DECRETO 91/1998, de 28 de abril, del Gobierno de Aragón, sobre ayudas a las ferias y al sector comercial en Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 91/1998, de 28 de abril, del Gobierno de Aragón, sobre ayudas a las ferias y al sector comercial en Aragón.

El Gobierno de Aragón, consciente de la necesidad, tanto de la promoción de la actividad comercial como del fomento del desarrollo económico aragonés, a través de las Ferias, pretende con el presente Decreto establecer el marco regulador de las ayudas a las Ferias y al Sector Comercial, teniendo en cuenta las particulares circunstancias que concurren en esta Comunidad Autónoma.

El Estatuto de Autonomía de Aragón (texto reformado por Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre) reconoce a ésta, competencia exclusiva en materia de ferias y mercados interiores en el artículo 35.1.19ª y de planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico aragonés en el artículo 35.1.24ª.

En lo referente a las Ferias Comerciales, la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón, ofrece el marco jurídico adecuado para hacer de ellas instrumentos básicos de la promoción comercial, vehículos de introducción de conocimientos técnicos aplicados a los distintos sectores de la economía regional, e instrumentos para la mejor transparencia del mercado y dinamización del desarrollo aragonés.

Asimismo, el Decreto 103/1986, de 22 de octubre, de la Diputación General de Aragón, sobre Ferias Comerciales, establece el régimen jurídico de las ayudas para la promoción de Certámenes Feriales y para la financiación de inversiones destinadas a la construcción, ampliación o mejora de instalaciones y equipamientos feriales. En cuanto al Sector Comercial la citada Ley 9/1989 desarrolla una política de reforma de estructuras comerciales encaminada a la modernización y racionalización del sector, y el Decreto 124/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprobó el Plan General de Equipamiento Comercial de Aragón, establece un programa de ayudas destinadas a la corrección de desequilibrios de equipamiento. Visto el informe positivo de la Dirección General de los Servicios Jurídicos de fecha 27 de abril de 1998, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, previa deliberación del Gobierno de Aragón en sesión de 28 de abril de 1998, dispongo:

TITULO I Ayudas a la promoción de Certámenes Comerciales e inversiones en recintos feriales Artículo 1.--Objeto.

El objeto del presente Decreto es el establecimiento y regulación de las ayuda públicas a otorgar por la Diputación General de Aragón para la construcción, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como la organización y promoción de Certámenes Comerciales y ferias de muestras definidos en el Decreto 103/1986, de 22 de octubre, de la Diputación General de Aragón sobre Ferias Comerciales, realizados por las Instituciones Feriales o las Entidades Organizadoras de los mismos.

Se consideran subvencionables las siguientes actividades: a) Las acciones y programas orientados a la promoción comercial de los Certámenes.

b) Las acciones y programas orientados a la promoción del Certamen Ferial que supongan proyección de la economía local o comarcal.

c) Los proyectos y obras para la mejora de la gestión y de los equipamientos de los Certámenes Comerciales.

d) Los proyectos de inversión y obras destinados a la construcción, ampliación o mejora de las instalaciones feriales.

Artículo 2.--Beneficiarios.

Podrán solicitar y en su caso obtener las ayudas reguladas por el presente Decreto las Instituciones Feriales o las Entidades Organizadoras que tengan por objeto realizar algún Certamen de carácter comercial.

Será condición indispensable para solicitar la subvención que tanto la Institución Ferial o la Entidad Organizadora, como el Certamen a subvencionar estén inscritos en el Registro Oficial de Ferias Comerciales, y cumplan los demás requisitos administrativos que se contienen en el Decreto 103/1986, de 22 de octubre, de la Diputación General de Aragón, sobre Ferias Comerciales.

Artículo 3.--Solicitudes.

Las solicitudes deberán ir suscritas por la persona que ostente la representación oficial de la Institución Ferial o de la Entidad Organizadora y se dirigirán al Director General de Industria y Comercio del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento.

En las solicitudes se hará constar: a) Datos de identificación de la Institución Ferial o de la Entidad Organizadora.

b) Nombre de la Feria o Certámenes para los que se solicita la subvención, lugar y fechas de celebración, superficie de exposición ocupada, precios de contratación y contenido de la oferta exhibida.

c) Datos personales de los representantes legales de la Institución Ferial o de la Entidad Organizadora.

d) Número de identificación fiscal, designación de la entidad financiera e indicación del número de cuenta en la que habrá de efectuarse, en su caso, el ingreso de la subvención.

A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:

1º.--Memoria descriptiva del Certamen con relación de las actividades a celebrar.

2º.--Presupuesto de ingresos-gastos del Certamen para el que se solicita la...

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