Omar Bouza Ariño. Planificación Turística Autonómica. Editorial Reus, S.A., Madrid, 2007, 471 páginas. Prólogo de Martín Bassols Coma

AutorM.a Remedios Zamora Roselló
CargoUniversidad de Málaga
Páginas301-303

Page 301

Esta obra se organiza en tres partes diferenciadas que abordan la ordenación del turismo desde instrumentos de ordenación del territorio, desde instrumentos diferentes de los de ordenación del territorio, y la ordenación del turismo al margen de la ordenación territorial. La planificación turística balear responde a la premisa de la ordenación del turismo desde los instrumentos de ordenación del territorio. La evolución de la planificación turística en las Islas Baleares se encuentra marcada por una serie de medidas que han intentado paliar los efectos negativos del impacto turístico e introducir el concepto de desarrollo sostenible. En la Comunidad Autónoma de Baleares se ha regulado el turismo desde instrumentos de ordenación territorial previstos por la normativa general en materia de territorio.

Las Directrices de Ordenación Territorial constituyen el instrumento básico, y establecen los principios que deben guiar las actuaciones públicas y privadas sobre el territorio. Los Planes Territoriales Insulares desarrollan las Directrices y son elaborados por el Consejo Insular de cada isla; mientras que los Planes Directores Sectoriales se configuran como instrumentos de ordenación específica, y pueden ser elaborados y aprobados por la Comunidad Autónoma o por el Consejo Insular. Subordinados a las Directrices y a los Planes Territoriales Insulares se encuentran los Planes Directores Sectoriales de ordenación de la oferta turística, que son competencia de los Consejos Insulares. Frente a este esquema, en la Isla de Menorca se ha optado por la elaboración de un instrumento único, el Plan Territorial Insular de Menorca que regula el territorio y el crecimiento, e incluye la ordenación del sector turístico; de esta forma, se realiza un gobierno del territorio integrado.

En la Comunidad Autónoma de Canarias, los Planes Insulares de Ordenación constituyen el instrumento de planificación territorial y urbanística. Estos Planes tienen dos pilares fundamentales: la vertiente ambiental y la planificación turística. La Ley de Turismo canaria también prevé la existencia de dos planes más de carácter específico en materia turística: el Plan Sectorial de infraestructuras y el Plan sectorial de materia turística. Esta planificación complementa a los Planes Insulares de Ordenación, que son los auténticos instrumentos de ordenación urbanística del territorio y de los recursos naturales de la isla.

Al igual que en el esquema balear, las Directrices de Ordenación General y Turística son elaboradas por el Gobierno de Canarias y deben ser respetadas por los distintos Planes Insulares de Ordenación. Las Directrices también han introducido los Planes Territoriales de Ordenación Turística Insular, cuyas previsiones específicas de desarrollo territorial y turístico van a prevalecer sobre los Planes Insulares de Ordenación. Con esta previsión se produce una quiebra de la hegemonía de los Planes Insulares de Ordenación, y se aspira a adaptar la ordenación turística insular a las condiciones y límites de crecimiento. La Ley también introduce como novedad la aprobación de un Plan Estratégico en...

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