Decreto 38/2001, de 20 de septiembre, por el que se crea el registro de entidades públicas o privadas autorizadas para impartir y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Economia
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención establece en su capitulo VI las funciones y niveles de calificación en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

La Disposición Transitoria Tercera del citado Real Decreto establece que, en tanto no se determinen por las autoridades competentes en materia educativa las titulaciones académicas y profesionales correspondientes a la formación mínima señalada en los artículos 36 y 37 de esa norma, esta formación podrá ser acreditada mediante certificación expedida por una entidad pública o privada, con capacidad para desarrollar actividades formativas en esta materia y que cuenten con autorización de la autoridad laboral competente.

El capitulo III de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de junio de 1997 (BOE del 4 de julio), por la que se desarrolla el citado Real Decreto 39/1997, regula el procedimiento de autorización de entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.

La Comunidad Autónoma de La Rioja cuenta con competencias exclusivas de auto organización conforme a lo previsto en el artículo 8.1.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, modificada por la Ley Orgánica 3/1994, de 24 de marzo y la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, así como competencias ejecutivas en materia laboral, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1.3 del mismo texto estatutario. El Real Decreto 946/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral), recoge en su apartado B.b) entre tales funciones las competencias en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

El Decreto 20/2001, de 20 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias administrativas, en desarrollo de la Ley 3/95, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a la Consejería de Hacienda y Economía las funciones que sobre la materia de Prevención de Riesgos Laborales se atribuyan a la Autoridad Laboral.

El Registro se crea con la finalidad de contribuir como un elemento más de consolidación de la política de la Comunidad...

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