Exceso de cabida superior al 5%: requisitos de la inmatriculación. Documentos no presentados en tiempo y forma

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas124-125

Page 124

Se pretende la registración de excesos de cabida sobre dos fincas y el registrador lo suspende por existir dudas sobre la identidad de la finca dada la magnitud del exceso (son diferencias superiores al doble e incluso al triple)

La Dirección confirma el defecto: la registración de un exceso de cabida «stricto sensu» sólo puede configurarse como la rectificación de un erróneo dato registral referido a la descripción de finca inmatriculada, de modo que ha de ser indubitado que con tal rectificación no se altera la realidad física exterior que se acota con la global descripción registral...

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