DECRETO 214/1998, de 30 de julio, por el que se modifica el artículo 11.1 del Decreto 332/94, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECRETO

214/1998, de 30 de julio, por el que se modifica el artículo 11.1 del Decreto 332/94, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña.

El Decreto 332/1994, de 4 de noviembre, establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña. El artículo 11.1 del citado Decreto dispone que, para acceder, mediante la prueba de acceso, a los ciclos formativos de grado medio, además de acreditar experiencia laboral o experiencias que se consideren asimiladas, deberá tener cumplidos dieciocho años de edad.

De acuerdo con la actual normativa hay chicos y chicas que pueden acreditar experiencia laboral o experiencias que se consideren asimiladas, como es el caso de haber realizado un programa de garantía social, pero que no cumplan dieciocho años de edad el año natural de realización de la prueba, y hay otros que, por múltiples y variadas causas, no pueden acreditar las citadas experiencias, de forma que su interés para reincorporarse al sistema educativo podría verse impedido o aplazado por la falta de estos requisitos.

Así pues, es conveniente modificar el requisito de tener dieciocho años y suprimir la exigencia de acreditar experiencia laboral o experiencias que se consideren asmiladas.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Enseñanza, con el informe del Consejo Escolar de Cataluña, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Decreto:

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