Artículo 16. Apreciación de oficio de la falta de competencia y otros defectos u omisiones

AutorManuel López Jara
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Letrado de la Administración de Justicia
Páginas109-114
109
Artículo 16. Apreciación de oficio de la falta de competencia y otros defectos u
omisiones
1. Presentada la solicitud de iniciación del expediente, el Secretario judicial exa-
minará de oficio si se cumplen las normas en materia de competencia objetiva y
territorial.
2. Si el Secretario judicial entendiese que no existe competencia objetiva para conocer, po-
drá acordar el archivo del expediente, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del solici-
tante, en aquellos expedientes que sean de su competencia. En otro caso, dará cuenta al
Juez, quien acordará lo que proceda, tras haber oído al Ministerio Fiscal y al solicitante.
En la resolución en que se aprecie la falta de competencia se habrá de indicar el órga-
no judicial que se estima competente para conocer del expediente.
3. Si el Secretario judicial entendiese que carece de competencia territorial para cono-
cer del asunto, podrá acordar la remisión al órgano que considere competente, previa
audiencia del Ministerio Fiscal y del solicitante, en aquellos expedientes que sean de
su competencia. En otro caso, dará cuenta al Juez, quien acordará lo procedente, tras
haber oído al Ministerio Fiscal y al solicitante.
4. El Secretario judicial también examinará la existencia de posibles defectos u omisio-
nes en las solicitudes presentadas y dará, en su caso, un plazo de cinco días para pro-
ceder a su subsanación. Si ésta no se llevara a cabo en el plazo señalado, tendrá por no
presentada la solicitud y archivará las actuaciones en aquellos expedientes que sean de
su competencia. En otro caso, se dará cuenta al Juez, quien acordará lo que proceda.
COMENTARIO
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Doctor en Derecho. Letrado de la Administración de Justicia
I. ANTECEDENTES
La LEC 1881 no establecía en el Libro III, dedicado a la jurisdicción vo-
luntaria, norma alguna sobre el examen y tratamiento procesal de la falta de

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