Artículo 105. Competencia, legitimación y postulación

AutorJosé Ángel Torres Lana
Cargo del AutorCatedrático Emérito de Derecho civil. Universidad de las Islas Baleares
Páginas672-676
672
Artículo 105. Competencia, legitimación y postulación
1. Será competente para el conocimiento de este expediente el Secretario judicial del
Juzgado de Primera Instancia correspondiente al lugar donde estuviera situada la
finca o la mayor parte de ella.
2. Se iniciará el expediente a instancia del titular del dominio de la finca o, de ser
varios, de cualquiera de ellos, o del titular de cualquier derecho real de uso y disfrute
sobre la misma.
3. En la tramitación del presente expediente será preceptiva la intervención de
Abogado si el valor de la finca fuera superior a 6.000 euros.
COMENTARIO
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Catedrático Emérito de Derecho civil
Universidad de las Islas Baleares
1. El ladillo del art. 105 de la LJV es por completo expresivo de su conteni-
do. Aglutina, en efecto, tres materias bien poco conectadas entre sí por cuan-
to que tanto su naturaleza como su finalidad son diferentes. Podría pensarse,
como nexo de unión, en su carácter netamente procesal. Pero ni siquiera esto
es definitivo pues al respecto puede dudarse con fundamento del carácter pu-
ramente procesal de la legitimación. La jurisprudencia la ha considerado re-
petidas veces cuestión de fondo. De hecho, los preceptos que atribuyen u otor-
gan acciones a determinados sujetos se encuentran en las normas sustantivas
(explícitamente, por ejemplo en el párrafo segundo del art.348 del Cc. o de
forma menos expresiva, como en el art. 815 del mismo cuerpo legal). Llama
además la atención que tanto las normas sobre legitimación como el propio
vocablo evocan la idea de contienda y tal idea se encuentra apartada, por prin-
cipio, de la regulación de la jurisdicción voluntaria.
Sea como fuere, las tres materias a las que se refiere el artículo que ahora
comento gozan de antecedentes legislativos, bien en la LEC de 1881, bien en
el Cc., bien en los dos textos (precisamente el caso de la legitimación).

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