La migración y el asilo en el Programa de Estocolmo. Una Europa abierta y segura que sirva y proteja al ciudadano. Aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 10-11 de diciembre de 2009

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Indice del «Programa de Estocolmo»
  1. Hacia una Europa de los ciudadanos en un espacio de libertad, seguridad y justicia

  2. Promover los derechos de los ciudadanos: una Europa de los derechos

  3. Facilitar la vida a las personas: una Europa de la ley y la justicia

  4. Una Europa que protege

  5. Acceso a Europa en un mundo globalizado

  6. Una Europa de responsabilidad, solidaridad y colaboración en los ámbitos de migración y asilo1

  7. Europa en un mundo globalizado. La dimensión exterior de la libertad, la seguridad y la justicia

6. Una Europa de responsabilidad, solidaridad y colaboración en los ámbitos de migración y asilo

El Consejo Europeo reconoce tanto las oportunidades como los desafíos que plantea el aumento de la movilidad de las personas, y destaca que una migración bien gestionada puede ser beneficiosa para todos los intere-Page 142sados. El Consejo Europeo reconoce asimismo que, en el contexto de los importantes desafíos demográficos a que se enfrentará la Unión en el futuro junto con un aumento de la demanda de mano de obra, unas políticas flexibles de inmigración contribuirán de forma importante al desarrollo y a los resultados económicos a largo plazo. El Consejo Europeo opina que las consecuencias a largo plazo de la migración, por ejemplo, en los mercados de trabajo y la situación social de los migrantes, han de ser tomadas en consideración y que resulta fundamental la interconexión entre la migración y la integración, en relación con, entre otros aspectos, los valores fundamentales de la Unión. Además, el Consejo Europeo recuerda que el establecimiento de un sistema europeo común de asilo (SECA) a más tardar en 2012 sigue siendo un objetivo político fundamental de la UE.

El Consejo Europeo hace un llamamiento para el desarrollo de un marco político europeo general y sostenible de migración y asilo que, dentro un espíritu de solidaridad, pueda gestionar de manera suficiente y anticipatoria las fluctuaciones de los flujos migratorios y dar respuesta a situaciones como la actualmente existente en las fronteras exteriores meridionales. Son necesarios intensos esfuerzos para construir y reforzar el diálogo y la colaboración entre la UE y los terceros países, regiones y organizaciones, a fin de lograr una mejor respuesta, basada en las pruebas, a estas situaciones, teniendo en cuenta que la inmigración ilegal entra en la Unión también a través de otras fronteras o haciendo un uso inadecuado de los visados. Evitar la repetición de tragedias en el mar es un objetivo importante. Cuando, por desgracia, acontecen situaciones trágicas, deberían estudiarse modos de registrar mejor y, a ser posible, de identificar a los migrantes que tratan de llegar a la UE.

El Consejo Europeo reconoce la necesidad de encontrar soluciones prácticas que mejoren la coherencia entre las políticas de migración y otras políticas, como la política exterior y de desarrollo y las políticas de comercio, empleo, sanidad y educación en el plano europeo. En particular, el Consejo Europeo invita a la Comisión a que explore procedimientos que vinculen en mayor medida el desarrollo de la política de migración al desarrollo de la estrategia posterior a Lisboa. El Consejo Europeo reconoce la necesidad de contar con recursos financieros cada vez más flexibles y coherentes en el ámbito de la UE, tanto en términos de ámbito de aplicación como de aplicabilidad, para impulsar el desarrollo de políticas en el ámbito del asilo y la migración.

El Consejo Europeo reafirma los principios establecidos en el Enfoque Global de la Migración, así como en el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo. El Consejo Europeo también recuerda sus Conclusiones de los Consejos Europeos de junio y octubre de 2009 sobre esta cuestión. Pone de relieve la necesidad de aplicar todas las medidas de forma global y evaluarlas según lo decidido. Recuerda los cinco compromisos básicos establecidos en el Pacto:

- organizar la inmigración legal teniendo en cuenta las prioridades, las necesidades y la capacidad de acogida determinadas por cada Estado miembro, y favorecer la integración;

- combatir la inmigración irregular, garantizando, entre otras cosas, el retorno a su país de origen o a un país de tránsito de los extranjeros en situación irregular;

- fortalecer la eficacia de los controles en las fronteras;

- construir una Europa de asilo;

- crear una colaboración global con los países de origen y de tránsito que favorezca las sinergias entre la migración y el desarrollo.

