Cámara de Castilla (1588-1598)

AutorRicardo Gómez Rivero
Páginas125-194

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    Este trabajo se enmarca dentro del proyecto de investigación El Gobierno y sus órganos en la Monarquía de los Austrias PB97-0581.

En septiembre de 1582, estando el rey en Lisboa, será cesado el presidente del Consejo de Castilla Pazos 1. Mateo Vázquez, el secretario privado de Felipe II2, insinuará al conde de Barajas que el rey se había fijado en él para desempeñar tal alto cargo:

    «Días ha que va su magestad mirando en la provyon de la Presida del Consa Real, como tan importante, y que tanto va en acertarla, y es el cuidado tanto mayor, quanto lo es la necessidad, obliga a mirar mucho su magestad en escoger tal persona que en el nombre y en el effecto se entienda haver puesto los ojos en la que ha entendido es más a propósito» 3.

Francisco Zapata de Cisneros, primer conde de Barajas y amigo de Mateo Vázquez, había sido corregidor de Córdoba y asistente de Sevilla y en la actualidad compaginaba la presidencia del Consejo de Órdenes con las ocupaciones en Palacio de mayordomo mayor de las Infantas y de ayo del príncipe don Diego4.Page 126

Junto con este cambio en la presidencia de Castilla, Felipe II quería al propio tiempo reformar el método imperante hasta entonces en la provisión de empleos de justicia, que recaía primordialmente en el presidente del Consejo Real la propuesta o consulta al rey para esos empleos 5.

Ahora, se pretende que sea el presidente junto con los miembros de la Cámara quienes propongan a través de la consulta, de una parte, para las plazas vacantes del Consejo real, de las Audiencias y de los corregimientos y, de otra, para las presidencias de los Consejos de Indias, Órdenes y Hacienda. Además, las plazas de esos Consejos se consultarían por los presidentes y consejeros de los mismos, tal y como sucedía en los Consejos de Aragón e Italia 6. En efecto, para el funcionamiento de ambos Consejos se habían despachado tres años atrás sendas instrucciones, en las que se regulaban, entre otros aspectos, los nombramientos de sus consejeros7.

Para introducir estas reformas anteriores, Felipe II se había fijado en una persona -el conde de Barajas-, quien desde la presidencia colaboraría y no plantearía ningún problema:

    «Yo entiendo -decía Mateo Vázquez al conde de Barajas- que su magestad no está fuera de mirar en V.S. para la presida por parecerle que con nadie se podrá entablar esto también (...) y por esto me ha parescido para si succediere que es bien tenga V.S. entendido lo que Su magestad piensa ordenar y mandar quando la provea» 8.

Los cambios planteados de esta forma no se llevarán por el momento a la práctica: habrá que esperar algunos años.

El rey partió de Madrid el día 19 de enero de 1585 con destino a Zaragoza, ciudad a la que llegó el 24 de febrero y en donde iba a contraer matrimonio su hija Catalina con el duque de Saboya. Más tarde, se celebrarían en Monzón, Cortes de los reinos de la Corona de Aragón9. El conde dePage 127 Barajas, presidente del Consejo de Castilla y de la Cámara, se quedó en Madrid gestionando los asuntos de los reinos de la Corona de Castilla 10. En ese viaje que realizó Felipe II a la Corona de Aragón es cuando, en opinión de Millán, se gesta la reforma en el modo de proceder de la Cámara 11. Obviamente, por su ausencia y alejamiento, no se cuenta con el presidente del Consejo de Castilla.

Una vez terminadas las Cortes de Monzón, Felipe II se traslada a Valencia. A causa de su enfermedad, y parece ser que guiándose por las indicaciones del obispo de Canarias 12, decide crear una Junta de Palacio para que le aconseje en los asuntos de gobierno 13. Esta Junta de Palacio también se llamó Junta de Noche y perduró hasta el fallecimiento de Felipe II 14. Entre los miembros de esa Junta no figura el presidente del Consejo de Castilla. Es más, uno de ellos tendrá un papel decisivo en la elaboración de la orden sobre el funcionamiento de la Cámara de Castilla. Me refiero al conde de Chinchón que, como ha demostrado Martínez Millán, desempeñó una papel clave en la preparación de los borradores que dieron lugar a la orden de 6 de enero de 1588 15. Esta orden -además de disponer que el pre-Page 128sidente del Consejo Real lo fuera también de la Cámara y que tuviera voto en todos los asuntos que en ella se trataren- reguló las competencias y funcionamiento del Consejo de la Cámara 16. En cuanto a las competencias de este Consejo, se encargará de proponer los candidatos idóneos para ocupar, de un lado, las vacantes de oficios de justicia y, de otro, de prelacias y prebendas correspondientes al patronato real 17. En este trabajo me voy a ocupar básicamente de las consultas que diseña la Cámara para la provisión de los empleos de justicia.

