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Artículo 12: aplicación de sanciones disciplinarias
Autor | Juan de Dios Crespo Pérez - Ricardo Frega Navía |
Páginas | 67-72 |
Page 67
"LA NUEVA ASOCIACIÓN EN QUE ESTÁ INSCRITO UN JUGADOR EJECUTARÁ O APLICARÁ CUALQUIER SANCIÓN QUE HAYA SIDO IMPUESTA A UN JUGADOR ANTES DE LA TRANSFERENCIA. LA ASOCIACIÓN ANTERIOR TIENE LA OBLIGACIÓN DE NOTIFICAR A LA NUEVA ASOCIACIÓN CUALQUIER SANCIÓN POR ESCRITO, ASI COMO DE EXPEDIR EL CTI".
Este artículo no fue ni tan siquiera comentado en la anterior edición pero algunos hechos muy recientes nos han obligado a hacer una pequeña mención al mismo.
Parece obvio que, dado el poder omnipotente de FIFA y, reconozcámoslo también, la necesidad de una reglamentación universal para evitar abusos, no parece probable que una nueva federación no quiera aplicar la sanción a un jugador que arrastra la misma antes de su transferencia internacional.
Page 68
Aquí no vemos el problema pero sí en la alarmante judicialización de los órdenes deportivos ya que, en marzo de 2013 la justicia deportiva guatemalteca, en concreto el denominado "Tribunal de Honor de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala" (CDAG), anuló las tres sanciones tomadas contra jugadores de fútbol, que los inhabilitaban de por vida, y que FIFA había extendido a nivel mundial.
Obviamente, el siguiente revuelo fue el habitual y FIFA envió a la Federación Guatemalteca un aviso para navegantes: o se ponía todo en orden o se tomarán medidas contra éste, incluido la suspensión de actividad internacional para Guatemala.
No hablaremos aquí de esa posible suspensión que no en todos los casos hace FIFA, pero sí siempre a los menos poderosos, sino de la anulación por un órgano deportivo estatal de una decisión tomada por FIFA, sobre la base de su Reglamento Disciplinario y que también tiene efectos sobre este artículo 12.
La sanción tomada por los órganos federativos guatemaltecos fue extendida por la FIFA, y los hechos se ciñen a unos amaños de partidos, lo que está perseguido en forma especial por FIFA, ya que el aficionado quiere y le gusta la incertidumbre del fútbol, el que un gol pueda cambiar un partido pero ¿qué pasaría si los amaños fueran moneda corriente? Seguramente, el fútbol perdería muchos de sus seguidores y no podemos por menos que aplaudir, en este caso, a FIFA.
Sin embargo, en este caso, se juega mucho más ya que supongamos que los citados jugadores, amparados en esta decisión, acuden a un club de un país vecino de Centroamérica y que un Juzgado de ese país les otorgue la posibilidad de jugar...
Hemos tenido recientemente la ocasión de ver que el Tribunal Federal Suizo ha anulado el laudo del TAS32en el que se sancionaba al jugador Matuzalem (todavía sigue la saga y no acaba como veremos más adelante) con no jugar mientras no pagara.
Esa...
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- Articulo 13: el cumplimiento de los contratos
- Artículo 12: aplicación de sanciones disciplinarias
- Articulo 12 bis: deudas vencidas
- Artículo 14: la rescisión de contratos por causa justificada
- Artículo 15
- Artículo 16 restricción de rescisión de contratos durante la temporada
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