Autoría y participación

AutorAntonia Monge Fernández
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Penal. Universidad de Sevilla, 2011
Páginas149-152

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En el delito de agresiones sexuales a menores de trece años, la acción de atentar contra la indemnidad sexual del menor de trece años, con violencia o intimidación es ejecutada normalmente por un solo individuo, que conforme a la redacción del artículo 28 CP CP, respondería a título de autor directo252.

Con relación a las agresiones sexuales, sin duda, cabe apreciar la figura de la autoría mediata253 en todos aquellos casos en que el autor utiliza a otro sujeto de modo instrumental, para involucrar a la víctima en un contexto sexual en contra de su voluntad, así como también cuando es la propia víctima la que es forzada o intimidada por el autor para la realización sobre sí misma de un acto sexual.

En mi opinión, y al tratarse de un delito de mano ajena, cabe la coautoría254, es decir, la realización conjunta del hecho por varios

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sujetos255. En el caso más problemático de abusos y agresiones sexuales cualificados que sea un sujeto el que aplique la violencia o la intimidación, y otro distinto el que realiza los actos materiales de carácter sexual, ambos son coautores256. El que realiza los actos materiales de carácter sexual, porque con ellos atenta contra la libertad sexual de la víctima con una violencia o intimidación que, si bien no proceden de él mismo, las aprovecha y se sirve de las mismas como medio de realización del atentado sexual. El que aplica la violencia o la intimidación, es coautor, no sólo de acuerdo con la teoría objetivo-formal de Beling257, en virtud de que realiza un acto periférico del tipo, sino también de acuerdo con la teoría del dominio del hecho258. No obstante, el que aplica la violencia o la intimidación sin realizar él mismo los actos materiales de carácter sexual, será en

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todo caso cooperador necesario o cómplice259 con independencia de cuál sea el concepto de coautoría que se sostenga.

Con relación al delito de abusos sexuales, no cabe mencionar ninguna especialidad. A partir de su carácter como delito de propia mano, no es posible admitir la comisión por omisión de estos delitos en concepto de autor, al no ser susceptible de equipararse a la producción de un resultado.

La modalidad comisiva de abusos sexuales a menores de trece años admite las distintas formas de participación criminal, tales como la cooperación necesaria260 y la complicidad261.

Recapitulación

· En el Capítulo sexto se ha examinado la problemática de la autoría y la participación en los delitos de agresiones y abusos sexuales a menores de trece años.

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· La acción descrita en el delito de agresiones sexuales será ejecutada normalmente por un solo individuo, que respondería a título de autor directo.

·...

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