Brasil y el mundial de fútbol de 2014: aspectos jurídicos de la experiencia brasileña

AutorEvelio Miñano y Rodrigo Nikobin
CargoAbogados destacados en la Oficina de São Paulo
Páginas161-165

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Introducción

El 13 de julio de 2014 se clausuró el Mundial de Fútbol de 2014 con un emocionante partido jugado en el Estadio Maracaná, en la ciudad de Río de Janeiro, entre las selecciones de Alemania y Argentina, y que se estima que fue seguido por miles de millones de telespectadores en todo el mundo. La «Copa», como se la conoce en Brasil, fue un éxito deportivo y de organización, a pesar de algunas dudas que habían surgido ante algunos retrasos en su preparación. De ese modo, cuando el capitán alemán levantó el preciado trofeo tras el solitario gol de Mario Gotze en la prórroga, quedaban atrás casi siete años de organización desde que Brasil fue elegido en octubre de 2007 como sede de la vigésima edición de este evento deportivo.

Como es sabido, esa organización ha requerido ingentes inversiones, que han sido cuantificadas en
28.000 millones de reales, así como la construcción y remodelación de estadios y la modernización de buena parte de las infraestructuras del país. No debemos olvidar, además, que este evento, junto con las Olimpiadas que tendrán lugar en Río de Janeiro en el 2016, fueron dos de los elementos que impulsaron el fuerte crecimiento económico que tuvo el país entre 2010 y 2012 y que generaron una gran atracción por parte de inversores y multinacionales de todo el mundo.

Sin embargo, lo que no es tan conocido es que la organización del Mundial de Fútbol también ha venido acompañada de una serie de modificaciones legales que han afectado a elementos importantes del ordenamiento jurídico brasileño. Las alteraciones introducidas abarcan aspectos tan dispares como la regulación de la responsabilidad civil derivada de la organización de los partidos de fútbol, el régimen de contratación de obras públicas, el establecimiento de importantes exenciones tributarias, aspectos inmigratorios o incluso la creación de tipos penales específicos para el torneo.

Estas modificaciones legales no han sido pacíficas, ya que en algunos casos han creado ciertos privilegios a favor de la Fédération Internationale de Football Association («FIFA») o de sus patrocinadores o colaboradores y, además, han adolecido de ciertos defectos de técnica legislativa. Tanto es así que durante estos años la propia Fiscalía General del Estado («Procuradoria Geral da República») ha llegado a plantear varios recursos de inconstitucionalidad en relación con algunas de estas reformas legislativas.

El objeto del presente ar tícu lo es exponer, de forma breve y sencilla, cuáles han sido estas reformas legales y sus principales implicaciones.

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Marco legal general

Desde el punto de vista jurídico, la norma principal que ha regulado la organización del Mundial ha sido la Ley n.º 12.663/2012, que a los efectos de este ar tícu lo denominaremos la «Ley General sobre la Copa». Esta Ley fue aprobada por el Congreso Nacional Brasileño el 9 mayo 2012 y promulgada por la presidenta Dilma Rousseff en junio de 2012, y fue el resultado de un acuerdo entre el Gobierno brasileño y la FIFA.

En esta Ley se regulan una serie de medidas relativas a la Copa de las Confederaciones FIFA 2013, el Mundial FIFA 2014 y la Jornada Mundial de la Juventud 2013. Estas medidas incluyen aspectos civiles y mercantiles, normas específicas de inmigración para el Mundial y delitos específicos para el evento. Además, esta Ley fue complementada por otras normas específicas en materia tributaria y de contratación pública.

Como curiosidad, la Ley General sobre la Copa aprovechó la ocasión para aprobar la concesión de un premio honorífico y una ayuda mensual, ambos de carácter económico, (prêmio e auxílio especial mensal) a los jugadores de la selección brasileña que fueron campeones de las Copas del Mundo en los años 1958, 1962 y 1970. El premio tiene un importe fijo de 100.000 reales y será abonado en una sola vez a cada uno de los 52 jugadores o sus sucesores y está exento de impuestos. Asimismo, el llamado «auxilio mensual» está destinado a jugadores sin recursos o recursos limitados y tiene por objeto completar la renta mensual del beneficiario hasta un valor de aproximadamente 4.600 reales. Ambos conceptos fueron objeto de un recurso por parte de la Fiscalía General del Estado, que finalmente fue rechazado por el Tribunal Federal Supremo, órgano equivalente a un Tribunal Constitucional.

Normas sobre organización de partidos de fútbol: responsabilidad civil y venta de bebidas alcohólicas

Una de las primeras cuestiones que la FIFA exigió que fuese modificada mediante la Ley General sobre la Copa fue el régimen que regulaba la organización de los partidos de fútbol en Brasil y, en par ticu lar, dos aspectos muy concretos: la regulación de la responsabilidad derivada de la organización de los encuentros y la...

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