Artículo 5 de la Ley Federal 12 enero de 1996 N 8-FZ, aplicada por Kriorus: la voluntad de una persona sobre una actitud digna hacia su cuerpo después de la muerte

AutorFrancisco Lledó Yagu?e - Susana Infantes Esteban
Páginas235-235
Aspectos jurídico-científicos de la criónica en seres humanos 235
ANEXO V. ARTÍCULO 5 DE LA LEY FEDERAL 12 ENERO DE 1996 N 8-FZ,
APLICADA POR KRIORUS: LA VOLUNTAD DE UNA PERSONA SOBRE
UNA ACTITUD DIGNA HACIA SU CUERPO DESPUÉS DE LA MUERTE
Artículo 5. La voluntad de una persona sobre una actitud digna hacia su
cuerpo después de la muerte.
1. La voluntad de una persona sobre una actitud digna hacia su cuerpo después de la
muerte (en lo sucesivo, la voluntad del difunto), un deseo expresado oralmente en presencia
de testigos o por escrito:
t Sobre el consentimiento o desacuerdo para ser sometido a autopsia anatomopatológica;
t Sobre el consentimiento o desacuerdo sobre la extracción de órganos y (o) tejidos
de su cuerpo;
t Ser enterrado en un lugar u otro, de acuerdo con diversas costumbres o tradiciones,
junto con aquellos u otros fallecidos previamente;
t Ser sometido a la cremación;
t Acerca de la confianza para cumplir la voluntad de uno u otra persona.
El artículo 5 se complementa con el párrafo 1.1 del 1 de septiembre de 2018 - ley federal
de 23 de mayo de 2018 n 117-fz.
1.1 En el caso de colocación del testador a uno o varios herederos por testamento o por ley, la
obligación de aplicar el entierro del testador, de acuerdo con su voluntad (Artículo 1139 del código
civil de la federación de Rusia) la prioridad es la voluntad del difunto, expresada en su testamento.
2. Acciones decentes al cuerpo del difunto, deben ser llevadas a cabo de plena conformi-
dad con la voluntad del fallecido, salvo circunstancias bajo las cuales la ejecución de la volun-
tad del difunto no sea posible, o se disponga otra cosa por la legislación de la federación Rusa.
3. Si no hay voluntad del difunto el derecho de permitir las acciones mencionadas en el
apartado 1 del presente artículo, si tiene un cónyuge, parientes cercanos (hijos, padres, hijos
adoptados, padres adoptivos, hermanos y hermanas, nietos, abuelos), otros parientes o repre-
sentante legal del fallecido, y en ausencia de tales personas, otras personas que hayan asumido
el deber de llevar a cabo el entierro del difunto.
Sobre la expresión de la voluntad de acuerdo o desacuerdo sobre la extracción de ór-
ganos y tejidos de su cuerpo después de la muerte para el trasplante (trasplante). Véase el
artículo 47 de la ley federal del 21 de noviembre 2011 n 323-fz. De acuerdo con la ley de la
federación de Rusia del 22 de diciembre de 1992 N 4180-I “el trasplante de órganos y humano
(o) tejido” extracción de órganos y (o) los tejidos de un cadáver es permitida si el centro de
salud en el momento de la incautación no se hace consciente de que durante la vida de la per-
sona o sus parientes cercanos o representantes legales expresan su oposición a la extracción de
órganos y tejidos (o) después de la muerte para el receptor del trasplante.
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