Cancelación de concesión minera por acto administrativo. Cancelación por caducidad.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Para cancelar una concesión minera tiene que haber un acto administrativo que lo declare, pero tiene que haber sido citado el titular registral; existe la posibilidad de solicitar la cancelación por caducidad, pero tiene que constar en el propio asiento registral.

Hechos: Se solicita por instancia la cancelación de un derecho de concesión minera inscrito en el Registro de la Propiedad aportando un acto administrativo firme.

La registradora suspende la cancelación porque no se ha citado al titular registral.

El interesado recurre y alega que el titular registral nunca ha sido verdadero titular porque nunca se obtuvo la autorización para la transferencia a su favor de dicha concesión.

La DG desestima el recurso.

Doctrina: No basta el acto administrativo que declare la caducidad de una concesión...

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