Norberto Bobbio en España

AutorAlfonso Ruiz Miguel
CargoUniversidad Autónoma de Madrid
Páginas549-552

Page 549

A la muerte de Norberto Bobbio (18 de octubre de 1909-9 de enero de 2004) tiene especial sentido que el Anuario de Filosofía del Derecho recuerde sobre todo la influencia de su pensamiento en nuestra filosofía jurídica 1. Como de la relación de Bobbio con España se ha ocupado bien intensa y extensamente Elías Díaz en un reciente escrito 2, aquí me limitaré a reseñar los principales momentos y aspectos de aquella influencia, que, aun sin afán alguno de exhaustividad, pueden dan cumplida muestra de su ancho y profundo alcance. En tal reseña, por lo demás, poco más puedo hacer que sintetizar y, en menor medida, actualizar el estudio que Javier de Lucas presentó al Seminario organizado en 1992 por Gregorio Peces-Barba en la Universidad Menéndez y Pelayo sobre La figura y el pensamiento de Norberto Bobbio 3.

La extensión del conocimiento de la obra de Bobbio en el ámbito filosófico-jurídico español se debe, sin duda, a Elías Díaz. Aunque, al parecer, la primera recensión de un artículo de Bobbio aparece en 1954, es Elías Díaz quien primero da cuenta directa, en 1963, de sus escritos sobre la polémica iusnaturalismo y positivismo jurídico, que datan de pocos años antes, y quien primero traduce aquí uno de ellos en la recopilación de artículos de Kelsen, Bobbio, D'Entréves, Perelman y otros, Crítica del Derecho natural (1966; justo el año siguiente al de la publicación en Buenos Aires por Ernesto Garzón Valdés de los principales artículos de la polémica, bajo el título El problema Page 550 del positivismo jurídico). Pero fue sobre todo en Filosofía y sociología del Derecho, manual que ha tenido numerosas reimpresiones desde 1971, donde Elías Díaz integraba los principales componentes de la aportación de Bobbio en su propia elaboración, contribuyendo así, junto a la extensión de aquélla, a la renovación de la filosofía jurídica española. En esa recuperación tuvo un impacto central la triple visión bobbiana del Derecho como norma, como valor y como hecho, correspondiente al estudio en los tres planos de la teoría y la ciencia jurídica, la filosofía del Derecho y la sociología jurídica.

Bajo ese impulso de Elías Díaz, y siempre dentro de esas coordenadas teóricas, la influencia posterior del pensamiento de Bobbio en España ha sido especialmente notable en el ámbito de la teoría del Derecho. Sus principales huellas posteriores pueden encontrarse, ante todo, en manuales como el de Gregario Peces-Barba, Introducción a la filosofía del Derecho (1983), o el de Manuel Atienza, Introducción al Derecho (1985), o en mi propia tesis doctoral, Filosofía y Derecho en Norberto Bobbio (1983), pero también en la edición de escritos jurídicos suyos por mí preparada bajo el título de Contribución a la teoría del Derecho (1980, 2.a edición ampliada, 1990, y de próxima aparición en una 3.a edición en la editorial mexicana Cajica), en la Teoría general del Derecho (1991), que unía los cursos de Teoria della norma giuridica y de Teoria dell' ordinamento giuridico, sólo más tarde unidos en edición...

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