DECRETO 112/2001, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y DESARROLLO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 112/2001, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye en su artículo 35.1 a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio (apartado 7ª), en materia de comercio interior y defensa del consumidor y del usuario (apartado 19), y en materia de planificación de la actividad económica propia de la Comunidad Autónoma (apartado 24ª). Todo ello sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio del Estado y de la legislación sobre defensa de la competencia.

La Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón, fundamenta la necesidad y establece el marco jurídico que regula la redacción del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, con la participación de las Comisiones Provinciales de Equipamiento Comercial, fijando sus principales objetivos. Por otro lado determina la actuación pública sobre la actividad comercial, tanto a través del fomento de dicha actividad, como mediante la reforma de las estructuras comerciales. En este sentido el Plan va a actuar incentivando las actividades comerciales y estableciendo ayudas a la reforma de las mencionadas estructuras.

La Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, cuyos artículos 2, 3, 6 y 7, tienen carácter básico, otorga la competencia para conceder la licencia comercial especifica de apertura de grandes establecimientos comerciales y otros supuestos relacionados con la actividad comercial a la Administración Autonómica. Por lo que en desarrollo de la legislación básica, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 9/1989, se elabora este Plan.

La evolución del sector comercial desde la entrada en vigor de la citada Ley 9/1989; la experiencia desarrollada en la aplicación del Decreto 124/1994, de 7 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprobaba el anterior Plan General de Equipamientos Comerciales de Aragón, que fue declarado nulo por la sentencia nº 233/1998, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón; los preceptos contenidos en la citada Ley 7/1996 en cuanto a la licencia comercial específica de la Comunidad Autónoma sobre la apertura de grandes establecimientos comerciales, y la adaptación al proceso de comarcalización y a las Directrices Generales de Ordenación del Territorio, aconsejan la promulgación del presente Decreto con las características que contiene.

En la actualidad el sector comercial se ve obligado a un proceso de continua evolución, como consecuencia de la incorporación de nuevos canales, formas de distribución y venta; la incorporación de nuevas tecnologías al comercio, el comercio electrónico, las compras a distancia; el crecimiento de centros comerciales que integran la oferta comercial junto con la recreativa y el tiempo libre; la tendencia a una mayor especialización y calidad de la oferta y servicio al cliente; así como la integración en la Unión Europea y la inminente adaptación al euro. Todos estos factores conforman el entorno en el que hoy compiten el tejido comercial tradicional y las nuevas formas de venta que son utilizadas por pequeñas, medianas y grandes empresas comerciales.

Se considera que el sector comercial es un agente dinamizador de la vida social y urbana, importante medio de generación de empleo, pieza clave para definir la calidad de vida de los ciudadanos por su función abastecedora, siendo el canal de distribución de los productos y servicios generados por otros importantes sectores de la economía. Este hecho cobra especial trascendencia si se contemplan estas características desde el ámbito económico y territorial de una Comunidad Autónoma donde coexisten modelos poblacionales absolutamente plurales.

El presente Plan tiene por objetivo fomentar un sector comercial eficiente y competitivo, con especial atención al comercio urbano y de proximidad, que asegure el aprovisionamiento de la población, con el mejor nivel de servicio posible al mínimo coste de distribución, aplicando buenas prácticas comerciales que permitan la mejora continua en los precios, la calidad y el servicio ofrecido a los consumidores, a partir de la libre y leal competencia de todos los agentes involucrados, y en el que todas las empresas comerciales, cualquiera que sea su tamaño, puedan coexistir de forma equilibrada.

Por último, en la redacción del presente Plan, el Gobierno de Aragón establece una prohibición expresa a la creación de nuevas grandes superficies en el plazo de vigencia del nuevo plan, y la interpreta en el sentido de que en la ciudad de Zaragoza se hace precisa una especial reflexión en materia de equipamiento comercial, estableciendo asimismo las causas que justificarían su revisión. Se obtienen así los resultados pretendidos por las Cortes de Aragón en su Proposición no de Ley núm. 149/98 por la que reiteran su oposición a la aprobación de nuevas grandes superficies comerciales en Zaragoza por el negativo impacto urbanístico, social y económico que producen.