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6.1. Una política de migración dinámica y global
6.1.1. Consolidación, desarrollo y aplicación del Enfoque Global de la Migración de la UE

El Consejo Europeo ha venido destacando la necesidad de que la política de la UE en materia de migración forme parte integrante de la política exterior de la UE y reconoce que el Enfoque Global de la Migración ha dejado patente su pertinencia como marco estratégico para lograr este fin. Basado en los principios originales de solidaridad, equilibrio y genuina colaboración con los países de origen y tránsito exteriores a la Unión, y en consonancia con lo que ya se ha logrado, el Consejo Europeo hace un llamamiento para seguir desarrollando y consolidando este enfoque integrado. Es preciso acelerar la aplicación del Enfoque Global mediante un uso estratégico de todos sus instrumentos existentes y cabe mejorarlo mediante el aumento de la coordinación. Es preciso mantener un equilibrio entre las tres áreas (promoción de la movilidad y migración legal, optimizando el vínculo entre migración y desarrollo, y prevención de la inmigración ilegal y lucha contra ella). El núcleo principal debe seguir siendo la cooperación con los países de África y Europa oriental y sudoriental más afectados. Deben seguir desarrollándose el diálogo y la cooperación también con otros países y regiones, como Asia y América Latina, sobre la base de la determinación de los intereses y de los desafíos comunes.

Para ello, el Consejo Europeo destaca las siguientes prioridades:

- utilización estratégica, basada en las pruebas, y sistemática de todos los instrumentos disponibles del Enfoque Global de la Migración de la UE -perfiles de migración, misiones de migración, plataformas de cooperación en materia de migración y desarrollo y asociaciones de movilidad- para lograr la cooperación a largo plazo en todas las dimensiones de esta política, en estrecha asociación con terceros países seleccionados situados a lo largo de las rutas migratorias prioritarias;

- utilización continuada y ampliada del instrumento de asociación de la movilidad como marco estratégico global y principal de la cooperación a largo plazo con terceros países en materia de gestión de la migración, que confiera un valor añadido a los marcos bilaterales vigentes. El éxito de la aplicación de estas asociaciones requiere que mejore la coordinación, así como unos esfuerzos importantes de creación de capacidad en los países de origen, tránsito y destino. El Consejo Europeo hace asimismo un llamamiento para que se siga desarrollando el instrumento de asociación de movilidad, respetando al mismo tiempo su carácter voluntario. Las asociaciones deberían ser flexibles y responder a las necesidades tanto de la UE como de los países asociados y deberían comprender la cooperación en todos los ámbitos del Enfoque Global;

- utilización más eficaz de los instrumentos de cooperación existentes de la Unión para impulsar la capacidad de los países asociados, con la intención de garantizar unas infraestructuras que funcionen bien y una capacidad administrativa suficiente para tramitar todos los aspectos de la migración, incluida la mejora de su capacidad para ofrecer una protección suficiente y acrecentar los beneficios y oportunidades creados por la movilidad.

Es preciso reforzar los logros de la aplicación del Enfoque Global de la Migración mediante evaluaciones periódicas, el aumento del compromiso y de las capacidades, así como la mejora de la flexibilidad de los instrumentos financieros de los que disponen tanto la Unión Europea como los Estados miembros en este ámbito.

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6.1.2. Migración y desarrollo

El Consejo Europeo destaca la necesidad de seguir tomando medidas para aprovechar al máximo los efectos positivos que tiene la migración en el desarrollo, y reducir al mínimo los negativos, de acuerdo con el Enfoque Global de la Migración. Hay políticas eficaces que pueden facilitar el marco necesario que permita a los países de destino y de origen y a los propios migrantes trabajar en colaboración para amplificar los efectos de la migración internacional en el desarrollo.

