Apuntes de jurisprudencia registral

AutorLuis Miguel Lopez Fernandez
CargoProfesor Titular de Derecho Civil. Universidad Autónoma de Madrid

(sobre las resoluciones de la direccion general de los registros y del notariado con especial incidencia en materia urbanistica)

1. Inscripcion de los expedientes de equidistribucion yexpropiacion forzosa y de sus modificaciones
1.1. La nota de calificacion no puede exigir un mandamiento judicial ya rechazado por el tribunal

Solicitado del Tribunal el mandamiento pedido por el Registrador, dicho Tribunal ha denegado la práctica de tal mandamiento por no tener el mismo justificación en la sentencia. En consecuencia, la nota de calificación no puede insistir en tal exigencia, sino que debe calificar si, en función de la repetidasentencia y de la documentación administrativa aportada, procede la cancelación pedida: RDGRyN de 29-7-2002.

En el caso planteado el Ayuntamiento de Llaurí había desarrollado una actuación urbanística por el sistema de expropiación forzosa. Aprobado el proyecto de expropiación y delimitación de la unidad de actuación, se procedió a la ocupación y pago, inscribiéndose a favor del Ayuntamiento las fincas afectadas. Uno de los propietarios promovió recurso por no haber sido tenido en cuenta en la tramitación del expediente. Por sentencia firme del Tribunal Supremo, confirmatoria de la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la ComunidadValenciana, se anula la aprobación definitiva de la unidad de actuación, declarando que las actuaciones deben retrotraerse a la aprobación inicial del proyecto. Como consecuencia de ello el Ayuntamiento estimó que el único acuerdo subsistente (el inicial), al no ser un acto definitivo (creador de derechos y obligaciones) le facultaba, o bien para seguir la tramitación o para desistir del proyecto, inclinándose por esta última alternativa en acuerdo plenario que incluye la exigencia a los propietarios de la devolución de los justiprecios pagados y la solicitud de cancelación de los asientos practicados a favor delAyuntamiento respecto de las fincas afectadas. Presentada certificación del acuerdo y el testimonio de la sentencia en el Registro de la Propiedad, el Registrador suspende la práctica de dichas cancelaciones por algunos defectos que no fueron objeto de recurso y "por no aportarse el correspondiente mandamiento judicial en el que, al no especificarlos la sentencia recaída, se determinen los asientos que han de practicarse y las fincas sobre las que tales asientos han de ser practicados. Ello conforme a los artículos 2-1 en relación con el 1-6, 71-1 y 2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio".

El Ayuntamiento de Llaurí, interpuso recurso gubernativo contra la nota de calificación, alegando que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia declaró nulo el proyecto de delimitación de la unidad de actuación, retrotrayendo las actuaciones al momento de la aprobación inicial que ha sido dejada sin efecto por el posterior acuerdo plenario, de modo que la solicitud del Registrador no tiene fundamento alguno. Decía también que el Ayuntamiento solicitó mandamiento judicial de cancelación de las inscripciones, denegado en virtud de auto dictado como consecuencia del recurso presentado por el propietario que promovió la nulidad y con el fundamento de que dicha cancelación no se deriva de...

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