejora de la calidad de las aguas
462.000
312.000
456B
Calidad ambiental
38.571.342
35.949.128
458A
Actuaciones en el ámbito local
5.029.838
6.327.883
261M
Ordenación del territorio
3.092.772
1.789.009
261N
Planeamiento urbanístico
1.390.539
1.148.299
Total (euros)
103.816.830
108.759.019
El presupuesto de la Consejería, por consiguiente, experimenta un
ligero incremento tanto en términos absolutos (son 4,94 M€ más los
presupuestados para 2015 frente a 2014) como relativos, pues la cantidad
presupuestada para 2015 supone el 4,35 % del presupuesto autonómico
(frente al 4,24 % del presupuesto anterior). Estas cifras son solo
orientativas, como se comprende, pues desde el punto de vista económico
lo que realmente importa no es el gasto presupuestado, sino el
efectivamente realizado.
De dicho incremento se
beneficia también este año el
presupuesto del CIMA (que pasa
de los 3,25 M€ presupuestados
para 2014 a 3,70 M€), que venía
experimentando una
pronunciada reducción en los
últimos años.
De las actuaciones materiales que concretan los objetivos de la
política ambiental puede obtenerse una imagen general examinando el
anexo de inversiones del presupuesto. Este año dicho anexo ha podido

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