Los esfuerzos para fomentar la movilidad y la migración concertadas con los países de origen deberían vincularse estrechamente con los esfuerzos para fomentar el desarrollo de oportunidades de un trabajo digno y productivo y para mejorar las opciones de medios de subsistencia en los terceros países a fin de reducir al mínimo la fuga de cerebros.

Para ello, el Consejo Europeo invita a la Comisión a que le presente propuestas antes de 2012 sobre lo siguiente:

- la manera de garantizar en mayor medida el envío de remesas eficiente, seguro y barato y mejorar el impacto del envío de remesas en el desarrollo, así como evaluar la viabilidad de crear un portal común de la UE sobre remesas para informar a los migrantes sobre los costes de envío y fomentar la competencia entre los proveedores de servicios de remesas,

- la manera en que los grupos de la diáspora pueden participar en mayor medida en las iniciativas de desarrollo de la UE, y la manera en que los Estados miembros de la UE pueden apoyar a los grupos de la diáspora en sus esfuerzos para mejorar el desarrollo en sus países de origen,

- las maneras de seguir explorando el concepto de migración circular y de estudiar modos de facilitar la circulación ordenada de los migrantes, tanto dentro como fuera del marco de proyectos o programas específicos, incluido un estudio de amplio espectro sobre el modo en que determinados ámbitos políticos pertinentes pueden contribuir y afectar a las condiciones previas para el aumento de la movilidad temporal y circular.

El Consejo Europeo reconoce la necesidad de aumentar la coherencia política a nivel europeo para promover los efectos positivos de la migración en el desarrollo, dentro del marco de las actividades de la UE en la dimensión exterior, y ajustar la migración internacional de manera más estrecha al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El Consejo Europeo solicita al Consejo que vele por una actuación coordinada y coherente en este ámbito.

Debe seguir explorándose la conexión entre el cambio climático, la migración y el desarrollo y el Consejo Europeo invita por tanto a la Comisión a que le presente un análisis de los efectos del cambio climático en la migración internacional, incluidos sus efectos potenciales en la inmigración con destino a la Unión Europea.

6.1.3. Una política concertada adaptada a las necesidades del mercado laboral nacional

El Consejo Europeo reconoce que la inmigración laboral puede contribuir al aumento de la competitividad y la vitalidad económica. En este sentido, el Consejo Europeo opina que la Unión debería fomentar la creación de sistemas de admisión flexibles que den respuesta a las prioridades, las necesidades, las cifras y los volúmenes determinados por cada Estado miembro y permitir a los migrantes aprovechar plenamente sus cualificaciones y su competencia. A fin de facilitar un mejor ajuste de la mano de obra, se están ejecutan-Page 145do políticas de inmigración coherentes, así como unas mejores evaluaciones de integración de las cualificaciones demandadas por los mercados laborales europeos. Estos sistemas deberían tener debidamente en cuenta las competencias de los Estados miembros, en especial para la gestión de sus mercados laborales, así como el principio de preferencia de la Unión.

El Consejo Europeo invita

- a la Comisión y al Consejo, a que sigan aplicando el plan de política en materia de migración legal;

- a la Comisión, a que estudie la manera más eficaz de utilizar las fuentes y redes de información existentes para garantizar la disponibilidad de datos comparables sobre asuntos migratorios, con el objetivo de disponer de opciones de política mejor informadas, teniendo también en cuenta los acontecimientos recientes;

- a la Comisión y al Consejo, a que evalúen las políticas existentes que deberían, entre otras cosas, mejorar el reconocimiento de las cualificaciones y el ajuste en materia de mano de obra entre la Unión Europea y los terceros países, así como la capacidad de analizar las necesidades del mercado laboral, la transparencia de la información europea disponible en Internet sobre empleo y contratación, la formación, la divulgación de la información, y el ajuste de las cualificaciones en el país de origen;

- a la Comisión, a que evalúe el impacto y la eficacia de las medidas adoptadas en este ámbito con vistas a determinar si es necesario consolidar la legislación vigente, también en relación con las categorías de trabajadores no contempladas en la actualidad por la legislación de la Unión.

