Aún sobre la influencia populista en la intervención punitiva de los delitos económicos

AutorHenrique Abi-Ackel Torres, Luciano Santos Lopes
Páginas321-338
CAPÍTULO XVIII
321
Aún sobre la inf‌luencia populista
en la intervención punitiva de
los delitos económicos*
Henrique Abi-Ackel Torres
Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla
Juez del Tribunal de Justicia de Minas Gerais.
Profesor de la Faculdade de Direito Milton Campos/MG y del IBMEC-BH
Luciano Santos Lopes
Doctor en Derecho por la Facultad de Derecho de la UFMG
Abogado. Profesor de la Faculdade de Direito Milton Campos/MG
1. Nota introductoria
La actualidad de la discusión sobre la intervención punitiva, a través del
sistema de justicia penal, presenta algunos contornos imprecisos, en cuanto
a los límites y, también, en cuanto al objeto mismo de la acción estatal pre-
tendida.
Hay problemas notables que enfrentar, basados en este hallazgo. Los
estudios realizados (con indiscutible calidad) lo revelan claramente.
* Este artículo es una versión reducida de otro que fue publicado originalmente en el
trabajo titulado «Derecho penal económico en las ciencias penales» (Editora D’Plácido,
2019), coordinado por los autores, y por los profesores Eduardo Saad-Diniz y Luís
Augusto Brodt. Ha sido una colección de trabajos cientícos presentados en ocasión
del IV Simposio Cientíco de Jóvenes Penalistas de los Grupos Brasileño y Argenti-
no de la Asociación Internacional de Derecho Penal (Belo Horizonte, 2018).
CIENCIA PENAL Y GENEROSIDAD
DE LO MEXICANO A LO UNIVERSAL
M. Olmedo Cardenete | M.Á. Núñez Paz | N. Sanz Mulas | M. Polaino-Orts
DIRECTORES/EDITORES
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Pero esta armación (a respecto de la cual hay cuestiones traumáticas)
es casi un «anclaje común» en el argumento teórico producido sobre las cien-
cias penales contemporáneas.
Es preciso más. El «lugar de expresión» del criminalista debe ubicarse
fuera del conforto de la academia, para poder dialogar de manera más e-
ciente con las situaciones-problema que identica correctamente con cierta
facilidad, más allá de la simples teoría.
Este es el punto. Eliminar el argumento crítico (y legítimamente cues-
tionador) de la abstracción académica es fundamental. Es necesario insertar
esta capacidad argumentativa (real e innegable) de los estudios producidos en
las situaciones concretas que llegan al Poder Judicial.
Es necesario cerrar este hueco comunicativo entre la teoría y la práctica.
Los puentes hermenéuticos deben construirse con mayor precisión. Sólo así
los estudios de calidad contundente, producidos por las ciencias penales, po-
drán intervenir en la realidad judicial de manera ecaz y eciente.
Así, es necesario afrontar el problema también a través del ámbito de la
Política criminal. Esto es lo que se pretende lograr en este ensayo.
Se intentará buscar un punto de conexión entre el discurso político-
criminal (del legislador) y el objeto del propio Derecho penal (la protección
de los bienes jurídicos). En el caso más especíco, queremos entender cómo
se relacionan el Derecho penal actual (con la tutela de la supraindividualidad
y economía) y el movimiento legislativo (que tiene una fuerte inclinación
simbólica y punitiva).
Con cierta frecuencia, se advierte que la legislación pierde su argumen-
to de racionalidad y termina en el discurso simbolista y con un contenido
punitivo en constante expansión. Cabe señalar que aquí estamos analizando
el tema del punto de vista brasileño.
El camino elegido en este texto pasará por el análisis del discurso polí-
tico-criminal contemporáneo, demostrando cómo se ha logrado su recrudeci-
miento en la intervención punitiva. El punto de llegada es la conclusión, aún
parcial y en construcción, de que el Derecho penal simbólico fue elevado a la
principal estrategia de actuación del Sistema de Justicia.

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