Artículo 362

AutorMariano Alonso Pérez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil

ARTICULO 362 *

El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno pierde lo edificado, plantado o sembrado sin derecho a indemnizaciÛn (a).

Este artÌculo necesariamente debe comentarse en uniÛn con el siguiente, pues, en realidad, el artÌculo 363 no deberÌa ser otra cosa que un p·rrafo del artÌculo 362. En ellos se trata de una misma cuestiÛn.

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* Vid...

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