Apuntes histórico-jurídicos sobre el delito de cohecho: del Derecho histórico español a la codificación penal

AutorFernando Anaya Gutiérrez
Páginas209-225
CAPÍTULO XI
209
Apuntes histórico-jurídicos sobre el
delito de cohecho: del Derecho histórico
español a la codif‌icación penal
Fernando Anaya Gutiérrez
Master en Gestión en Asesoría Jurídica y de la Empresa
Universidad de Granada
«Servirse de un cargo público para enriquecimiento personal
resulta no ya inmoral, sino criminal y abominabl
(Cicerón)
1. Cuestiones introductorias
En el presente capitulo, será objeto de estudio la evolución del delito
de cohecho; tomando como punto de partida el Derecho Romano, prosi-
guiendo con su regulación en la Edad Media y nalmente jando el análisis
en los textos punitivos decimonónicos. Actualmente dicha gura delictiva,
se encuentra prevista en el Titulo XIX, Capítulo V, artículos 419 a 427: di-
cho Titulo que aparece con el nomen iuris «Delitos contra la administración
pública», tiene como n combatir la corrupción a través de la regulación de
delitos como el cohecho, la malversación y la prevaricación, entre otros.
No obstante, el fenómeno de la corrupción no es algo novedoso, pues
ha estado presente desde los albores de la humanidad. Ya la sociedad romana
advirtió la necesidad de establecer una regulación, con la que poder combatir
dicho comportamiento. Así pues, la primera ley destinada a regular este fenó-
CIENCIA PENAL Y GENEROSIDAD
DE LO MEXICANO A LO UNIVERSAL
M. Olmedo Cardenete | M.Á. Núñez Paz | N. Sanz Mulas | M. Polaino-Orts
DIRECTORES/EDITORES
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meno fue la Lex Calpurnia (149 a.C), jando como pena la devolución de la
cantidad dada o prometida1. En el año 123 a.C la Lex Acilia ja como perennes
los Tribunales creados por la Lex Calpurnia, cuya nalidad fue la de investigar
aquellos comportamientos, tanto de los magistrados como de los senadores
que habían sido denunciados. A pesar de que inicialmente no tuvieron el éxito
pretendido, fueron decisivos ya que a través de ellos pudo denirse el crimen
repetundarum, que hizo alusión a los delitos de corrupción y cohecho2.
Dado que los comportamientos delictivos persistían, la Lex Acilia, elevó
la pena para los delitos de cohecho y malversación. De igual manera, también
podemos destacar entre otras leyes, la Lex Sempronia o la Lex Servilia de
Repetundis; dichos cuerpos legales, jaron para el cohecho penas más severas.
En este sentido, la Lex Cornelia3, aumento la sanción para aquellos magistra-
dos que aceptaban dinero en un juicio4.
1 ROBLES VELASCO, Luis Mariano., «La lucha contra la corrupción en la Re-
publica Romana: una nueva lectura sobre la obra Ciceroniana «de occis», Re-
vista de Derecho, Empresa y Sociedad, (REDS), ISSN-e 2340-4647, Nº. 11, 2017,
págs. 111-126, disponible digitalmente: https://dialnet.unirioja.es/servlet/
articulo?codigo=6318067 (consulta de 30 de julio de 2021); STRINGINI, Nata-
lia., «La continuidad de la tradición jurídica indiana en el pensamiento de Car-
los Tejedor, el caso del delito de cohecho», Revista de historia del Derecho, ISSN-e
1853-1784, Nº 45, 2013, disponible digitalmente: https://dialnet.unirioja.es/ser-
vlet/articulo?codigo=5403136 (consulta de 30 de julio de 2021).
2 BRIOSCHI, Carlo Alberto., «Así se combatía la corrupción pública en la anti-
gua Roma», Forum des resistans européens Euro-Synergies, disponible digitalmente:
http://euro-synergies.hautetfort.com/tag/rome%20antique. (consulta de 30 de ju-
lio de 2021).
3 ABC Historia: «Estas fueron las severas penas en la antigua Roma para delitos
de corrupción que aun existen hoy», disponible digitalmente: https://www.abc.es/
historia/abci-estas-fueron-severas-penas-antigua-roma-para-delitos-corrupcion-
existen-202005290119_noticia.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.google.com%2F
(consulta de 30 de julio de 2021); IBIZA, Melián., «Análisis judicial del delito de
cohecho», Revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia
política y criminología, Vol. 7, Nº. 1, 2019, pág. 99, disponible digitalmente: https://
dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7166782 (consulta de 30 de julio de 2021).
4 Respecto de las penas impuestas al condenado por corrupción, por el hecho de ha-
ber recibido determinadas cantidades con la nalidad de promover o no promover

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