Centrándose en las partes que componen el Plan, el Título I fija sus objetivos y regula otros aspectos generales, contiene las definiciones y tipología de los distintos equipamientos comerciales teniendo en cuenta uno o varios de los siguientes criterios:

superficie, forma de venta, producto, política comercial seguida, y relación con los demás establecimientos, también implanta una ordenación espacial de las actividades relativas al comercio, designando polaridades comerciales de preferente localización de la oferta. El título II establece la necesaria coordinación de las Administraciones Públicas en el Planeamiento e intervención urbanística, mediante la tramitación del informe preceptivo y vinculante previo a la autorización de los usos comerciales, o de la licencia comercial específica para la apertura de establecimiento en gran superficie, estableciendo criterios para la evaluación de nuevas implantaciones. El Título III trata de los instrumentos de desarrollo del Plan, la elaboración y aprobación de planes locales, planes sectoriales y sobre el procedimiento de revisión y modificación de Plan.

Finalmente el Título IV es el marco regulador de los incentivos de las actividades comerciales y ayudas a la reforma de sus estructuras, con especial atención al urbanismo comercial de los centros urbanos que han perdido parte de su atractivo comercial ante la competencia de los comercios ubicados en la periferia; fijando objetivos estratégicos y criterios de carácter sectorial, territorial u otros para mejorar la competitividad de los comercios tradicionales, mediante la introducción de nuevas tecnologías, innovando las formas de comercio o fomentando el asociacionismo de los establecimientos ubicados en una misma zona urbana, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea recogidas en el Libro Blanco del Comercio.

En la redacción del Plan han participado las Comisiones Provinciales de Equipamiento Comercial de Zaragoza, Huesca y Teruel y tras una pluralidad de sesiones con cada una de ellas, se llegó a un consenso sobre el contenido del Plan que ahora se aprueba.

Asimismo, por la Orden de 12 de julio de 2000, del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, se dispuso la apertura de un periodo de información pública y presentación de alegaciones al Plan General para el equipamiento Comercial de Aragón, al que se presentaron alegaciones sobre intereses legítimos, a veces contrapuestos, de Entidades Locales, como del Ayuntamiento de Jaca, del Ayuntamiento de Calatayud, de las Cámaras Oficiales de Industria y Comercio de Zaragoza, Huesca y Teruel, de asociaciones de pequeños y grandes establecimientos comerciales como de la Asociación Nacional de grandes empresas de distribución, de la Federación de Empresarios de Comercio, de promotores urbanísticos como la de la Junta de Compensación Polígono Universidad Zaragoza Urbana S. A. Sanz Briz S.

A. y de la Compañía Inmobiliaria 137, G.C., S. L., consumidores , y particulares en general. Estas alegaciones han sido estudiadas y consideradas para llevar a cabo la elaboración del Plan En su virtud, de acuerdo con el Dictamen 82/2001 de la Comisión Jurídica Asesora de 3 de abril de 2001, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 22 de mayo de 2001, DISPONGO Artículo único. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, que se inserta a continuación.

DISPOSICION TRANSITORIA Ayudas al sector comercial.

Durante el ejercicio 2001 continuará en vigor el título II, relativo a ayudas al sector comercial, del Decreto 91/1998, de 28 de abril, del Gobierno de Aragón, sobre ayudas a las ferias y al sector comercial en Aragón, así como la Orden de 6 de noviembre de 2000 que convoca para el ejercicio del año 2001 las citadas ayudas.

DISPOSICION DEROGATORIA Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES Primera.--Habilitación de desarrollo.

Se autoriza al Consejero competente en materia de comercio para dictar las normas necesarias para la aplicación y desarrollo de este Decreto.

Segunda.--Comisiones Provinciales de Equipamiento.

Por Orden del Consejero competente en materia de comercio, se regularán las normas generales de funcionamiento interno de las Comisiones Provinciales de Equipamiento Comercial constituidas al amparo del Artículo 16 de la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial de Aragón.

Tercera.--Medios informáticos y telemáticos.

Por Orden del Consejero competente en materia de comercio, se desarrollará la normativa necesaria para introducir los medios informáticos y telemáticos en la gestión administrativa de las materias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR