Aspectos básicos de la nueva Ley de Educación

AutorCarmen Perona Mata
CargoDirectora Gabinete Jurídico FE.CCOO. Doctora en Derecho. Abogada Administrativista
1 - Estructura de la LOMLOE

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (en adelante LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (en adelante LOE) es revertir los cambios en la LOE promovidos por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, (en adelante LOMCE) que según la nueva Ley «representó una ruptura del equilibrio que se había alcanzado en la LOE entre diferentes visiones y planteamientos acerca de la educación que deben necesariamente convivir en un sistema democrático y plural».

La LOMLOE se estructura en un artículo único con noventa y nueve apartados que modifican parcialmente setenta y siete artículos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante, LOE), diecinueve disposiciones adicionales y tres disposiciones finales, una de las cuales modifica varios artículos de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Incorpora la Ley, además, ocho disposiciones adicionales, cinco transitorias que regulan distintos aspectos del periodo de implantación, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales relativas al desarrollo reglamentario, el calendario de implantación y la entrada en vigor.

2 - La novena ley educativa en cincuenta años

Es la novena Ley de Educación que pretende la ordenación general del sistema educativo, sus antecesoras fueron:

- Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (Ley Villar Palasí)

- Ley Orgánica 5/1980, de 19 de junio, por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE)

- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE)

- Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)

- Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes (Ley Pertierra)

- Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE)

- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)

- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)

3 - Principios básicos de la Ley

La nueva Ley educativa declara cinco principios básicos:

* Los derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989)

* La igualdad de género a través de la coeducación y el fomento del aprendizaje de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y el respeto a la diversidad afectivo-sexual

* La mejora continua de los centros educativos y una mayor personalización del aprendizaje

* La educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, que incluye la educación para la paz y los derechos humanos, la comprensión internacional y la educación intercultural, así como la educación para la transición ecológica

* El desarrollo de la competencia digital, haciendo hincapié en la brecha digital de género.

4 - Novedades de la LOMLOE
4. 1 - Recuperación de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas

Se recupera la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en lo relativo a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, que requerirán el 50 por ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 60 por ciento para aquellas que no la tengan, estableciendo asimismo la asignación de un porcentaje a los centros. Además, se hace referencia a la posibilidad de establecer currículos mixtos de enseñanzas del sistema educativo español y de otros sistemas educativos, conducentes a los títulos respectivos.

4. 2 - Medidas en educación infantil

Se incorpora, en la ordenación y los principios pedagógicos de la educación infantil el respeto a la específica cultura de la infancia que define la Convención sobre los Derechos del Niño. Establece el plazo de un año para que el Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, elabore un plan de ocho años de duración para la extensión del primer ciclo de educación infantil y que se tenderá a la extensión de su gratuidad, priorizando el acceso del alumnado en situación de riesgo de pobreza y exclusión social y la situación de baja tasa de escolarización.

4. 3 - Recuperación de los ciclos en educación primaria

Se recuperan los tres ciclos anteriormente existentes; se reordenan las áreas, que estarán orientadas al desarrollo de las competencias del alumnado y podrán organizarse en ámbitos y se añade en el tercer ciclo un área de Educación en valores cívicos y éticos, en la cual se prestará especial atención al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia, a los recogidos en la Constitución Española, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, a la función social de los impuestos y la justicia fiscal, a la igualdad de mujeres y hombres y al valor del respeto a la diversidad.

De igual modo se potenciará la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible, la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual. Asimismo, se pondrá especial atención a la educación emocional y en valores.

Cuando el equipo docente considere que un alumno no haya alcanzado las competencias previstas, podrá permanecer un año más en el último curso de este ciclo.

En el cuarto curso de educación primaria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por sus alumnos que tendrá carácter informativo, formativo y orientador.

4. 4 - Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

En esta etapa se debe propiciar el aprendizaje competencial, autónomo, significativo y reflexivo en todas las materias que aparecen enunciadas en el articulado, y que podrán integrarse en ámbitos.

En cuarto curso de educación secundaria obligatoria, se precisan las materias que deberá cursar todo el alumnado, además de otras tres entre un conjunto que establecerá el Gobierno, previa consulta a...

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