Cancelación de anotación de embargo por el art. 210.1.8 LH

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: El cómputo del plazo de los 20 años del Art 210-1-8 LH, para cancelar por caducidad cargas preexistentes (incluidos embargos prorrogados antes LEC-2000) se inicia desde el último asiento practicado relativo a la carga a cancelar (incluida la propia prórroga de la anotación preventiva, a falta de nota marginal).

- Hechos: Constan 2 anotaciones preventivas de embargo, extendidas en 1992 y 1994, y prorrogadas judicialmente antes de la LEC-2000, pero sin que en ninguna conste nota marginal de expedición de certificación dominio y cargas.

Ahora se presenta instancia solicitando, ex art. 210-8ª-1 LH, la cancelación por caducidad de ambas anotaciones preventivas.

- La Registradora: deniega sendas cancelaciones porqué, al no constar nota marginal, no hay fecha para iniciar el cómputo del plazo de 20 años del art. 210-8ª-1 LH, debiendo entonces transcurrir el de 40 años del mismo precepto.

- El Abogado del presentante: recurre exponiendo que cuando el precepto habla de la fecha del "último asiento", debe entenderse como tal el propio asiento de anotación preventiva de embargo o el de su prórroga, como en este caso, ya que en ellos ya se refleja y se hace constar la reclamación de la obligación garantizada y a partir de ellos debe entenderse iniciado el cómputo del plazo de 20 años.

- Resolución: La DGSJFP estima el recurso y revoca la calificación.

- Doctrina: Siguiendo los criterios de la R. 15 junio 2020, y la reciente de R. 9 septiembre 2021, y repasando toda su doctrina anterior sobre la no caducidad de las anotaciones prorrogadas judicialmente antes de la LEC-2000 (Art 199-2 RH e Instrucción DGRN de 12 diciembre 2000), el plazo previsto en el art. 210-8ª-1 LH se cuenta desde el último asiento practicado en relación con el procedimiento en el que se reclama la deuda, en este caso, la nota marginal de expedición de certificación de cargas. (ACM)

* Véase la R.#335 de este mismo mes; Véase también el Informe oficina Registral de Octubre.

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