6.1.4. Políticas anticipatorias respecto de los migrantes y sus derechos

La Unión Europea debe garantizar un trato justo a los nacionales de terceros países que residen legalmente en el territorio de sus Estados miembros. Una política de integración más enérgica debería ir encaminada a conferir a los migrantes derechos y obligaciones comparables a los de los ciudadanos de la UE. Esto debería seguir siendo un objetivo de la política de inmigración común y debería ponerse en práctica cuanto antes, a más tardar en 2014.

El Consejo Europeo, por tanto, invita a la Comisión a que le presente propuestas en relación con lo siguiente:

- la consolidación de toda la legislación en el ámbito de la inmigración, comenzando por la migración legal, que se basaría en una evaluación del acervo de la Unión vigente e incluiría las modificaciones necesarias para simplificar y/o, en su caso, ampliar la normativa existente y mejorar su aplicación y coherencia,

- la evaluación y, en caso necesario, la revisión de la Directiva sobre reagrupación familiar, teniendo en cuenta la importancia de las medidas de integración.

6.1.5. Integración

El éxito de la integración de los nacionales de terceros países con residencia legal sigue siendo la clave para aprovechar al máximo las ventajas de la inmigración. La cooperación europea puede contribuir a la eficacia de las políticas de integración de los Estados miembros facilitando incentivos y apoyo a la actuación de los Estados miembros. El objetivo de conferir derechos, responsabilidades y oportunidades comparables para todos está en el núcleo de la cooperación e integraciónPage 146europea, y tiene en cuenta la necesidad de equilibrar los derechos y los deberes de los migrantes.

La integración es un proceso dinámico y bidireccional de interacción mutua, que requiere no sólo esfuerzos por parte de las autoridades nacionales regionales y locales, sino también un mayor compromiso por parte de la comunidad de acogida y de los inmigrantes.

Las políticas de integración de los Estados miembros deben estar respaldadas por un mayor desarrollo de las estructuras y los instrumentos de intercambio de conocimientos y la coordinación con otras ámbitos políticos pertinentes, como el empleo, la educación y la integración social. El acceso al empleo es fundamental para el éxito de integración.

El Consejo Europeo invita también a la Comisión a que respalde los esfuerzos de los Estados miembros:

- mediante el desarrollo de un mecanismo de coordinación en el que participen la Comisión y los Estados miembros, que utilice un marco de referencia común, lo que debería mejorar las estructuras e instrumentos para el intercambio europeo de conocimientos;

- para incorporar las cuestiones de integración de forma general en todo los ámbitos de políticas pertinentes;

- en favor de la determinación de prácticas conjuntas y módulos europeos de apoyo al proceso de integración, incluidos los elementos fundamentales, tales como los cursos de introducción y las clases de idiomas, un firme compromiso por parte de la comunidad de acogida, y la participación activa de los inmigrantes en todos los aspectos de la vida colectiva;

- destinados al desarrollo de indicadores fundamentales en un número limitado de ámbitos políticos pertinentes (por ejemplo: empleo, educación e inclusión social) para hacer un seguimiento de los resultados de las políticas de integración, con el objetivo de aumentar la comparabilidad de las experiencias nacionales y reforzar el proceso de aprendizaje europeo;

- en favor de la mejora de las consultas y la participación de la sociedad civil, teniendo en cuenta las necesidades de integración en diversos ámbitos políticos y recurriendo al Foro Europeo de la Integración y al sitio web europeo sobre Integración;

- por fomentar los valores democráticos y la cohesión social en relación con la inmigración y la integración de los inmigrantes y promover el diálogo intercultural y los contactos a todos los niveles.

