DECRETO 207/2010, de 16 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 60/2009, de 14 de abril, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

El apartado 10 del artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de vivienda, con inclusión de las potestades legislativa y reglamentaria, la función ejecutiva y el establecimiento de políticas propias dentro del marco previsto en los artículos 140 y 149.1 de la Constitución Española.

Esta competencia incluye la planificación, la ordenación, la gestión, el fomento, la inspección y el control de la vivienda de acuerdo con las necesidades sociales de equilibrio territorial y de sostenibilidad, y es ejercida a través del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Asimismo, el artículo 27 del Estatuto de Autonomía encomienda a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón la promoción «de forma efectiva del ejercicio del derecho a una vivienda digna, facilitando el acceso a ésta en régimen de propiedad o alquiler, mediante la utilización racional del suelo y la promoción de vivienda pública y protegida, prestando especial atención a los jóvenes y colectivos más necesitados», a cuyo mandato responde este Decreto.

La Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida, estableció las bases de una nueva política de vivienda en Aragón con el objetivo fundamental de dar respuesta a la necesidad de vivienda y a los problemas de la situación del mercado inmobiliario en Aragón. En desarrollo de dicha ley se han elaborado planes cuatrienales de vivienda, el último de los cuales fue aprobado por el Gobierno de Aragón mediante Decreto 60/2009, de 14 de abril, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012.

La aplicación del Plan aragonés 2009-2012 ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la redacción del artículo 5, relativo a los límites de la repercusión de los costes del suelo y de la urbanización en el precio final de las viviendas protegidas, para aclarar la forma de calcular el valor de repercusión del suelo y la urbanización previsto en el párrafo primero de dicho artículo, diferenciando los distintos supuestos contemplados en la norma al margen de la vivienda: locales de negocio, anejos no vinculados que no sean locales de negocio y anejos vinculados.

Por otro lado, con objeto de facilitar los trámites administrativos a los ciudadanos, se incluye una disposición final que suprime la inscripción en el Registro de Solicitantes de vivienda protegida de Aragón para poder acceder a las ayudas financieras previstas en el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012 y en sus normas de desarrollo.

Asimismo se ha estimado necesario modificar el título y la redacción del artículo 26.1 para detallar el precio máximo de los garajes, trasteros y otros anejos, así como para lograr una aplicación coherente y coordinada con el artículo 5, ya que el párrafo segundo de este precepto se remite, para el cálculo del valor de repercusión del suelo, a lo dispuesto en el citado artículo 26.

Por último, se han introducido modificaciones de detalle en los artículos 6.1g) y 15.1 del Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR