Atribución del uso de la vivienda familiar tras el divorcio: ¿quién debe asumir los gastos de comunidad e IBI? (STS 11/2025, 7 de enero de 2025)

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Introducción

La resolución que aquí se examina es la STS 11/2025, 7 de enero de 2025, que trata sobre a quién corresponde, tras la adjudicación del uso de la que fuera vivienda familiar por sentencia de divorcio al excónyuge no propietario, hacerse cargo de los gastos correspondientes a la comunidad de propietarios y de los recibos por el Impuesto de Bienes Inmuebles de esa vivienda. Si los debe soportar quien tiene atribuido el uso de la vivienda o quien es el propietario de la misma.

Demanda de divorcio y liquidación del régimen económico matrimonial

Doña E. formuló solicitud de formación de inventario para la STS 11/2025, 7 de Enero de 2025 contra su exmarido don C.

Celebrada la comparecencia prevista en el artículo 809 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con controversia, y la correspondiente vista, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Madrid dictó Sentencia, en 2 de marzo de 2020, estimando en parte la demanda interpuesta por doña N. contra don J., declarando las diferentes partidas que constituían el activo y el pasivo de la sociedad conyugal en su día formada por doña E. y don C.

La vivienda familiar es de propiedad exclusiva de don C., si bien su uso fue atribuido a doña E. y sus dos hijas menores por la sentencia de divorcio, de 31 de julio de 2019. Las partes mantuvieron una discrepancia sobre el...

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