Ejercicio contra la comunidad autónoma de Andalucía respecto al parador de turismo

AutorFrancisco José Vázquez Garrido
CargoAbogado del Estado-Jefe
Páginas597-603

    Escrito elaborado el 3 de octubre de 2002.

Page 597

Que por medio del presente escrito, formula demanda de juicio ordinario contra la J. de A., Consejería de M. A., Delegación Provincial en J., con domicilio en dicha ciudad, calle F. del S., núm. 3 (F).

Se basa la presente demanda en los siguientes,

Hechos

1. El día 5 de octubre de 1963, se procede a recibir, por el entonces Ministerio de Información y Turismo, acreditado ello mediante la extensión de la oportuna Acta de Ocupación que se acompaña como documento núm. 1, la superficie de 2 hectáreas del Monte del Estado «Navahonda» número 1 del Catálogo de Utilidad Pública en el sitio denominado «Sacejo» (Cazorla), y ello en cumplimiento de Orden ministerial de 3 agosto de 1963 (documento núm. 2), que disponía el cambio de afectación de esas 2 hectáreas solamente, dentro de la superficie mayor del Monte, para destinarlas a la construcción de un Parador de Turismo «El Adelantado» de C., el cual quedó construido de conformidad con la autorización del Ministerio de Agricultura de fecha 11 de marzo de 1963 que se acompaña como (documento núms. 3 y 4).

Quedó, pues, formalizado el cambio de afectación de la superficie, como deja constancia de ello el Director General del Patrimonio del Estado, en oficio de fecha 18 diciembre 1963, dirigido al Subsecretario de Información y Turismo.Page 598

Se acompañan los escritos de solicitud y cumplimentación ficha del

Inventario de Bienes del Estado de fecha 15 abril y 18 de junio, ambas de 1968 (documentos 5 y 6).

2. Construido el Parador del Estado Español en el año 1965, de la situación de afectación al Ministerio de Información y Turismo, y de la construcción, queda constancia en el citado Inventario de Bienes del Estado, como bienes patrimoniales, siendo propiedad privada del Estado.

Datos registrales del Monte N.: Inscripción 20, tomo 191. Libro 37. Folio 171. Finca 4064, número 1 del Catálogo de Utilidad Pública de C. en la provincia de J.

Situación: El Parador se ubica en el terreno de hectáreas del paraje S., perteneciente al Monte «N.».

Acceso: Al Parador se accede por la carretera de uso exclusivo que parte de la población V.-C., a la que se llega por la carretera A-319 que pasa por la población de C.

Límites: Según deslinde aprobado en 5 marzo 1968.

Cabida: 13.568,83 hectáreas-extensión del monte.

Descripción de la Obra Nueva: La obra que configura el Parador de Turismo «El A.» de C., ocupa una planta de 2.252, 84 m2 incluyendo el patio, con una superficie edificada de 3.424,08 m2 distribuida en tres plantas, con un patio descubierto de 670,80 m2.

3. La situación jurídica inmobiliaria no accedió al Registro de la Propiedad. Todas las actuaciones se mantienen en el orden administrativo interno.

4. Que en virtud del Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma A., funciones y servicios del Estado en materia de naturaleza, y en concreto en el apartado E) del Anexo, se traspasan bienes del Estado entre los que se encuentran la finca referida.

5. Por Orden Ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda de 30 noviembre de 1994, el citado terreno se adscribió al Patrimonio del Instituto de Turismo de España, formalizándose mediante Acta de Entrega de 1 de diciembre de 1994 (documento núm. 7) para ser destinado a Parador de Turismo de C., promoviéndose al propio tiempo la inmatriculación de los terrenos que viene disfrutando el Parador en el paraje de S. del M. «N.», mediante solicitud presentada en el Registro de la Propiedad de C. en fecha 23 marzo 1995, y firmada por D. J. L. A. Ll., Delegado Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda en J., quedando constancia mediante nota marginal.

6. Que en virtud de certificación expedida en S., en fecha 11 diciembre 1997, por el Director General del Patrimonio de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de A., se practica inscripción del Mon-Page 599te «N.», comprendiendo el Parador de Turismo «El A.» de C., en el Registro de la Propiedad de la citada localidad, y anulándose la nota marginal de adscripción del mismo a favor del Instituto de Turismo de España.

7. Que en fecha 27 junio 2000 el Secretario General de Turismo-Vicepresidente del Instituto de Turismo de España, interpone tras intentos de llevar a un acuerdo, reclamación previa a la vía judicial civil (documento núm. 8) contra la Junta de A...

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