Orden Foral 54/2007 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 31 de enero, por la que se aprueban los modelos 110 y 111 de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre los rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y premios.
Sección | Disposiciones Administrativas |
Emisor | Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos |
Rango de Ley | Orden foral |
El Decreto Foral 82/2006, del Consejo de Diputados de 28 de diciembre, ha modificado los artículos 97 y 104 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, incluyendo los rendimientos de determinadas actividades empresariales entre las rentas sujetas a retención e ingreso a cuenta.
Por tanto, es necesario modificar los modelos 110 y 111 de declaración-liquidación, aprobados por la Orden Foral 283/95, de 17 de febrero, con objeto de incorporar el apartado de actividades económicas en estimación objetiva, en el que deberán declararse las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a rendimientos que sean contraprestación de determinadas actividades empresariales, cuando el rendimiento neto de las mismas se determine por el método de estimación objetiva.
En consecuencia, y haciendo uso de la habilitación contenida en el artículo 121-5 del Decreto Foral 111/2001 por el que se aprobó el texto refundido del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
DISPONGO:
Primero.- Aprobación del modelo 110.
Uno.- Se aprueba el modelo 110 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y premios". Declaración-liquidación trimestral.
Dicho modelo, que figura como anexo de la presente Orden Foral, consta de dos ejemplares: un ejemplar para la Administración y un ejemplar para el declarante.
Dos.- El modelo 110 deberá ser utilizado por los retenedores y obligados a ingresar a cuenta por razón de las rentas a que el mismo se refiere, a excepción de aquéllos en los que concurran las circunstancias a que se refiere el apartado 3.1º del artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por el Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril.
Segundo.- Aprobación del modelo 111.
Uno.- Se aprueba el modelo 111 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y premios. Grandes Empresas. Declaración-liquidación mensual.
Dicho modelo que figura como anexo de la presente Orden Foral, consta de dos ejemplares: un ejemplar para la Administración y un ejemplar para el declarante.
Dos.- El modelo 111 deberá ser utilizado por los retenedores y obligados a ingresar a cuenta que tengan la consideración de grandes empresas, por concurrir las circunstancias a que se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba