Artículo 33
Autor | Sergio Amadeo Gadea |
Páginas | 94-96 |
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1. En función de su naturaleza y duración, las penas se clasifican en graves, menos graves y leves.
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Son penas graves:
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La prisión permanente revisable.
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La prisión superior a cinco años.
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La inhabilitación absoluta.
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Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
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La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
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La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
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La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
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La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
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La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
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La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
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La privación de la patria potestad.
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Son penas menos graves:
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La prisión de tres meses hasta cinco años.
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Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
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La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
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d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
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La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
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Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años.
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La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
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La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
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La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
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La multa de más de tres meses.
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La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.
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Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.
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Son penas leves:
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La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
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La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un...
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