6.1.6. Unas políticas eficaces para luchar contra la inmigración ilegal

El Consejo Europeo está convencido de que sigue siendo fundamental una acción eficaz contra la inmigración ilegal a la hora de elaborar una política común de inmigración. De modo especial la lucha contra la trata y la introducción ilegal de personas, la gestión integrada de fronteras y la cooperación con los países de origen y de tránsito, con el apoyo de la cooperación policial y judicial, deben seguir siendo prioridades fundamentales en este sentido. Nuestro objetivo debe ser impedir las tragedias humanas a las que las actividades de los traficantes de seres humanos exponen a las personas.

Una política de retorno efectiva y sostenible constituye un elemento esencial de un sistema bien gestionado de migración en el marco de la Unión. La Unión Europea y los Estados miembros deberían intensificar sus esfuerzos para repatriar a los nacionales dePage 147terceros países que residen ilegalmente. Se deberían asignar los medios financieros necesarios para ello. Una política de este tipo debe ponerse en práctica respetando plenamente el principio de no devolución, así como los derechos fundamentales y la dignidad de los repatriados. Debería darse preferencia al retorno voluntario, aunque se reconoce la inevitable necesidad de medios eficaces para ejecutar las repatriaciones cuando sea necesario.

Para crear un planteamiento global sobre repatriación y readmisión es necesario intensificar la cooperación con los países de origen y tránsito dentro del marco del Enfoque Global de la Migración, y en sintonía con el Pacto sobre Migración y Asilo, al tiempo que se reconoce que se exige a todos los Estados que readmitan a sus propios nacionales que están residiendo ilegalmente en el territorio de otro Estado.

Es importante garantizar que la aplicación de los instrumentos recién adoptados en materia de retorno y de sanciones contra los empresarios, así como los acuerdos de readmisión vigentes, se someta a una vigilancia estrecha para garantizar su aplicación efectiva.

El Consejo Europeo cree que es preciso centrarse en lo siguiente:

- fomentar el retorno voluntario, incluso a través del desarrollo de sistemas de incentivos, formación, reintegración y subsidios, y mediante el recurso a las posibilidades que ofrecen los instrumentos financieros existentes;

- la plena aplicación por parte de los Estados miembros de la normativa de la Unión en virtud de la cual la resolución de repatriación dictada por un Estado miembro se aplica en toda la Unión Europea, y la aplicación efectiva del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones de repatriación mediante el registro de las prohibiciones de entrada en el SIS II, y facilitando el intercambio de información; mejorar el intercambio de información en lo relativo a la evolución a escala nacional en el ámbito de la regularización, a fin de garantizar la coherencia con los principios del Pacto sobre Migración y Asilo;

- la asistencia por parte de la Comisión y Frontex y los Estados miembros con carácter voluntario, a los Estados miembros que se enfrenten a presiones específicas y desproporcionadas, a fin de asegurar la eficacia de sus políticas de retorno respecto de determinados terceros Estados;

- una acción más eficaz contra la inmigración ilegal y la trata e introducción ilegal de personas, elaborando información sobre las rutas de migración, así como información agregada y exhaustiva que mejore nuestra comprensión de los flujos migratorios y nuestra respuesta a ellos, promoviendo la cooperación en materia de vigilancia y control de fronteras, facilitando la readmisión mediante el fomento de medidas de apoyo al retorno y a la reintegración, creando capacidad en terceros países;

- la celebración de acuerdos de readmisión eficaces y operativos, caso por caso, bien a escala de la UE, bien a escala bilateral;

- asegurarse de que el objetivo de los esfuerzos de la UE en materia de readmisión aporte valor añadido y haga más eficaces las políticas de retorno, incluyendo los acuerdos bilaterales y las prácticas vigentes;

