¡Basta ya! Una reivindicación del valor de la forma pública

AutorMartín Garrido Melero
CargoNotario de Tarragona
Páginas9-11

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El autor reivindica la forma pública como derecho de los ciudadanos.

Decía GONZÁLEZ PALOMINO hace ya mucho tiempo, hablando de la sustitución fideicomisaria y de los problemas de la enajenación, que la totalidad de la doctrina parte de un error inicial de enfoque sobre esta materia, porque no debemos preguntarnos si puede o no disponer el fiduciario de los bienes sino si pueden venderse o no los bienes objeto del fideicomiso. Es entonces y sólo entonces cuando encontramos la respuesta adecuada.

Pues bien, y permítaseme la digresión y la cita clásica tan conocida, algo muy parecido nos ocurre a nosotros con los problemas del Notariado. En todos los periódicos, en muchas artículos de opinión, en numerosos artículos doctrinales, se habla de «los notarios...», «los notarios han dicho...», «los notarios han hecho...». En ocasiones se suelen contraponer a otro colectivo tan próximo a nosotros por formación y por adscripción administrativa. Es un error de enfoque: hay que hablar de la forma pública, de la forma auténtica, de la forma privilegiada del Estado, y privilegiada por la sencilla razón que es del Estado. Vamos a olvidar por un momento al autor o al titular y vamos a contemplar el debate desde el instrumento. Quizás entonces, como ocurre con el fideicomiso, las cosas se vuelven más sencillas.

¿Qué quiere el Estado? ¿Qué debe querer el Estado? ¿Qué debemos querer los ciudadanos? Ejercitar nuestras libertades en un marco adecuado. Y entre estas libertades que deben ser protegidas y defendidas por el Estado se encuentra la libertad civil. Y es aquí dónde no me cansaré de expresar que el documento auténtico y público por excelencia de los negocios y de los actos de la vida civil del ciudadano de a pie (lo que en técnica notarial llamamos con diversos nombres según si finalidad, la escritura pública, el acta notarial, la póliza) es la expresión formal de valores supremos del ordenamiento constitucional.

Cuando se publicó el ahora «anulado parcialmente» Reglamento Notarial, la Revista «La notaria» publicó un monográfico que lleva por Título «El Notariado y la reforma de la fe pública». Me parece que las reflexiones que hacía en ese lugar se han hecho ahora todavía más urgentes. Me permito en esta ocasión modificar los términos y no hablar del notario sino de la forma pública, resaltando aquellos aspectos que considero relevante.

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Hasta aquí lo que dijimos no hace mucho. Poco que añadir. Por lo tanto, en mi opinión...

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