El argumento de la incapacidad del sujeto inidóneo para realizar el injusto del delito especial

AutorVictor Gómez Martín
Páginas119-122
I Exposición
  1. En opinión de LANGER, también la conducta del sujeto inidóneo que cree erróneamente ser idóneo puede ser considerada, al menos en algunos casos, un ataque al bien jurídico. Distinta es, sin embargo, la cuestión de si dicha conducta debe recibir el mismo tratamiento que la cometida por el intraneus. Para LANGER ello no sería así. Mientras que la conducta del sujeto realmente cualificado sería merecedora de pena, la del extraneus, en cambio, no lo sería1. Según el autor que ahora nos ocupa, una simple comparación del contenido de injusto de la conducta del intraneus con el que corresponde a la conducta del extraneus pondría de manifiesto que el segundo sería inferior al primero2.

  2. Concebido el injusto de los delitos especiales como un compuesto de dos factores, la lesión del bien jurídico y la infracción de un deber específico, el extraneus que se cree erróneamente intraneus podría lesionar el bien jurídico, pero no podría infringir, según LANGER, el deber específico. Así, por ejemplo, en el ya referido delito especial de deslealtad mediante apropiación indebida, si un sujeto se apropiase de una cosa ajena en realidad olvidada por su propietario creyendo erróneamente que le ha sido confiada como depositario, su conducta de apropiación lesionaría el patrimonio individual ajeno, pero no fundamentaría, en cambio, vulneración alguna del deber de fi-Page 120delidad3. Si los delitos especiales se caracterizan, según LANGER, por "reclamar atención al bien jurídico de un modo más urgente" sólo de determinados sujetos, entonces sólo estos sujetos podrán satisfacer o defraudar dicha "reclamación". No podrá hacerlo, en cambio, el sujeto inidóneo, aunque crea por error encontrarse entre los destinatarios de una "reclamación más urgente" por parte de la ley. Por ello su castigo por tentativa del tipo del delito especial no sólo no resultaría indicado, sino que sería incluso incompatible con el mandato constitucional "nulla poena sine lege" (art. 103.2 GG)4.

II Valoración crítica

Las teorías del injusto especial defendida por LANGER tampoco consiguen explicar satisfactoriamente la impunidad del sujeto inidóneo. No es fácil entender, por ejemplo, por qué LANGER no se siente obligado a reconocer como merecedora de castigo la conducta que, desde la perspectiva ex ante de un espectador objetivo, se presentaría como una conducta peligrosa para el bien jurídico. En los casos de tentativa de...

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