Apuntes sobre comercio electronico

AutorUrsula Patroni Vizquerra
CargoAbogada

APUNTES SOBRE COMERCIO ELECTRONICO

Por: Ursula Patroni Vizquerra

1.1 DEFINICION:

El aumento en el uso de la Internet a nivel mundial ha propiciado el surgimiento de una nueva dimensión en las comunicaciones y el comercio. Uno de las principales causas de este desarrollo se debe al Comercio Electrónico.

Debemos tener en cuenta que el Comercio Electrónico está provocando serias transformaciones en el mercado, en los procesos, en las empresas y sobre todo en los consumidores.

El Comercio Electrónico o 'E-commerce' (llamado así en ingles), al ser un término relativamente nuevo, es definido de las siguientes maneras:

'El Comercio Electrónico, es entendido como cualquier transacción o intercambio de bienes y servicios sobre redes de comunicación y que también incluye todos los aspectos de los procesos de mercadeo que utilizan la World Wide Web'[1].

'Comercio Electrónico es el procesamiento y la transmisión electrónica de datos, incluyendo texto, sonido e imagen"[2].

Para la Organización Mundial del Comercio se entiende por la expresión "Comercio Electrónico" la producción, distribución, comercialización, venta y entrega de bienes y servicios por medios electrónicos"[3].

Es importante no confundir el Comercio Electrónico o E-commerce con el E-business, el cual no solo abarca al Comercio Electrónico (entendido este como las operaciones comerciales de la organización) sino que además a toda la organización del negocio, vista desde el punto de aplicación de las nuevas tecnologías de la informática[4].

Aventurándonos un poco en estos terrenos, definimos el Comercio Electrónico como una transacción de naturaleza comercial que se realiza de forma interactiva, mediante medios electrónicos, a través de la red y en tiempo real.

1.2 CARACTERISTICAS:

De las definiciones antes esbozadas, podemos distinguir las siguientes características:

  1. Naturaleza comercial: decimos que es de naturaleza comercial en función de las personas que lo realizan (elemento subjetivo), es decir, las personas que lo llevan a cabo pueden ser ambas comerciantes o puede darse entre un comerciante y un consumidor, con lo cual estaríamos frente a una actividad de carácter comercial.

    Por otro lado, el carácter comercial estaría dado por el acto en sí mismo (elemento objetivo) siendo el acto un acto propiamente comercial. Al respecto, debemos decir que definir que es comercial es una tarea sumamente engorrosa, sin embargo, para tener una aproximación podemos citar el concepto que maneja la CNUDMI[5] respecto de los actos comerciales.

    Para la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico[6], el término comercial deberá ser interpretado ampliamente de forma que abarque las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las operaciones siguientes: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; de facturaje ("factoring"); de arrendamiento de bienes de equipo con opción de compra ("leasing"); de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; de inversión; de financiación; de banca; de seguros; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera.

  2. Transacción de bienes y servicios: el objeto del Comercio Electrónico es precisamente el intercambio de bienes y servicios sean estos informáticos o no.

  3. Utilización de medios electrónicos: Esta es a nuestro parecer la característica fundamental, porque este tipo de comercio tiene su base en la utilización de medios electrónicos o telemáticos y análogos, los cuales podemos definir de manera simple como métodos de comunicación y almacenamiento de información sustitutivos de los que utilizan soporte papel.

    En el caso que se lleve a cabo el Comercio Electrónico a través de Internet, hay que recordar...

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