La ausencia de evidencia empírica en el diseño de la política criminal española en la última década: algunos ejemplos
Autor | Demelsa Benito Sánchez |
Cargo del Autor | Doctora por la Universidad de Salamanca con mención europea y premio extraordinario |
Páginas | 89-142 |
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CAPÍTULO 4
LA AUSENCIA DE EVIDENCIA EMPÍRICA
EN EL DISEÑO DE LA POLÍTICA
CRIMINAL ESPAÑOLA EN LA ÚLTIMA
DÉCADA: ALGUNOS EJEMPLOS
1. PLANTEAMIENTO
Desde que se aprobara el actual Código Penal en el año 1995, han sido
más de una treintena las reformas que ha sufrido este cuerpo normativo, aunque
no todas ellas hayan revestido la misma entidad. Ello supone más de 30 leyes
orgánicas debatidas –en ocasiones, brevemente– y votadas en el parlamento en el
ámbito penal. Tras las primeras reformas que tuvieron lugar a nales de los años
90, el texto punitivo fue modicado en la siguiente década casi en veinte ocasio-
nes, de las que sin duda destacan por su importancia las reformas del año 2003,
annus horriblis para el Derecho penal (Antón Mellón et al., 2015: 33)97. En la
última década, período al que se ciñe esta investigación, el Código Penal ha sido
reformado por las siguientes leyes orgánicas:
97 Sobre las críticas a las reformas del año 2003, se puede ver en detalle, entre otros, Abel
Souto, 2004; Acale Sánchez, 2004; Fernández García, 2003; García Arán y Peres-Ne-
to, 2008; González Cussac, 2003; Landrove Díaz, 2003; Pérez Cepeda, 2007; Maqueda
Abreu, 2004a; Maqueda Abreu, 2004b; Mata Barranco, 2007; Muñoz Conde, 2005.
EVIDENCIA EMPÍRICA Y POPULISMO PUNITIVO EL DISEÑO DE LA POLÍTICA CRIMINAL
DEMELSA BENITO SÁNCHEZ
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◾Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de
la interrupción voluntaria del embarazo98.
◾Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modica la Ley Orgá-
◾Ley Orgánica 3/2011, de 28 de enero, por la que se modica la Ley Or-
gánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General100 (correc-
ciones).
◾Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modica la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de
transparencia y lucha contra el fraude scal y en la Seguridad Social101.
◾Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modica la Ley Orgá-
◾Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modica la Ley Orgá-
nica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos
de terrorismo103.
◾Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modica la Ley Or-
gánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer
Directivas de la Unión Europea en los ámbitos nanciero y de terrorismo,
y abordar cuestiones de índole internacional104.
◾Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modicación de la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de impru-
98 BOE núm. 55, de 4 de marzo de 2010.
99 BOE núm. 152, de 23 de junio de 2010.
100 BOE núm. 25, de 29 de enero de 2011.
101 BOE núm. 312, de 28 de diciembre de 2012.
102 BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015.
103 BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015.
104 BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2019.
CAPÍTULO 4 LA AUSENCIA DE EVIDENCIA EMPÍRICA EN EL DISEÑO DE LA POLÍTICA CRIMINAL ESPAÑOLA ...
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dencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del
abandono del lugar del accidente105.
Todas estas reformas, como las de la década anterior, muestran una clara
expansión del Derecho penal, tanto en sentido extensivo como intensivo, que ha
contribuido a denostar el otrora Código Penal de la democracia. La expansión
en sentido extensivo hace referencia a una ampliación de las conductas punibles
ya existentes o a la incorporación de nuevas modalidades delictivas. La expansión
en sentido intensivo hace referencia a una intensicación de las consecuencias ju-
rídicas aplicables, ya sea elevando las penas previstas, exigiendo el cumplimiento
íntegro de la pena de prisión o incluyendo nuevas consecuencias jurídicas como
la libertad vigilada. Ambas formas de expansión se ponen de maniesto en las
leyes de reforma referidas, algunas de las cuales son objeto de estudio en este
trabajo.
Los problemas que tal proliferación de modicaciones puede ocasionar son
múltiples y de naturaleza muy diversa. Por ejemplo, para los ciudadanos supone
una falta de seguridad jurídica, pues se levantan de la noche a la mañana con una
nueva regulación. Sirva como ejemplo el caso de la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de
cer de un debate cientíco previo, lo que lleva a que en ocasiones las precipitadas
reformas choquen con principios legitimadores del Derecho penal, como el de
legalidad o el de proporcionalidad, además de ser técnicamente decientes. Más
aún, como se omite el debate cientíco, lo habitual es que ni si quiera se aporten
datos empíricos que pudieran sustentar, al menos, en parte, una modicación de
la legislación penal106. Precisamente este es el eje central de este trabajo y, parti-
cularmente, de este capítulo: la utilización de la evidencia cientíca en el diseño
de la política criminal en España en la última década.
En concreto, se persigue el objetivo de estudiar si la evidencia empírica
disponible en España en materia de delincuencia muestra una tendencia en la
misma línea que los operadores políticos nos han transmitido a la ciudadanía
105 BOE núm. 53 de 2 de marzo de 2019.
106 Para reformas anteriores a las aquí analizadas, ya lo puso de maniesto Tamarit Sumalla,
2007: 3-7.
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