ORDEN DE 17 DE JULIO DE 1982 POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 4 DE DICIEMBRE DE 1980 SOBRE BOTIQUINES A BORDO DE BUQUES Y EMBARCACIONES MERCANTES Y DE PESCA NACIONALES.
Marginal | BOE-A-1982-18088 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Orden |
La Orden de 4 de diciembre de 1980 regula los diversos tipos de botiquines de que han de ir provistos los buques y embarcaciones mercantes y de pesca nacionales, constituyendo en su ordinal 7. una Comisión para el mantenimiento actualizado de las dotaciones de los referidos botiquines.
Habiéndose revelado en la práctica la importancia de las funciones de dicha Comisión, conforme a las necesidades laborales en la navegación, se hace necesario incluir entre dichos miembros un representante del Instituto Social de la Marina. En efecto, el Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio, atribuye competencia en esta materia al Instituto Social de la Marina, desarrolladas a través del Gabinete de Asistencia a Bordo y en el Extranjero, tanto en la asistencia por radio a las tripulaciones en navegación como en los Centros de Asistencia en el Extranjero, lo que permite un conocimiento puntual de las necesidades sanitarias.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social; de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y de Sanidad y Consumo, esta Presidencia del Gobierno dispone:
<7. Al objeto de mantener convenientemente actualizadas las exigencias establecidas en lo que respecta a la...
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