- la presentación por la Comisión de una evaluación, también de las negociaciones en curso, a lo largo de 2010, de los acuerdos de readmisión de la CE, junto con una propuesta de mecanismo paraPage 148el seguimiento de su aplicación. El Consejo debería definir una estrategia renovada y coherente en materia de readmisión sobre dicha base, teniendo en cuenta el conjunto de las relaciones con el país afectado, con inclusión de un planteamiento común respecto de los terceros países que no cooperen en la readmisión de sus propios nacionales;

- un aumento de la cooperación práctica entre los Estados miembros, por ejemplo, mediante el flete periódico de vuelos conjuntos de retorno, financiado por Frontex, y la verificación de la nacionalidad de los nacionales de terceros países que puedan ser repatriados y la obtención de documentos de viaje por parte de terceros países;

- la potenciación de la formación específica y del apoyo en forma de equipamiento;

- un enfoque coordinado por parte de los Estados miembros mediante el desarrollo de la red de funcionarios de enlace en los países de origen y de tránsito.

6.1.7. Menores no acompañados

Los menores no acompañados que llegan a los Estados miembros procedentes de terceros países representan un grupo particularmente vulnerable que requiere una atención especial y respuestas específicas, en especial en el caso de los menores expuestos a riesgo. Se trata de un reto para los Estados miembros que suscita preocupaciones comunes. Las áreas que se han definido como merecedoras de especial atención son el intercambio de información y mejores prácticas, la introducción ilegal de menores, la cooperación con los países de origen, las cuestiones de la determinación de la edad, la identificación y la búsqueda de la familia, y la necesidad de prestar particular atención a los menores no acompañados en el contexto de la lucha contra la trata de seres humanos. Una respuesta global a nivel de la UE debería combinar las medidas de prevención, protección y asistencia al retorno, a la vez que se tiene en cuenta el interés superior del menor.

El Consejo Europeo, por tanto, acoge con satisfacción la iniciativa la Comisión de:

- desarrollar un plan de acción, que deberá ser adoptado por el Consejo, sobre menores no acompañados, que refuerza y complementa a los instrumentos legislativos y financieros correspondientes y combina medidas dirigidas a la prevención, la protección y la asistencia al retorno. El plan de acción debería destacar la necesidad de cooperación con los países de origen, incluida la cooperación para facilitar la repatriación de menores, así como para impedir ulteriores salidas. El plan de acción debería también estudiar las medidas prácticas para facilitar el retorno del elevado número de menores no acompañados que no requieren protección internacional, al tiempo que se reconoce que para muchos el interior superior es su reagrupación con sus familias y su desarrollo dentro de su propio entorno social y cultural.

6.2. Asilo: un espacio común y solidario de protección

El Consejo Europeo sigue comprometido con el objetivo de establecer un espacio común de protección y solidaridad que se base en un procedimiento común de asilo y un estatuto uniforme para las personas a las que se concede protección internacional. Mientras que el sistema europeo común de asilo (SECA) debería estar basado en normas de protección de alto nivel, también debería prestarse la atención debida a unos procedimientos justos y eficaces que permitan evitar los abusos. Es fundamental que las personas, independientemente del Estado miembro enPage 149el que se presentó su solicitud de asilo, reciban un nivel de tratamiento equivalente en relación con las condiciones de recepción y el mismo nivel en lo referente a la tramitación del procedimiento y la determinación del estatuto. El objetivo debería ser que los casos similares se trataran de forma semejante y produjeran el mismo resultado.

6.2.1. Un espacio común de protección

Existen todavía diferencias significativas entre las disposiciones nacionales y su aplicación. Para lograr un mayor nivel de armonización, el establecimiento de un sistema europeo común de asilo (SECA) debería seguir siendo un objetivo político fundamental para la UE. Las normas comunes, así como una aplicación mejor y más coherente de las mismas, debería evitar o reducir los movimientos secundarios dentro de la UE y aumentar la confianza mutua entre los Estados miembros.

El desarrollo de una política común de asilo debería basarse en la plena y total aplicación de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados y otros tratados internacionales pertinentes. Una política de este tipo es necesaria para mantener la sostenibilidad a largo plazo del sistema de asilo y para promover la solidaridad en el marco de la UE. Sin perjuicio de un informe de la Comisión sobre las consecuencias jurídicas y prácticas, la Unión Europea debería solicitar la adhesión a la Convención de Ginebra y a su Protocolo de 1967.

La Oficina Europea de Apoyo al Asilo (OEAA) será un instrumento importante en el desarrollo y la aplicación del SECA y debería contribuir al refuerzo de todas las formas de cooperación práctica entre los Estados miembros. Por consiguiente los Estados miembros deberían desempeñar un papel activo en las tareas de la OEAA. La OEAA debería continuar con el desarrollo de una plataforma común de formación para los funcionarios nacionales encargados del asilo, basándose en particular en el currículo europeo de asilo. Otra tarea importante será fomentar la convergencia y la calidad actual con vistas a reducir las disparidades en las decisiones sobre asilo.

El sistema de Dublín sigue siendo una piedra angular en la construcción del SECA, ya que asigna claramente la responsabilidad del examen de la solicitud de asilo.

En consecuencia, el Consejo Europeo invita:

- al Consejo y al Parlamento Europeo, a que redoblen sus esfuerzos para establecer un procedimiento común de asilo y un estatuto uniforme, de conformidad con el artículo 78 del TFUE, para las personas a las que se conceda asilo o protección subsidiaria, a más tardar en 2012;

- a la Comisión, a que considere, una vez que se haya ejecutado plenamente la segunda fase del SECA y sobre la base de una evaluación de los efectos de dicha legislación y de la OEAA, las posibilidades de crear un marco para la transferencia de protección de los beneficiarios de protección internacional cuando ejerzan sus derechos de residencia adquiridos en virtud del Derecho de la UE;

- a la Comisión, a que proceda a realizar un estudio de viabilidad de Eurodac como instrumento de apoyo para todo el SECA, sin dejar de observar plenamente las normas sobre protección de datos;

- a la Comisión, a que considere, en caso necesario, con vistas a la realización del SECA, la posibilidad de proponer nuevos instrumentos legislativos basándose en una evaluación;

- a la Comisión, a que finalice su estudio sobre la viabilidad y las implicacionesPage 150jurídicas y prácticas del establecimiento del tratamiento conjunto de solicitudes de asilo.

6.2.2. La división de las responsabilidades y solidaridad entre los Estados miembros

Debería promoverse la solidaridad con los Estados miembros que se enfrenten a presiones específicas.

Esto debería hacerse mediante un planteamiento amplio y equilibrado. Por tanto, se deberían seguir analizando y desarrollando los mecanismos para distribuir de forma voluntaria y coordinada las responsabilidades entre los Estados miembros. En particular, puesto que una de las claves para un SECA creíble y sostenible consiste en la creación por los Estados miembros de una capacidad suficiente en los sistemas nacionales de asilo, el Consejo Europeo insta a los Estados miembros a que se apoyen mutuamente en la creación de capacidad suficiente en sus sistemas nacionales de asilo. La Oficina Europea de Apoyo al Asilo debería desempeñar un papel central en la coordinación de tales medidas de creación de capacidad.

El Consejo Europeo, por tanto, invita a la Comisión a que estudie las posibilidades de:

- desarrollar el mecanismo mencionado de distribución de responsabilidad entre los Estados miembros, garantizando mismo tiempo que no se abuse de los sistemas de asilo y que no se socaven los principios del SECA;

- crear instrumentos y mecanismos de coordinación que permitan a los Estados miembros apoyarse mutuamente en la creación de capacidad, aprovechando los propios esfuerzos de los Estados miembros por aumentar su capacidad en relación con sus sistemas nacionales de asilo;

- utilizar de manera más eficaz los sistemas financieros existentes en la UE destinados al refuerzo de la solidaridad interna;

- que la OEAA evalúe y desarrolle procedimientos que faciliten el envío de funcionarios en comisión de servicios para que ayuden a los Estados miembros que se enfrenten a presiones específicas de solicitantes de asilo.

