DECRETO 195/2003, de 1 de julio, por el que se amplía el bien de interés cultural denominado zona arqueológica de Madinat al-Zahra (Córdoba).

MarginalBOE-A-2003-16579
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 195/2003, de 1 de julio, por el que se amplía el bien de interés cultural denominado zona arqueológica de Madinat al-Zahra (Córdoba).

  1. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6. a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como Organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración y competiendo según el artículo 1.1 del Reglamento anterior a este último dicha declaración.

  2. Las primeras actuaciones arqueológicas en Madinat al-Zahra se realizaron a principios del siglo XX. En ese tiempo se produce la primera declaración como Monumento Histórico Nacional, por Real Orden de 12 de julio de 1923. Asimismo, por el Real Decreto 2122/1981, de 13 de julio, se creó el Patronato de Madinat al-Zahra. La importancia excepcional del yacimiento es valorada por la Junta de Andalucía que, por Decreto 126/1989, de 6 de junio, crea el Conjunto Arqueológico de Madinat al-Zahra, estableciendo una unidad administrativa para su gestión y tutela. Posteriormente, en 1996 se amplía la zona de protección y en aplicación de la legislación vigente se declara como Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Arqueológica mediante el Decreto 46/1996, de 30 de enero.

    Al mismo tiempo se dota de protección la cercana Almunia de Turruñuelos, siendo inscrita en el Catálogo la Zona Arqueológica por la Orden de 8 de julio de 1997.

    Las continuas excavaciones han verificado que el perímetro protegido hasta el momento es insuficiente, ya que los límites del sistema urbano califal no estaban íntegramente incluidos en los expedientes de protección, por lo que ha sido necesario ampliar la zona arqueológica hasta el ámbito que establece el presente Decreto.

    Con este propósito, se ha estudiado y determinado la disposición y desarrollo de numerosos elementos que permitieron la articulación de un vasto territorio mediante la realización de numerosas obras de infraestructura -como caminos, puentes y acueductos- y la erección de diversas e importantes construcciones de distinta índole -de carácter agropecuario, estatal o principesco- en consonancia con el rango de la ciudad, capital del estado andalusí, y directamente relacionadas con ella, que permiten aportar una nueva visión de conjunto de la relación entre la ciudad, el marco geográfico donde se construyó y su articulación orgánica con el territorio más próximo.

    Con la ampliación de la Zona Arqueológica de Madinat al-Zahra se incluyen cuatro áreas perfectamente relacionadas al formar parte de una misma entidad como es la ciudad de Madinat al-Zahra y el entorno que ésta necesita para su funcionamiento. La primera área, y la más extensa, constituye el núcleo central y consta de diversos elementos como una calzada califal, el Puente de los Nogales, el camino histórico del mismo nombre, el Acueducto de Valdepuentes, el Ninfeo de Vallehermoso, la Almunia al-Rummaniyya, el yacimiento de Las Pilas y el yacimiento de Córdoba la Vieja entre otros. Las otras áreas delimitadas serían las Canteras de Santa Ana de la Albaida, el Puente del camino de las Almunias o del Cañito de María Ruiz y por último la Alberca del Cañito de María Ruiz.

    El peligro de pérdida de los vestigios es inminente ante el proceso de parcelación ilegal que se está realizando en la zona, que impide la conservación de este patrimonio y la recuperación y disfrute de los valores paisajísticos y visuales de Madinat al-Zahra y su territorio. Dadas las características del bien, no se considera necesaria la delimitación de un entorno.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, incoó expediente de ampliación de la Zona Arqueológica de Madinat al-Zahra (Córdoba) mediante Resolución de 13 mayo de 2002 (publicada en el B.O.E n.o 146 de 19 de junio de 2002 y en el B.O.J.A. n.o 70 de 15 de junio de 2002) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, de conformidad con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

    En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, ha emitido informe favorable a la declaración la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba, en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2002.

    De acuerdo con la legislación vigente, se cumplieron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento de Córdoba y apertura de un período de información pública (B.O.J.A. n.o 85 de 20 de julio de 2002).

    Terminada la instrucción del expediente, según lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, así como y en relación con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

    En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a) y 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de julio de 2003.

    ACUERDA

    Primero: Ampliar la Zona Arqueológica de Madinat al-Zahra (Córdoba).

    Segundo: Delimitar la Zona Arqueológica ampliada mediante un área poligonal, conforme figura en el Anexo del presente Decreto.

    Tercero: Inscribir la Zona Arqueológica ampliada en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

    Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico...

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