ORDEN AAM/156/2011, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a y se convoca el correspondiente al año 2011.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAM/156/2011, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a y se convoca el correspondiente al año 2011.

Nuestro país presenta una gran tradición artesana alimentaria y, por este motivo, desde hace años la Generalidad de Cataluña ha reconocido y fomentado los valores económicos, culturales y sociales que representa la artesanía alimentaria mediante el desarrollo de la normativa que la regula.

Mediante la Orden ARP/81/2003, de 21 de febrero (DOGC núm. 3835, de 4.3.2003), el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) creó el Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a, con la finalidad de fomentar actuaciones innovadoras y punteras que se convirtieran en pautas para mejorar la calidad y la buena imagen de los productos artesanos de Cataluña y galardonar el esfuerzo de los/las jóvenes artesanos/as alimentarios/as en la recuperación, la innovación, la diversificación y el diseño de estos productos.

Valorados positivamente los resultados conseguidos en las ediciones anteriores, se considera conveniente convocar el Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a para el año 2011.

El régimen de estas ayudas será el que establece el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE L-379, de 28.12.2006).

En consecuencia, valorada la conveniencia de dar apoyo a este sector artesano alimentario mediante un premio, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras del Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar el Premio al/a la mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a correspondiente al año 2011, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo anterior.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de septiembre de este año.

2.3 La dotación del Premio es de 4.000,00 euros.

El Premio de esta Orden tiene naturaleza de crédito anticipado e irá a cargo de la partida presupuestaria AG06 D/483000100/6130 de los presupuestos del DAAM, condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado al proyecto de presupuesto para el ejercicio 2012, dotada con un importe máximo de 4.000,00 euros.

2.4 El órgano instructor del Premio es el Servicio de Promoción de la Calidad Agroalimentaria.

2.5 El órgano competente para emitir la resolución sobre el Premio es la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.

A estos efectos se nombra una Comisión de valoración que será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes, formada por la Comisión de Artesanía Alimentaria que está regulada por el artículo 67 y siguientes del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 15 de junio, de calidad alimenticia.

2.6 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito a la persona solicitante será de 4 meses, a contar desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. En caso de falta de resolución expresa la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

2.7 Contra la resolución del consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.

2.8 El premio concedido se hará público en la web http://www.gencat.cat/daam/premijoveartesa/ haciendo uso de los medios electrónicos establecidos, y se expondrá en el tablón de anuncios de las dependencias del DAAM. Los premios que superen los 3.000,00 euros se publicarán, además, en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 12 de julio de 2011

Josep Maria Pelegrí i Aixut

Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural

Anexo

Bases reguladoras

—1 Objeto del Premio

El objeto de esta convocatoria es otorgar un premio al mejor joven artesano/a alimentario/a innovador/a que lleve a cabo actuaciones en el mundo de la artesanía alimentaria que se conviertan en innovaciones y mejora en la calidad y comercialización de los productos artesanos y den prestigio al sector.

—2 Personas beneficiarias

2.1 Pueden ser beneficiarias del premio los/las jóvenes artesanos/as alimentarios/as de...

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