STSJ Andalucía 1530/2007, 3 de Mayo de 2007

PonenteMIGUEL CORONADO BENITO
ECLIES:TSJAND:2007:2546
Número de Recurso3462/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1530/2007
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

1530/2007

Rº.3462/06 -A-

Iltmo. Señores:

D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, Presidente

Dª. ANA MARÍA ORELLANA CANO

D. JESUS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a tres de mayo de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1530/07

En el Recurso de Suplicación interpuesto por la empresa Centros Comerciales Carrefour, S.A. contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número dos de los de Córdoba, Autos nº 221/06; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. MIGUEL CORONADO DE BENITO, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Marcelina contra la empresa recurrente se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el nueve de mayo de dos mil seis, por el Juzgado de referencia en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los que figuran en el correspondiente apartado al que expresamente nos remitimos.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia que estimando la demanda de la actora declara la improcedencia de su despido condenando a la empresa demandada a que opte por su readmisión o indemnizarla con 12.650 euros y abono en cualquier caso de los salarios de tramitación, se alza en suplicación dicha demandada denunciando en motivo único infracción del artículo 49.1, d) del Estatuto de los Trabajadores, en relación con los artículos 1256 y 1265 a 1269 del Código Civil y de la jurisprudencia y doctrina judicial que cita.

La explícita aceptación por parte de la recurrente del relato fáctico de la sentencia recurrida obliga a partir de los hechos probados de ésta, en especial de los contenidos en el ordinal tercero y cuarto y los que con valor de tal figuran en el párrafo tercero del fundamento jurídico segundo.

Según tal relato la actora, el 27-02-06 sobre las 13 horas, fue llamada al Departamento de Recursos Humanos donde se encontraba el director del mismo, el Jefe de Seguridad y Patrimonio y la Jefa de Cajas quienes, alegando que había utilizado más cupones de descuento que los correspondientes a las compras realizadas con su tarjeta, y que ello suponía una infracción muy grave, le comunicaron que la despedían de forma disciplinaria, salvo que firmase en ese instante una baja voluntaria. Cuando objetó que con dicha firma se quedaba sin prestaciones por desempleo, le dijeron que lo arreglarían para que pudiese percibirlas. Ante estas circunstancias, en un estado de nerviosismo y llorando, escribió en un folio en blanco y firmó lo que el Jefe de Recursos Humanos le dictó.

Por la tarde de ese mismo día 27 de febrero, al tener conciencia de lo que suponía lo ocurrido, habló con el Director del Centro, D. Federico, en presencia de una Delegada del Sindicato Comisiones Obreras, Dª Ángela, tratando de que se dejara sin efecto su "solicitud" de baja voluntaria, limitándose éste a decir que hablaría con los Servicios Centrales de Recursos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 13 de Mayo de 2008
    • España
    • Tribunal Supremo, sala cuarta, (Social)
    • May 13, 2008
    ...Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede en Sevilla), de 3 de mayo de 2.007, en el recurso de suplicación nº 3462/06, interpuesto frente a la sentencia dictada el 9 de mayo de 2.006 por el Juzgado de lo Social nº 2 de Córdoba, en los autos nº 221/06, seguidos a......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR