Artículo 45: Infracciones y sanciones

Artículo 45.—INFRACCIONES Y SANCIONES

1. En los supuestos que a continuación se indican, que tendrán el carácter de infracciones tributarias simples, se impondrán las sanciones especiales que para cada uno se detallan:

a) La puesta en funcionamiento de los aparatos productores de alcohol incumpliendo los trámites reglamentariamente establecidos o expirado el plazo de trabajo declarado se sancionará con multa equivalente al 150 por 100 de la cuota que resultaría de aplicar el tipo impositivo vigente en el momento del descubrimiento de la infracción al volumen de producción, expresado en hectolitros de alcohol puro a la temperatura de 20º C, que pudiera obtenerse en trabajo ininterrumpido desde que expiró la última declaración de trabajo, si la hubiera, hasta la fecha del descubrimiento, con un máximo de tres meses.

b) La rotura de precintos que imposibilite el funcionamiento de los aparatos productores de alcohol o su extracción de depósitos precintados se sancionará con multa del 100 por 100 de las cuotas calculadas según el apartado anterior o de la correspondiente a la capacidad total del depósito, respectivamente, salvo que de dicha rotura se haya dado conocimiento a la Administración con anterioridad a su descubrimiento por ésta.

c) Las diferencias en más en primeras materias en fábricas de alcohol que excedan de los porcentajes autorizados reglamentariamente se sancionarán con una multa equivalente al 100 por 100 de la cuota que correspondería al alcohol puro que se pudiera fabricar utilizando dichas primeras materias.

d) La falta de marcas fiscales o de reconocimiento, superior al 0,5 por 1.000 de las utilizadas, en los recuentos efectuados en los establecimientos autorizados para el embotellado de bebidas derivadas, se sancionará con multa equivalente al 150 por 100 de las cuotas que resultarían de aplicar el tipo impositivo vigente en el momento del descubrimiento de la infracción al volumen de alcohol puro correspondiente a la cantidad de bebidas derivadas cuya circulación pudiese haber sido amparada por dichas marcas, supuestas las bebidas con un grado alcohólico volumétrico adquirido de 40 por 100 vol. y embotelladas en los envases de...

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