La mecánica para la propuesta de estos cargos es como sigue. En los días señalados se reúnen los dos camaristas con el presidente para discutir, votar y proponer a los candidatos que han de ocupar las plazas vacantes de jueces y magistrados. El secretario Juan Vázquez de Salazar redacta la consulta, en la que se refleja el resultado de la votación, y la somete a la rúbrica o señal de los votantes. Más tarde, el presidente remite la consulta al rey, a través de Mateo Vázquez. La resolución real es anotada por Mateo Vázquez al margen de la consulta. Una vez resuelta se envía al presidente, quien se encarga de avisar a los designados. Esto es lo que respecto de la consulta expresa la instrucción de 6 de enero de 1588. Ahora bien, quedan algunos aspectos por resolver, ¿Se requiere unanimidad a la hora de proponer candidatos o basta con los votos de la mayoría? ¿Cuántos candidatos se proponen? ¿Designa siempre el rey a alguno de los sujetos propuestos en la consulta o, por el contrario, alguna vez provee la plaza en alguien que no figura en la consulta? ¿Para qué oficios de justicia propone el Consejo de la Cámara? Estas y otras interrogantes intentaremos aclarar en este estudio.

De lo expuesto, me interesa destacar dos aspectos. De un lado, que a partir de 1588 se dará una corresponsabilidad en la formulación de las propuestas para desempeñar los oficios de justicia 18y, de otro, se otorga un papel primordial en la tramitación de las propuestas a Mateo Vázquez, cuya figura, como ha señalado Escudero, «aparece potenciada» 19. Más adelante tendré ocasión de demostrar hasta qué punto pudo influir el secretario Mateo Vázquez en las regias decisiones.Page 129

A 1588

¿Cuál era la situación en los años anteriores a la reforma de la Cámara respecto de las provisiones de oficios de justicia? Antes de la reforma, aunque había consejeros de la Cámara, éstos no intervenían en las consultas o propuestas de los diversos empleos; era el presidente del Consejo de Castilla quien «libraba y firmaba los despachos», esto es, quien proponía 20. En 1577, cuando el obispo Cuenca Covarrubias era el presidente de ese Consejo, se encargaba de proveer:

    «todos los corregimientos de España y oydores y alcaldes de Corte, y del Consejo Real, y Consejo de Yndias, y Consejo de ordes y oydores de Contaduría, y asimismo provee este dicho presidente los oydores y alcaldes de las Cnancillerías de Valladolid y Granada, y Reyno de Navarra y Reyno de Galicia y Reyno de Sevilla» 21.

No obstante, en el año 1587 el presidente de Castilla ha tenido que compartir con otros presidentes de Consejos las formulaciones para vacantes del Consejo Real y de la Cámara. Y Mateo Vázquez es quien -siguiendo concretas instrucciones reales- se encarga de solicitar los informes. Veámoslo.

En 1586, el conde de Barajas propuso candidatos, de una parte, para dos plazas del Consejo Real vacantes por los fallecimientos de Chumacero de Sotomayor y de Leciñena, y, de otra, para una consejería y una fiscalía vacantes en el Consejo de Indias, por muerte de Gómez de Santillán y de Marcos Caro, respectivamente22. Estas dos últimas plazas del Consejo se proveyeronPage 130 inmediatamente23, no así las del Consejo Real cuya provisión se demoró año y medio. En efecto, al año siguiente Mateo Vázquez escribió al presidente del Consejo de Castilla para que consultara o propusiera personas para las dos plazas que se encontraban vacantes desde hacía un año. El conde de Barajas reprodujo literalmente su anterior consulta 24. El rey, que por lo que parece no tenía plena confianza en el presidente de Castilla, solicitó -por mediación de Mateo Vázquez- consulta a dos ex colegiales: Hernando de Vega y a Rodrigo Vázquez de Arce, presidentes de los Consejos de Indias y de Hacienda, respectivamente 25. Ambos propusieron para las tres vacantes que entonces había en el Consejo Real. En el cuadro siguiente figuran los candidatos propuestos por cada uno de los presidentes.

Propuestos Conde de Barajas 14-V-1587 Hernando de Vega 6-VII-1587 Rodrigo Vázquez 14-VII-1587
Ruipérez de Rivera, fiscal del Consejo Real X
Gasca, colegial de San Bartolomé, consejero de Indias X
Luis Espadero, colegial de San Bartolomé, consejero de Indias X
Agustín Álvarez de Toledo, oidor de la Contaduría X X X
Pedro Díaz de Tudanca, colegial de Oviedo, alcalde de Corte X X
Vaíllo, colegial de Santa Cruz, consejero de Indias X
Valladares Sarmiento, colegial de Cuenca, alcalde de Corte X X X
Beltrán de Guevara, regente de Sevilla X X X
Luis de Mercado, oidor de Granada X X
Juan de Acuña, oidor de Valladolid X X
Gregorio Bravo, colegial de Oviedo,
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