Apuntes jurisprudenciales sobre la incidencia de la PAC en los arrendamientos rústicos

AutorCarlos Manuel Díez Soto
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil. Universidad de Murcia
Páginas225-238
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APUNTES JURISPRUDENCIALES SOBRE LA INCIDENCIA
DE LA PAC EN LOS ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS
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Catedrático de Derecho Civil.
Universidad de Murcia
1. lA EVOlUCIóN DE lA PAC: DEl SISTEmA DE AYUDAS A lA PRO-
DUCCIóN Al RéGImEN DE DERECHOS DE PAGO úNICO Y DE DE-
RECHOS DE PAGO báSICO
La extraordinaria influencia que sobre la actividad agraria han ejercido des-
de sus orígenes los diferentes regímenes de ayuda derivados de la Política Agraria
Común de la Unión Europea se ha venido manifestando también –como no podía
ser de otra manera– sobre el régimen de los arrendamientos rústicos, dando lugar
a una abundante producción jurisprudencial relacionada con diferentes aspectos
problemáticos del mismo. En particular, en los últimos años se ha planteado con
cierta frecuencia ante los Tribunales el problema de determinar cuál ha de ser el
destino de las ayudas y subvenciones derivadas de la PAC en el marco del régimen
de derechos de pago único (DPU) cuando se produce la extinción del contrato de
arrendamiento rústico.
Como es sabido, la PAC ha tenido como finalidad primordial desde sus oríge-
nes –además de otros objetivos de carácter económico o medioambiental– garan-
tizar a la población agraria un nivel de vida equitativo mediante la articulación de
diversos sistemas de ayuda y subvención a la renta de los agricultores que, sin em-
bargo, han ido cambiando con el paso del tiempo 1. En particular, la aprobación del
1 Un detenido examen de la evolución experimentada por la PAC, especialmente a raíz
de la introducción del régimen de derechos de pago único a partir de 2003, puede verse en DE
LA CUESTA SÁENZ, José María, “Algunos problemas jurídico-civiles generados por la ayuda
única de la PAC”, en SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, Ángel (coord.), Cuadernos de Derecho Agrario, núm.
5. Nuevas perspectivas de la normativa agraria en España, ed. Gobierno de La Rioja, Logroño, 2008,
págs. 67 y ss.; MAS BADÍA Mª Dolores, “Comentario del art. 3º” y “Comentario de la Disposición
Adicional 4ª”, en BALLARÍN HERNÁNDEZ, Rafael, y MAS BADÍA, Mª Dolores (dirs.), Comentarios
a la Ley de Arrendamientos Rústicos, ed. Tecnos, Madrid, 2006, op. cit., págs. 77 y ss. y págs. 706 y ss.; y
JIMÉNEZ LIÉBANA, Domingo, “Comentario del art. 3º”, en PASQUAU LIAÑO, Miguel (dir.), Ley
de Arrendamientos Rústicos. Comentarios doctrinales, y formularios prácticos, ed. Thomson Aranzadi, 2ª
ed., Cizur Menor (Navarra), 2006, págs. 140 y ss. y 158 y ss. En la jurisprudencia, vid. también el
resumen contenido en la SAP Palencia de 22 junio 2017 (ROJ. SAP P 243/2017).

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