6.2.3. La dimensión exterior del asilo

La UE debería actuar en asociación y cooperar con los terceros países que alberguen grandes contingentes de refugiados. Un planteamiento común de la UE puede ser más estratégico y por tanto contribuir de manera más eficaz a la solución de las situaciones que se prolongan en relación con los refugiados. Cualquier avance en esta materia debe buscarse en estrecha cooperación con el ACNUR y, si procede, otros agentes pertinentes. La Oficina Europea de Apoyo al Asilo debería participar plenamente en la dimensión exterior del SECA. En sus relaciones con terceros países, la UE tiene la responsabilidad de comunicar de forma activa la importancia de adherir a la Convención de Ginebra de los Refugiados de 1951 y su Protocolo y de aplicarlos.

Promover la solidaridad en el contexto de la UE es crucial, pero no suficiente, para lograr una política común creíble y sostenible en materia de asilo. Por tanto, resulta importante seguir desarrollando instrumentos que pongan de relieve la solidaridad con los terceros países para promover y contribuir a la creación de capacidades con miras al tratamiento de los flujos migratorios y de las situaciones que se prolongan en relación con los refugiados en estos países.

El Consejo Europeo invita:

- al Consejo y a la Comisión, a que mejoren su creación de capacidad en tercerosPage 151países, en particular su capacidad de brindar protección efectiva, y a que desarrollen en mayor medida y hagan extensiva la idea de los programas de protección regional, basados en las futuras evaluaciones. Dichos esfuerzos deberían incorporarse al Enfoque Global de la Migración y reflejarse en las estrategias nacionales de reducción de la pobreza, y no deberían ir dirigidos exclusivamente a los refugiados y a los desplazados internos sino también a las poblaciones locales;

- al Consejo, al Parlamento Europeo y a la Comisión, a que fomenten la participación voluntaria de los Estados miembros en el Programa Conjunto de la UE en materia de reasentamiento y aumenten el número total de refugiados reasentados, teniendo en cuenta la situación específica de cada Estado miembro;

- a la Comisión, a que elabore un informe anual para el Consejo y el Parlamento Europeo sobre los esfuerzos de reasentamiento en el marco de la UE, a que proceda a una valoración a medio plazo durante 2012 de los avances obtenidos, y a que evalúe el Programa Conjunto de la UE en materia de Reasentamiento en 2014, con el objetivo de determinar las mejoras necesarias;

- al Consejo y a la Comisión, a que encuentren modos de reforzar el apoyo de la UE al ACNUR;

- a la Comisión, a que explore, en dicho contexto y conforme proceda, nuevos planteamientos en relación con el acceso a los procedimientos de asilo dirigidos a los principales países de tránsito, tales como programas de protección para grupos particulares o determinados procedimientos para el estudio de solicitudes de asilo, en los que puedan participar los Estados miembros con carácter voluntario.

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[1] El Capítulo sexto se reproduce íntegramente a continuación. Aunque es en este Capítulo en el que se recogen la mayor parte de los aspectos que afectan a las migraciones y al asilo, estas cuestiones se encuentran presentes tambien en otras partes del «Progama de Estocolmo». Por ejemplo, en el Capítulo primero se incluyen las prioridades políticas y la formación y el diálogo con la sociedad civil como instrumentos para llevar a cabo la Europa de los ciudadanos; en el Capítulo segundo, se defiende una Europa basada en los derechos fundamentales; que garantice el pleno ejercicio del derecho a la libre circulación y que permita la convivencia en un espacio que respete la diversidad y proteja a los más vulnerables (incluyendo medidas de lucha contra el racismo y la xenofobia); el Capítulo cuatro incluye, entre otras cuestiones, la lucha contra la trata de seres humanos; y el Capítulo cinco plantea la necesidad de una gestión integrada de las fronteras exteriores de la UE y la importancia de seguir desarrollando la política común de visados. El Capítulo 6 hay que verlo, por tanto, como una parte del conjunto integral del «Programa de Estocolmo» (Nota de los coordinadores).

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