Orden AAA/1257/2013, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario, por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Julio de 2013
MarginalBOE-A-2013-7307
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre (BOE de 2 de octubre), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Dichas subvenciones vienen siendo objeto de concesión cada año, mediante la correspondiente orden de convocatoria por este ministerio. La experiencia adquirida por la gestión y tramitación de los expedientes administrativos de subvenciones para el 2012, así como la necesidad de atender con el máximo rigor la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, recogidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, hacen conveniente la modificación de las mencionadas bases reguladoras.

Mediante la presente modificación normativa se da una nueva redacción al artículo 3 (cuantía y criterios de distribución) y al artículo 8 (justificación de los gastos y pago).

Por todo ello, resulta procedente modificar la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre.

En su virtud, dispongo:

Artículo único

Modificación de la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector agrario y alimentario por el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español.

Se modifica la Orden AAA/2096/2012, de 28 de septiembre, en los siguientes términos:

Uno. El artículo 3, sobre cuantía y criterios de distribución, queda con la siguiente redacción:

Artículo 3. Cuantía y criterios de distribución.

Los fondos disponibles para el pago de las subvenciones se asignarán para las diferentes actividades de la siguiente forma:

1. Hasta un máximo del 75 por 100 del total del crédito inicial del concepto presupuestario 23.01.451O.483, se destinará a subvencionar a las organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito estatal reconocidas como más representativas por el Departamento, por sus actividades de representación en el seno de la Unión Europea (U.E.). De este porcentaje, un 25 por 100 se distribuirá por la pertenencia de las referidas entidades al Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias (COPA). A estos efectos, la valoración de las solicitudes se efectuará sobre un total de 100 puntos, atribuyéndose la totalidad a aquellas organizaciones que acrediten su pertenencia al COPA. El otro 75 por 100 en función del número de representantes que disponga cada una de ellas en los Comités Consultivos de la Comisión Europea (CCCE), y de la cuota anual obligatoria que satisfagan al COPA. A estos efectos, la valoración de las solicitudes se hará sobre un total de 100 puntos, de los cuales:

– 50 puntos evaluarán el número de representantes en los CCCE, atribuyéndose los 50 puntos a aquélla entidad que cuente con mayor número de representantes, y asignando al resto una puntuación proporcional.

– 50 puntos evaluarán las cuotas anuales obligatorias al COPA, atribuyéndose los 50 puntos a aquélla entidad que aporte una mayor cuota y asignando al resto una puntuación proporcional.

2. Hasta un máximo del 20 por 100 del crédito inicial del concepto presupuestario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR